Magistratura reconoce el salario a un preso que trabaj¨® como jefe de cocina en la c¨¢rcel
La Magistratura de Trabajo n¨²mero 3 de Palma de Mallorca ha fallado a favor de P. M. G., que estuvo reclu¨ªdo en la c¨¢rcel de la capital balear durante siete a?os, sobre un recurso presentado para que se le reconozcan sus haberes como jefe de cocina de la instituci¨®n, por lo que la Administraci¨®n del Estado deber¨¢ pagarle 106.968 pesetas, en concepto de salario m¨ªnimo, m¨¢s el 30% de cualificaci¨®n profesional.Esta sentencia viene a establecer un precedente sobre el posible derecho de los reclusos que ejerzan trabajos en las condiciones se?aladas dentro de las instituciones penitenciarias a tener Seguridad Social y a percibir el seguro de desempleo.
La sentencia establece como hechos probados que P. M. G es cocinero, y "que desde el 1 de junio del a?o 1976 ha venido realizando las funciones de jefe de cocina del expresado centro penitenciario, teniendo a cargo la elaboraci¨®n de las tres comidas diarias, desayuno, comida y cena, ayudado por otros seis reclusos".
Asimismo reconoce que desempe?¨® la funci¨®n de jefe de cocina, cumpliendo jornada laboral completa, desde la fecha mencionada hasta el 27 de noviembre de 1982, raz¨®n por la que la Magistratura ha decidido aplicar el art¨ªculo 3?, p¨¢rrafo c, del Estatuto de los Trabajadores, que explica las relaciones laborales de car¨¢cter especial.
La cantidad que deber¨¢ percibir P. M. G. se circunscribe al ¨²ltimo a?o de trabajo como jefe de cocina (1982), ya que han prescrito las anualidades anteriores a esta fecha. El abogado defensor apoy¨® su demanda en el propio reglamento de instrucciones penitenciarias, que se?ala que "los sectores laborales de servicios, mantenimiento o conservaci¨®n de los establecimientos depender¨¢n, a todos los efectos, de la Administraci¨®n Penitenciaria y ser¨¢n consideradas como prestaciones personales obligatorias o en r¨¦gimen de trabajo productivo cuando la actividad laboral sea continua, con dedicaci¨®n exclusiva o a tiempo parcial, cuando el trabajo a realizar as¨ª lo requiera".
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