Las futuras sociedades an¨®nimas laborales estar¨¢n constituidas por un capital mayoritariamente obrero
Un anteproyecto de ley elaborado conjuntamente por los ministerios de Trabajo y Justicia instaura y regula por vez primera en el ordenamiento jur¨ªdico espa?ol las sociedades an¨®nimas laborales, a las que denomina, abreviadamente, SAL. El texto define, en su articulado, a estas sociedades como compa?¨ªas an¨®nimas dedicadas a las actividades generales del comercio, en las que los trabajadores sean propietarios, como m¨ªnimo, del 51 % del capital social dividido en acciones y presten en ellas sus servicios de forma directa, personal y a tiempo parcial.
Las futuras SAL se inscribir¨¢n en un registro espec¨ªfico creado al efecto en el Ministerio de Trabajo y la modalidad de su abreviatura se a?adir¨¢, en el ejercicio del comercio, a la del empresario individual y a las de las sociedades an¨®nimas, limitadas, cooperativas y comanditarias. Su regulaci¨®n llena el vac¨ªo legal existente respecto a estas empresas, fruto en su mayor¨ªa de la crisis industrial. Las SAL han venido gest¨¢ndose en Espa?a durante los ¨²ltimos a?os de forma espont¨¢nea, sin otra regulaci¨®n que diversos decretos ministeriales, especialmente limitados al Fondo Nacional de Protecci¨®n al Trabajo, organismo que destina a ellas diversas ayudas oficiales.
Las sociedades laborales se regir¨¢n por las normas generales establecidas para las sociedades an¨®nimas en lo no regulado por el proyecto. Deber¨¢n estar constituidas por un n¨²mero no inferior a 10 socios, ninguno de los cuales podr¨¢ poseer m¨¢s del 25% de acciones, excepto las entidades p¨²blicas, que podr¨¢n llegar al 49%. Podr¨¢n establecerse diversas clases de acciones entre el capital fijo y mayoritario -aportado por los trabajadores- y el variable, al que podr¨¢n acceder otras personas fisicas o jur¨ªdicas. Se establece un fondo de reserva equivalente al 10%. de los beneficios l¨ªquidos anuales.
Mil compa?¨ªas
El antreproyecto ser¨¢ ultimado y remitido al Gobierno antes de final de a?o. Entre sus fundamentos destaca la necesidad de racionalizar el proceso de las sociedades laborales para condicionarlas a un plan general de industrializaci¨®n, m¨¢s que a un mero reducto de salvamento a cualquier precio de los puestos de trabajo. Su configuraci¨®n, seg¨²n el proyecto, posibilita el cumplimiento del art¨ªculo 129.2 de la Constituci¨®n, que ordena a los poderes p¨²blicos facilitar a los trabajadores el acceso a la propiedad ya los medios de producci¨®n. El movimiento creado por las SAL en Espa?a agrupa en la actualidad a cerca de 1.000 sociedades, distribuidas mayoritariamente en el Pa¨ªs Vasco, Catalu?a, Madrid y Valencia, Y a un n¨²mero aproximado de 38.000 trabajadores. Los sectores industriales que cuentan con mayor n¨²mero de sociedades laborales son el metal, textil, piel y servicios.
La elaboraci¨®n del texto es consecuencia de diversas reuniones mantenidas desde hace un a?o entre la Administraci¨®n y la Coordinadora de Sociedades An¨®nimas Laborales, cuyos dirigentes presentar¨¢n a finales de este mes una propuesta de modificaciones sobre el proyecto inicial Los representantes de las SAL de diversos puntos de Espa?a insisten, en la necesidad de que la figura jur¨ªdica sea reconocida por ley, aunque son cr¨ªticos respecto al proyecto inicial conseguido. El establecimiento de un m¨ªnimo de 10 socios para constituir las SAL, la no regulaci¨®n de la intransmisibilidad de acciones y la ausencia, en el proyecto, de ventajas fiscales o de otro tipo, son las principales objeciones.
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