Los concejales podr¨¢n cobrar sueldo fijo cuando trabajen con dedicaci¨®n exclusiva
El proyecto de nueva ley reguladora de las bases de r¨¦gimen local contiene un art¨ªculo seg¨²n el cual los concejales de los ayuntamientos espa?oles podr¨¢n cobrar sueldos fijos cuando desempe?en sus cargos con dedicaci¨®n exclusiva, seg¨²n inform¨® ayer el director general de Administraci¨®n Local, Jos¨¦ Mariano Ben¨ªtez de Lugo. "Los miembros de las corporaciones locales percibir¨¢n retribuciones por el ejercicio de sus cargos, cuando los desempe?en con dedicaci¨®n exclusiva, en la cuant¨ªa consignada en los presupuestos de la corporaci¨®n, que no podr¨¢ superar globalmente el l¨ªmite que en su caso se fije con car¨¢cter general" seg¨²n recoge textualmente el art¨ªculo 70 del proyecto de ley. "Los miembros sin dedicaci¨®n exclusiva percibir¨¢n dietas e indemnizaciones en la cuant¨ªa y condiciones que acuerde el pleno de la entidad", a?ade el proyecto.
A principios de esta semana, la Audiencia Territorial de Albacete emiti¨® una sentencia por la que declaraba ilegal que un concejal pueda cobrar sueldo fijo, ya que el decreto actual, que data de 1979, s¨®lo permite que cobren sueldos los alcaldes o presidentes de los ayuntamientos.
Tanto en el caso de los concejales de Albacete como en otros en que se pueda suscitar hasta la entrada en vigor de la ley, tendr¨¢n que acogerse a lo que resuelvan los tribunales, de acuerdo con la normativa actual.
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