La contribuci¨®n urbana que nos amenaza
Ese famoso proyecto del recargo del 3% sobre el impuesto de la renta de las personas f¨ªsicas (IRPF) ha producido la natural conmoci¨®n. Pero bien porque para el contribuyente espa?ol llueva sobre mojado en cuanto a impuestos se refiere, bien porque tanto ¨¢rbol informativo le impida ver el bosque real de la fiscalidad, van quedando difuminadas, bajo el polvo de la batalla del 3%, otras amenazas tributarias bastante m¨¢s graves. Porque cuando el Gobierno acu?¨® aquella afortunada frase de "Hacienda somos todos", con la que se incitaba a la solidaridad en el pago de los impuestos, lo que quer¨ªa decir en realidad era "Hacienda somos todos... nosotros", y en ese . nosotros" quedaban englobados no s¨®lo los ¨®rganos administrativos del Gobierno, sino tambi¨¦n los regionales, los provinciales y los municipales. Y as¨ª, el instrumento fiscal, como alegre pi?ata, se entreg¨® a los entes locales, quienes con palos de ciego se disputan ahora, a la rebati?a, los magros caudales del ciudadano.Claro est¨¢ que estas haciendas, especialmente las ligadas a los ayuntamientos de ciudades importantes, han venido arrastrando impresentables y cr¨®nicos d¨¦ficit. Era l¨®gico que el Estado creara un sistema de financiaci¨®n para las mismas. Esto se ha hecho mediante diversas disposiciones como el decreto-ley de Medidas Urgentes de Financiaci¨®n de las Corporaciones Locales del 20 de julio de 1979, la ley de R¨¦gimen Jur¨ªdico de las Corporaciones Locales del 28 de octubre de 198 1, o la de Saneamiento y Regulaci¨®n de las Haciendas Locales del 21 de diciembre de 1983. Pero, inexplicablemente, estas leyes delegaron las atribuciones fiscales del Estado en las corporaciones locales, sin limitaci¨®n de tipos impositivos, con lo que est¨¢ sucediendo que cada alcabalero aprieta la prensa de sacar dinero seg¨²n su ¨¢nimo o sus necesidades, y lo que era un campo nacional de uniformidad fiscal se va a convertir en un campo de Agramante.
El mayor peligro para el contribuyente, ante la nueva ola de impuestos que se nos viene encima, reside en la contribuci¨®n urbana, desde hace unos a?os convertida en recurso local. Ante el camino que dicho impuesto est¨¢ recorriendo en algunos municipios, ese 3% sobre el IRPF va a quedar a la altura de una simple cuestaci¨®n dominical.
Desatino fiscal
El aumento en dicha contribuci¨®n para el presente a?o se ha producido por una doble v¨ªa. Un incremento general del 36% en el valor carastral de los inmuebles y, por tanto, en la cuota resultante, y al mismo tiempo, una elevaci¨®n del tipo impositivo -hasta ahora del 20%- en la forma y cuant¨ªa que cada ayuntamiento ha tenido a bien. En Madrid, por ejemplo, se ha pasado del 20% al 23,50%, con lo que la cuota a pagar se incrementa en el 59,80%; pero en Las Palmas de Gran Canaria, el tipo ha pasado nada menos que al 40%, resultando un aumento en la contribuci¨®n urbana !del 272%!
Dejando aparte engorrosos ¨ªndices y porcentajes, en lenguaje llano, "en el cual suele el pueblo fablar a son vecino", como dec¨ªa nuestro Berceo, el que en Madrid pag¨® el pasado a?o una cuota por su vivienda de, pongamos, 10.000 pesetas, este a?o abonar¨¢ 15.980, y el infeliz residente en aquella capital de las impropiamente llamadas islas Afortunadas, pasar¨¢ a ingresar en las arcas edilicias 27.200 pesetas en lugar de 10.000.
Para darse cuenta del calibre de tal desatino fiscal, pi¨¦nsese que el Estado hiciera lo mismo con las retenciones sobre los sueldos, y al que percibiendo un salario de 1.000.000, -que tendr¨ªa que pagar 130.000 pesetas (13%), le aplicara de golpe y porrazo el 35,36% para que pagara 353.600, o sea, el 272%.
Pero los desatinos no se est¨¢n produciendo solamente en la fijaci¨®n de los tipos, sino tambi¨¦n en la revisi¨®n de los valores catastrales. Las empresas que las realizan suelen hacerlo deprisa y corriendo, ignorando o aplicando mal los coeficientes correctores por antig¨¹edad de la construcci¨®n, calificaci¨®n del suelo o uso del inmueble. As¨ª, he visto, en varios pueblos de una provincia cuyo nombre no viene el caso, elevar valores de viviendas r¨²sticas de 100.000 a 2.000.000, y, lo m¨¢s peregrino, notificar en una flamante "prenotificaci¨®n" el cambio de valores, en la que se requiere la aceptaci¨®n o la disconformidad del interesado, y al mismo tiempo pasar al cobro los nuevos recibos de acuerdo con las bases elevadas, consecuencia sin duda de la urgencia de los municipios por recuperar fondos.
Por otra parte, las repercusiones de la elevaci¨®n de valores y tipos en la contribuci¨®n urbana son m¨²ltiples. Ese incremento de base de un 36% tiene que reflejarse tambi¨¦n en los ingresos que por el concepto de vivienda forman parte del impuesto sobre la renta. El que ten¨ªa, por ejemplo, un inmueble con valor de 3.000.000 y por tanto, una renta por ¨¦l de 90.000 (3%), tendr¨¢ que declarar en 1984, 122.400 por dicho concepto. Al tipo final de la escala, para ingresos alrededor de 2.000.000, ello supone un aumento en la cuota de renta de no menos de 8.000 pesetas, sin contar el que pueda producirse igualmente en el Impuesto sobre el Patrimonio. Y si esto va o no a influir sobre el impuesto que grava la transmisi¨®n de fincas y sobre el de plusval¨ªa de los ayuntamiento, se ver¨¢ muy pronto.
Estos son los efectos econ¨®micos inmediatos de la generalizaci¨®n de las facultades tributarias hasta ahora reservadas al Gobierno; pero hay otras consecuencias, quiz¨¢ menos llamativas porque no inciden directamente sobre el bolsillo de los ciudadanos, pero m¨¢s nocivas a la larga para la credibilidad y justicia de un sistema fiscal.
Como dije en otro art¨ªculo publicado en este diario, con ocasi¨®n del proyecto del 3% de recargo en el IRPF, resulta incongruente y poco serio que cuando el Estado parece haberse hecho eco de la psicosis general existente de excesiva presi¨®n fiscal, y manipula sus tipos impositivos con gran cuidado, se deje a los organismos, locales fijar sin tasa y a su arbitrio los que determinan sus tributos. Como si los impuestos, sean estatales, auton¨®micos o municipales, no salieran de los mismos bolsillos.
Por otra parte, se est¨¢n produciendo enormes diferencias en la presi¨®n fiscal entre los distintos ayuntamientos. El tipo de la contribuci¨®n urbana puede oscilar entre el 5% y el 40%, y el recargo sobre el IRPF, puede no existir, ser del 2% o del 30%, como ocurre en Longa del Castillo (Zaragoza). Se est¨¢ atentando as¨ª contra un principio elemental de justicia contributiva, consignado, adem¨¢s, en el art¨ªculo 31 de la Constituci¨®n. El contribuyente que tenga la desgracia de ser vecino de una de esas ciudades regidas por un equipo municipal dado a las aventuras econ¨®micas -y no hace falta recordar en cu¨¢les esto se ha producido recientemente- puede verse sorprendido con que su recargo sobre la renta o el tipo de la contribuci¨®n urbana se eleve de un d¨ªa para el otro al 40% al 200% o al 400%, ?por qu¨¦ no? Y ello con una muy acusada indefensi¨®n por su parte, pues los impuestos del Estado se discuten en las Cortes y se comentan y difunden a trav¨¦s de los medios informativos, pero los de los ayuntamientos reducen su ¨¢mbito publicitario al tabl¨®n de anuncios y al Bolet¨ªn Oficial de la Provincia. Y por ahora, el propietario de viviendas no ten¨ªa por costumbre revisar los edictos edilicios, ni los boletines oficiales formaban parte de sus lecturas de cabecera.
Es verdad que una revista pol¨ªtica, marcadamente antigubernamental, digamos de pasada, ha inserto en uno de sus n¨²meros un modelo de recurso contra las elevaciones de los tipos de urbana, con argumentos de desigual fortuna, y que el Tribunal Supremo acaba de dictar un auto por el que suspende cautelarmente el recargo del 2%. sobre el IRPF de M¨¢laga y la elevaci¨®n en 15 puntos de la contribuci¨®n urbana, pero aunque ello se generalizara, el remedio es a tan largo plazo que en el interregno puede haber fallecido el paciente.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.
Archivado En
- Presupuestos municipales
- Opini¨®n
- Pol¨ªtica nacional
- Zonas residenciales
- Finanzas municipales
- Legislaci¨®n vivienda
- Precio vivienda
- PSOE
- IRPF
- Hacienda p¨²blica
- Impuestos
- Madrid
- Vivienda
- Ayuntamientos
- Partidos pol¨ªticos
- Tributos
- Comunidad de Madrid
- Pol¨ªtica auton¨®mica
- Pol¨ªtica econ¨®mica
- Finanzas p¨²blicas
- Gobierno municipal
- Pol¨ªtica municipal
- Legislaci¨®n
- Urbanismo
- Administraci¨®n local