Admitido un recurso del Gobierno contra la ley del Consejo Asesor de RTVE de Madrid
La Secci¨®n Primera del Tribunal Constitucional ha admitido a tr¨¢mite el recurso de inconstitucionalidad planteado por el ahogado del Estado, en representaci¨®n del presidente del Gobierno, contra dos preceptos de la ley de la Asamblea de Madrid reguladora del Consejo Asesor de RTVE de la comunidad aut¨®noma, seg¨²n inform¨® ayer Ram¨®n Espinar, presidente de la C¨¢mara, en la que el PSOE dispone de mayor¨ªa. La Asamblea aprob¨® ayer, por unanimidad de los tres grupos parlamentarios, la ley de creaci¨®n del Ente P¨²blico Radiotelevisi¨®n de Madrid. La votaci¨®n se realiz¨® en una sesi¨®n extraordinaria, despu¨¦s de que problemas de tramitaci¨®n obligaran a suspenderla el pasado jueves.
Los preceptos recurridos por el Gobierno central ante el Tribunal Constitucional son el apartado C del art¨ªculo 32 y la disposici¨®n transitoria de la ley. El primero se?ala como funciones del consejo asesor "ser o¨ªdo con car¨¢cter previo a su remisi¨®n al director general de RTVE en la propuesta anual de programaci¨®n espec¨ªfica y el horario de emisi¨®n que, en el ¨¢mbito territorial de la comunidad, ha de elevar al delegado territorial, quien, en el supuesto de no recoger en su propuesta las recomendaciones del consejo, deber¨¢ motivar las razones que a ello le llevaron. El informe del consejo asesor atender¨¢ igualmente a las competencias y obligaciones que en relaci¨®n con la cultura regional regula el art¨ªculo 26 del Estatuto de Autonom¨ªa. Dicho informe se adjuntar¨¢, en todo caso, a la propuesta que se eleve al director general de RTVE.En cuanto a la disposici¨®n transitoria de la ley, establece que "en tanto sea nombrado el delegado territorial, tal y como exige el art¨ªculo 14.1 del Estatuto de Radiotelevisi¨®n, todas las referencias formuladas en la presente ley al delegado territorial se entender¨¢n hechas al director general de RTVE.
La admisi¨®n a tr¨¢mite del recurso supone la suspensi¨®n de la vigencia y aplicaci¨®n de los preceptos impugnados de la ley, desde el 15 de junio- fecha de que formalizaci¨®n. El recurso toma como antecedente la sentencia del Tribunal Constitucional de 23 de mayo de 1982 sobre la ley reguladora del Consejo Asesor de Radiotelevisi¨®n Espa?ola en Catalu?a.
Capacidad organizativa
En aquella sentencia, el Tribunal Constitucional diferencia la radio y la televisi¨®n propias de la comunidad aut¨®noma "y la gestionada por el Ente P¨²blico RTVE" y afirma que "parece, en efecto, razonable entender que en lo que efecta a las funciones estatales ejercidas por el Ente P¨²blico RTVE deba reconocerse al Estado una amplia capacidad organizativa que obligue a las comunidades aut¨®nomas a moverse dentro de los t¨¦rminos y casos establecidos en la ley que regule el estatuto jur¨ªdico de radio y televisi¨®n".Seg¨²n la sentencia, "la comunidad puede regular el consejo asesor en lo relativo a su composici¨®n", aunque el tribunal admite que, al ser un ¨®rgano designado por la comunidad aut¨®noma, representativo de sus intereses, el nombramiento lleva impl¨ªcitas, ciertas facultades normativas de la comunidad aut¨®noma con respecto a ¨¦l.
Tambi¨¦n se?ala la sentencia que "el hecho de que el nombramiento del consejo asesor y la determinaci¨®n de su composici¨®n correspondan a la comunidad aut¨®noma no impide que sea un ¨®rgano de RTVE".
Por otra parte, la Asamblea Legislativa de Madrid aprob¨® ayer la ley de creaci¨®n del Ente P¨²blico Radiotelevisi¨®n de Madrid. El Grupo Socialista apoy¨® la totalidad del articulado, mientras que el Grupo Popular vot¨® en contra de dos art¨ªculos y el Grupo Comunista vot¨® en contra de cuatro art¨ªculos y se abstuvo en otros dos.
El ente p¨²blico se organizar¨¢ en tomo a un consejo de administraci¨®n, un presidente y un consejo asesor. El primer ¨®rgano constar¨¢ de nueve miembros, en proporci¨®n a la representaci¨®n de los distintos grupos pol¨ªticos en la Asamblea Legislativa. El consejo de administraci¨®n adoptar¨¢ sus acuerdos por mayor¨ªa, aunque para el nombramiento del presidente del ente se requerir¨¢ mayor¨ªa absoluta, y para su destituci¨®n, dos tercios de los votos.
El consejo asesor lo integrar¨¢n representantes de los ayuntamientos (seis), las entidades culturales y colegios profesionales y los medios de comunicaci¨®n de Madrid (tres cada grupo), las universidades, el consejo escolar y el consejo de la juventud (uno cada grupo) y las asociaciones de usuarios, las centrales sindicales y las organizaciones empresariales (dos cada sector).
La aprobaci¨®n del proyecto de ley fue posible gracias a la negociaci¨®n de casi un centenar de enmiendas de la oposici¨®n conservadora y comunista en ponencia y conf¨²si¨®n. En la sesi¨®n plenaria celebrada ayer fueron rechazadas 11 enmiendas del Grupo Comunista que intentaban establecer la necesidad de lograr una mayor¨ªa de dos tercios para ciertas decisiones del consejo de administraci¨®n. Tampoco prosper¨® una enmienda del Grupo Popular que intentaba limitar la inversi¨®n inicial prevista en la ley.
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