Los parados mayores de 55 a?os cobrar¨¢n 26.000 pesetas mensuales de seguro de desempleo hasta que se jubilen
Los parados mayores de 55 a?os cobrar¨¢n en torno a las 26.000 pesetas mensuales de subsidio de desempleo hasta que puedan acceder a la jubilaci¨®n, seg¨²n la nueva ley de Protecci¨®n al Desempleo, recientemente publicada en el Bolet¨ªn Oficial del Estado (BOE). De acuerdo con ¨¦stas nuevas normas, los penados que hayan sido liberados tendr¨¢n derecho a percibir por un per¨ªodo de seis a 18 meses estas ayudas. Los parados que hayan agotado las prestaciones anteriores y estuvieran inscritos en las oficinas de empleo tienen tambi¨¦n derecho a cobrar las nuevas prestaciones.
Todos los parados mayores de 55 a?os gozar¨¢n de una ayuda por parte del Estado del 75% del salarlo m¨ªnimo interprofesional, es decir, en torno a las 26.000 pesetas. Las prestaciones, que les ser¨¢n abonadas hasta que cumplan los 60 a?os y puedan enlazar con la jubilaci¨®n anticipada, les ser¨¢n reconocidas con la condici¨®n de estar inscritos en las oficinas de empleo, acreditar que cumplen los requisitos para acceder a cualquier tipo de jubilaci¨®n, y no tener ingresos que superen el salario m¨ªnimo, establecido actualmente en 34.740 pesetas. La nueva ley de Protecci¨®n al Desempleo, publicada recientemente en el BOE, ampl¨ªa el colectivo de trabajadores a proteger y la duraci¨®n del seguro.Mayor cobertura
De los dos sistemas de protecci¨®n que establece la nueva normativa legal, el denominado contributivo se ampl¨ªa en cuanto a su duraci¨®n, si bien se limita su cuant¨ªa m¨¢xima. Los parados que hayan cotizado un m¨ªnimo de seis meses tendr¨¢n ahora derecho a tres meses de cobertura. Y el per¨ªodo m¨¢ximo se establece en 21 o 24 meses, seg¨²n se haya cotizado entre 42 y 48 meses en los ¨²ltimos cuatro a?os. Estos trabajadores cobrar¨¢n desde el 80% de la base regula dora en los seis primeros meses al 60% a partir del decimotercer mes. Sin embargo, ning¨²n para do podr¨¢ cobrar m¨¢s de 76.500 pesetas, es decir, el 220% del salario m¨ªnimo (SMI). El segundo nivel de cobertura de desempleo es lo que la nueva Iey define como subsidio, cuya cuant¨ªa es igual al 75% del (SMI). Su financiaci¨®n corre exclusivamente a cargo del Estado y su campo de aplicaci¨®n se ampl¨ªa considerablemente respecto a la normativa anterior.
En este nivel adem¨¢s de las prestaciones a los parados mayores de 55 a?os, reconoce el derecho a los que hubieran agotado las correspondientes al primer nivel. Su duraci¨®n es de seis meses, prorrogable hasta un m¨¢ximo de 18. E incluye entre los beneficiarios a las personas que hayan sufrido condena penal y hayan sido liberadas, que, en consecuencia, tendr¨¢n derecho a percibir por un per¨ªodo de hasta 18 meses el subsidio de 26.000 pesetas. Igualmente tendr¨¢n derecho a estas prestaciones los emigrantes retornados y los trabajadores extranjeros. En todos los casos, siempre que sus rentas no superen el salario m¨ªnimo.
Por otra parte, la nueva ley ampl¨ªa la asistencia sanitaria de la Seguridad Social a todos los parados que hayan agotado cualquiera de las dos ayudas citadas anteriormente.
Finalmente, hay que rese?ar que los trabajadores que hayan agotado las ayudas anteriores a esta ley, pero permanecieran inscritos en las oficinas de empleo el 1 de noviembre de 1983 y soliciten las nuevas prestaciones en el plazo que se establezca, tendr¨¢n derecho al subsidio de desempleo por un tiempo m¨¢ximo de nueve meses.
La ley de Protecci¨®n al Desempleo fue negociada en el pasado mes de octubre entre el Gobierno, los sindicatos y la patronal, en el primero de los intentos para un acuerdo social que entonces no lleg¨® a producirse.
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