La Audiencia Provincial revoca la orden que priv¨® de calefacci¨®n a 5.000 vecinos de Los Sauces
La central t¨¦rmica de la urbanizaci¨®n Los Sauces, de Aluche, volver¨¢ a funcionar en breve, despu¨¦s de que la Audiencia Provincial haya ordenado alzar la suspensi¨®n de las obras dictada a finales del pasado mes de diciembre por el Juzgado de Primera Instancia n¨²mero 14. El interdicto judicial solicitado por la comunidad de la calle de Tembleque, 122, sobre cuya fachada posterior se levanta la chimenea de la central t¨¦rmica del barrio, ha impedido que los 5.000 habitantes de la urbanizaci¨®n disfruten desde entonces de calefacci¨®n, con la consiguiente protesta del vecindario, que se ha concentrado diariamente a lo largo de dos meses delante de la finca cuyos vecinos pidieron la suspensi¨®n de las obras.El conflicto vecinal comenz¨® en 1982, cuando la chimenea de la central t¨¦rmica, adosada a la estructura de la finca n¨²mero 122 de la calle de Tembleque, provoc¨® vibraciones, escapes de fueloil y grietas en las viviendas. A la protesta de los vecinos de ese bloque sigui¨® su decisi¨®n de no pagar los recibos por calefacci¨®n, lo que motiv¨® un corte del suministro durante unos d¨ªas y una demanda del resto de las comunidades por impago contra los ocupantes del bloque 122 de la calle de Tembleque. Los vecinos de esta finca, a su vez, demandaron al resto de las comunidades por considerar que el inmueble no ten¨ªa servidumbre de chimenea, al tiempo que solicitaban su desaparici¨®n.
Posteriormente, y a petici¨®n de los vecinos del bloque afectado, la Delegaci¨®n Provincial de Industria y el Ayuntamiento de Madrid realizaron inspecciones en la finca y confirmaron que la chimenea no era adecuada.
En marzo de 1983, en una reuni¨®n a la que asistieron representantes de las 40 comunidades de la urbanizaci¨®n, se decidi¨® construir dos nuevas chimeneas met¨¢licas sobre la antigua. Las obras se realizaron como estaba previsto, y el 21 de diciembre del pasado a?o, a petici¨®n de la comunidad de Tembleque, 122, el titular del Juzgado de Primera Instancia n¨²mero 14 dictaba un interdicto de obra nueva paralizando la construcci¨®n.
La sentencia dictada ahora por la Audiencia Provincial considera que la obra realizada era nueva, pero que su paralizaci¨®n no va a evitar dificultades de paso en una zona de acera ni va a conseguir mejora del efecto est¨¦tico, hechos que la comunidad afectada considera lesivos. Por otra parte, seg¨²n los considerandos de la sentencia la calefacci¨®n puede ser puesta en marcha tras cuatro horas de trabajos. Por ello, la Audiencia considera concluida la obra e indica que carece de objeto el interdicto, al tiempo que se?ala que las obras se hicieron en cumplimiento de un deber impuesto por Industria.
Seg¨²n inform¨® un representante de la coordinadora de las otras comunidades, en el momento en que se tenga el permiso se dar¨¢ la calefacci¨®n a la urbanizaci¨®n, despu¨¦s de un invierno sin poder utilizarla.
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