Los funcionarios creen, necesario que haya traslados forzosos a comunidades aut¨®nomas, pero temen estar entre los afectados
La encuesta que recientemente ha realizado el Centro de Investigaciones Sociol¨®gicas (CIS) entre el funcionariado, y que ha servido de orientaci¨®n al Gobierno para elaborar la Reforma de la Funci¨®n P¨²blica, ofrece una respuesta muy significativa respecto de los traslados a las comunidades aut¨®nomas que prev¨¦ el proyecto de ley: un 64% del colectivo encuestado est¨¢ de acuerdo en que se realicen transferencias de funcionarios para la provisi¨®n de plazas en las diferentes administraciones aut¨®nomas, pero, al mismo tiempo, la citada encuesta determina que el traslado forzoso es la m¨¢xima preocupaci¨®n, en estos momentos, de los empleados de la Administraci¨®n.
El proyecto de ley de Medidas para la Reforma de la Funci¨®n P¨²blica prev¨¦ la necesidad de que funcionarios adscritos a los servicios generales de Madrid pasen a desempe?ar funciones similares -aunque de mayor responsabilidad y retribuci¨®n, pues ¨¦ste es uno de los premios que se ofrecen para incentivar la marcha a la periferia- en las administraciones p¨²blicas de las comunidades aut¨®nomas. El criterio del Gobierno central es que no hay que duplicar personal -que implicar¨ªa mayores impuestos- en las respectivas comunidades aut¨®nomas.
Es cierto que el proyecto de ley, respetuoso con lo que qued¨® de la ley Org¨¢nica Armonizadora del Proceso Auton¨®mico (LOAPA), tras la sentencia del Tribunal Constitucional, reconoce el derecho de cada Gobierno aut¨®nomo a planificar y cubrir todos los puestos p¨²blicos que necesite para su buen funcionamiento. Pero tambi¨¦n es cierto, seg¨²n los expertos consultados, que hay funciones que s¨®lo pueden desempe?ar, por el momento, t¨¦cnicos de Madrid, ya que su trabajo no ha tenido equivalente en las comunidades aut¨®nomas hasta muy recientemente.
En cualquier caso, el proyecto de ley cierra la v¨ªa de acceso de funcionarios a los servicios centrales de la Administraci¨®n, radicados en Madrid, y fomenta lo contrario: cubrir puestos de las administraciones regionales. Para conseguir este segundo objetivo, el proyecto prev¨¦ ciertos incentivos, tales como el ascenso en uno o dos grados, ocupar puestos de mayor responsabilidad, percibir remuneraciones econ¨®micas mayores y facilitarles ciertas ayudas para la adquisici¨®n de viviendas, previo acuerdo con el Banco Hipotecario.
Hasta ahora, estas medidas han estado fijadas provisionalmente en un decreto-ley, animador de traslados a las comunidades aut¨®nomas, que no ha dado muy buenos resultados, seg¨²n los ministerios de la Presidencia y de Administraci¨®n Territorial. Tan s¨®lo 300 funcionarios se han instalado en Andaluc¨ªa de manera voluntaria. Surgieron determinados problemas, especialmente por la adquisici¨®n de nuevas viviendas, ya que se retras¨® el dinero consignado, pero finalmente el conflicto parece resuelto.
Llegar a Madrid
A pesar de estos incentivos, la inmensa mayor¨ªa del funcionariado se resiste a desplazarse fuera de Madrid. En primer lugar, porque "Regar a Madrid" ha constituido uno de los t¨®picos m¨¢s frecuentes durante el anterior r¨¦gimen: lograr un puesto en la capital de Espa?a era considerado en las provincias espa?olas como un distintivo de ¨¦xito social y profesional, idea que a¨²n sigue pesando.
En segundo lugar -y esta raz¨®n en de mayor envergadura-, los funcionarios tienen su vida establecida en Madrid, sus hijos van a la Universidad, tienen aqu¨ª sus amigos, y aqu¨ª desean jubilarse. Aunque sus salarios vayan a ser m¨¢s elevados en las comunidades aut¨®nomas, el mantener a sus hijos estudiando en Madrid, mientras ellos acuden a su nuevo destino, les resultar¨ªa mas caro que cobrar menos y permanecer en la capital espa?ola.
El cambio radical de h¨¢bitos, salvo que se trate de personas muy j¨®venes, es algo ante lo que habitualmente el ser humano ofrece resistencia. Por otro lado, este conflicto se agrava a¨²n m¨¢s en el caso de las parejas donde ambos, hombre y mujer, tienen un empleo fijo. La ley dispone el traslado, en muchos casos, de los dos miembros de la unidad familiar en el supuesto de que ambos sean funcionarios, pero nada puede hacer si uno de los dos est¨¢ empleado en la empresa privada.
Por ¨²ltimo, existe el temor a los obst¨¢culos que creen que se les plantear¨¢n en las comunidades aut¨®nomas de destino: desde no saber hablar el idioma del lugar de su nuevo destino, en el caso de Catalu?a, el Pa¨ªs Vasco, la Comunidad Valenciana y Galicia -lo que en la pr¨¢ctica les puede suponer una aut¨¦ntica discriminaci¨®n-, hasta no identificarse necesariamente con el nacionalismo imperante en cada territorio.
El temor a ser trasladado ha alcanzado tal punto que, desde hace ,algunos meses, aquellos departamentos ministeriales susceptibles de ser transferidos a las comunidades aut¨®nomas se est¨¢n quedando vac¨ªos de personal.
Funcionarios huidos'
El personal empleado en los ministerios de Cultura y de Administraci¨®n Territorial -ministerios ambos que perder¨¢n casi toda su utilidad p¨²blica en cuento el proceso de transferencias est¨¦ culminade- ha iniciado un ¨¦xodo masivo a departamentos m¨¢s seguros, como es el caso de la Presidencia del gobierno. Aunque no existen cifras oficiales de funcionarios huidos a otros ministerios, en la Administraci¨®n se comenta la circunstancia como un hecho cotidiano.
Las garant¨ªas que ofrece el proyecto de ley para los funcionarios que habr¨¢n de ser trasladados de manera forzosa, est¨¢n fijadas en las disposiciones sexta y octava del texto gubernamental. En la sexta, se especifica que los contratados administrativos tendr¨¢n preferencia para cubrir el puesto de trabajo que se convoque en una comunidad aut¨®noma. La octava se?ala que "durante el per¨ªodo de transferencias de medios personales a las comunidades aut¨®nomas, en los concursos convocados por ¨¦stas, tendr¨¢n preferencia entre los funcionarios procedentes de la Administraci¨®n del Estado que participen en aquellos, los que est¨¦n destinados a los servicios centrales".
"A los funcionarios de la Adm?nistraci¨®n del Estado que, a trav¨¦s de estos procedimientos, pasen a las comunidades aut¨®nomas", contin¨²a la disposici¨®n transitoria octava del proyecto de ley, "se les aplicar¨¢n las mismas normas que a los funcionarios transferidos, y los que de ellos procedan de los servicios centrales gozar¨¢n de las ayudas que el Gobierno establezca para compensar los gastos del traslado y de nueva instalaci¨®n, sin m¨¢s excepci¨®n que los que provean puestos en la Comunidad Aut¨®noma de Madrid".
"Previa petici¨®n de las comunidades aut¨®nomas", concluye, "la Administraci¨®n del Estado podr¨¢ conceder a su personal de los servicios centrales comisiones de servicio de hasta dos a?os de duraci¨®n con el fin de cooperar o prestar asistencia t¨¦cnica a la Administraci¨®n de las comunidades aut¨®nomas".
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