Las sociedades laborales necesitar¨¢n como m¨ªnino 10 socios para su constituci¨®n
Las sociedades laborales no podr¨¢n constituirse con menos de 10 socios, y cada socio no podr¨¢ poseer m¨¢s del 25% de las acciones de la sociedad, seg¨²n el anteproyecto de ley de Sociedades Laborales, adelantado ayer por el director general de Cooperativas, Sebasti¨¢n Reyna, en las jornadas que sobre este tema se han venido celebrando en Madrid.
El anteproyecto de ley recoge que las sociedades laborales deben estar constituidas como m¨ªnimo por 10 socios, que podr¨¢n ser tanto personas jur¨ªdicas, como entidades p¨²blicas. Cuando se trate de personas jur¨ªdicas, los socios individuales no podr¨¢n tener m¨¢s de 25% de las acciones. En el caso de las entidades p¨²blicas, ¨¦stas podr¨¢n acceder como m¨¢ximo al 49% de las acciones. Es decir, que el 5 1 % siempre ha de estar en manos de los socios de la compa?¨ªa.Cuando un socio cause baja, los trabajadores accionistas y la propia sociedad tendr¨¢n derecho, por ese orden, a comprar sus acciones. En el caso de que exista un cr¨¦dito, el anteproyecto especifica que las acciones no podr¨¢n enajenarse sin el conocimiento y la autorizaci¨®n del organismo que lo concedi¨®. Al mismo tiempo se especifica que las sociedades laborales est¨¢n obligadas a disponer de un fondo de reserva especial, equivalente al 10% de los beneficios.
Por otra parte, las sociedades laborales no podr¨¢n contratar trabajadores asalariados eventuales por encima del 15% del total de los socios trabajadores.
La base legal de las sociedades laborales ser¨¢ la misma de las sociedades an¨®nimas, y, en consecuencia, habr¨¢n de inscribirse en el Registro Mercantil.
Fin de las contradicciones
El director general de Cooperativas, Sebasti¨¢n Reyna, justific¨® la nueva ley de sociedades laborales en la necesidad de acabar con las contradiciones existentes en la actualidad entre este tipo de sociedades y las sociedades an¨®nimas.
Como ejemplo de lo anterior se refiri¨® a la imposibilidad de proceder a la transmisi¨®n de acciones, raz¨®n por la que muchas sociedades laborales ni siquiera figuran en el Registro Mercantil.
Seg¨²n Esteban Reyna, con el nuevo proyecto de ley se trata de regular en forma clara el papel y las posibilidades que tienen las sociedades laborales.
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