Tres a?os despu¨¦s del 23-F, La¨ªna declarar¨¢ sobre la investigaci¨®n al grupo 'Almendros'
Francisco La¨ªna, que era director de la Seguridad del Estado cuando se produjo el intento golpista del 23-F, declarar¨¢ por primera vez ante un juez sobre las investigaciones gubernativas realizadas en su d¨ªa sobre el grupo Almendros, autor de tres art¨ªculos publicados en el diario El Alc¨¢zar en las semanas anteriores al 23 de febrero de 1981. Esta es una de las diligencias propuestas por la defensa de los siete periodistas procesados por presunto delito de calumnia, como consecuencia de las querellas formuladas por cinco de las personas mencionadas como integrantes de dicho colectivo en el libro Todos al suelo.
Los periodistas han presentado los correspondientes recursos contra el auto de procesamiento notificado el pasado d¨ªa 13 de abril. Los siete procesados son Fernando J¨¢uregui y Bonifacio de la Cuadra, de EL PAIS; Jos¨¦ ?ngel Esteban, de Radio EL PAIS; Jos¨¦ Luis Mart¨ªnez, de La Vanguardia; Ricardo Cid, de Diario 16,- Rosa L¨®pez, de Efe, y Juan Van den Eyride, de Actual.Los abogados encargados de la defensa de los autores de Todos al suelo -Manuel Jim¨¦nez de Parga, Jos¨¦ Mar¨ªa Mohedano, Pablo Castellano, Francisca Sauquillo y Jos¨¦ Folguera- formalizaron el recurso de reforma y el subsidiario de apelaci¨®n, en los que, junto a las alegaciones contra el procesamiento, proponen la pr¨¢ctica de una serie de diligencias.
En concreto, los recursos dirigidos por Jos¨¦ Mar¨ªa Mohedano proponen al Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 18 de Madrid la declaraci¨®n de La¨ªna, director de la Seguridad del Estado en la fecha de autos, y las de los periodistas Pilar Urbano, Jos¨¦ Oneto y Miguel ?ngel Aguilar, con la finalidad de "acreditar las investigaciones policiales y period¨ªsticas realizadas en torno a la posible autor¨ªa de los querellantes respecto a los art¨ªculos publicados en el diario El Alc¨¢zar bajo la firma an¨®nima de Almendros".
Los recursos mencionados califican de "sofisma" el razonamiento que ha llevado al juez a procesar a los siete periodistas, bas¨¢ndose en p¨¢rrafos citados de forma fragmentaria e intentando, en definitiva, demostrar que en el libro se imputa un delito perseguible de oficio, cuando es lo cierto que la publicaci¨®n de los art¨ªculos de Almendros, a pesar de su lenguaje e ideario coincidente con los bandos y manifestaciones de los golpistas, no ha sido incriminada como delito.
Razonan los recurrentes que adem¨¢s, tales art¨ªculos no pod¨ªan ser delito, ya que en la fecha de la edici¨®n de Todos al suelo no exist¨ªa en nuestras leyes penales precepto que sancionara de manera t¨ªpica aquella conducta.
Precisamente, tras el 23-F se elabor¨® la ley org¨¢nica 2/1981, de 4 de mayo, que introduc¨ªa en el art¨ªculo 216 bis a del C¨®digo Penal un nuevo tipo penal, "la proposici¨®n, provocaci¨®n y apolog¨ªa del delito de rebeli¨®n militar a trav¨¦s de la imprenta".
Sospechas gubernativas
Frente a las acusaciones de los querellantes -los exministros de Franco Gonzalo Fern¨¢ndez de la Mora y Federico Silva Mu?oz; los pol¨ªticos Jes¨²s Fueyo y Luis J¨¢udenes, y el articulista ?ngel Palomino-, los recursos se?alan que el prop¨®sito de los autores de Todos al suelo no era otro que el de "defender las instituciones democr¨¢ticas frente a las amenazas de signo golpista y narrar, a trav¨¦s de un relato literario, el estado provisional de las sospechas y de las investigaciones gubernativas y period¨ªsticas en el momento de la aparici¨®n del libro", marzo de 1981, recogidas meses despu¨¦s, entre otras publicaciones, en el semanario Cambio 16 y en el libro Con la venia..., yo indagu¨¦ el 23-F, de la periodista de Abc Pilar Urbano.En consecuencia, los recursos plantean que los querellantes, "personas de trayectoria claramente antidemocr¨¢tica hasta el 23 de febrero de 1981", fueron citados por otros libros y medios de comunicaci¨®n social como posibles autores de los art¨ªculos de Almendros e investigados gubernativamente por tales hechos. Asimismo, insisten en que el delito de llamar al golpe de Estado a trav¨¦s de la imprenta no estaba tipificado en marzo de 1981 con m¨¢rgenes precisos que pudieran dar lugar a procedimiento de oficio, por lo que incluso en el caso de que se apreciara la imputaci¨®n de dicho delito, no podr¨ªa dar lugar al procesamiento por supuesta calumnia.
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