Los pactos sobre productividad no pueden romper la banda salarial, seg¨²n la CEOE
El tope m¨¢ximo de incremento salarial en la pr¨®xima negociaci¨®n colectiva ser¨¢ el 7,5%, l¨ªmite fijado en la banda salarial pactada entre UGT y la Confederaci¨®n Espa?ola de Organizaciones Empresariales (CEOE) en el Acuerdo Econ¨®mico y Social (AES). Este tope no podr¨¢ romperse ni con acuerdos espec¨ªficos sobre productividad, seg¨²n la circular que sobre negociaci¨®n colectiva ha dirigido la CEOE a sus organizaciones, y que contradice los criterios defendidos en este aspecto por la UGT.
La Confederaci¨®n Espa?ola de Organizaciones Empresariales (CEOE) defender¨¢ que el tope salarial en la pr¨®xima negociaci¨®n colectiva sea el 7,5%, recogido en el acuerdo interconfederal suscrito entre la patronal y UGT. Para la CEOE ning¨²n pacto sobre productividad puede romper estos l¨ªmites, y el propio texto del AES establece que a la hora de fijar los incrementos salariales para 1985 se tendr¨¢n en cuenta "factores como la situaci¨®n econ¨®mica de las empresas, la creaci¨®n de empleo, la vigencia de convenios colectivos, as¨ª como la aplicaci¨®n de lo establecido sobre productividad y absentismo en el art¨ªculo 6 del acuerdo interconfederal".Fuentes de la patronal se?alaron ayer que, precisamente para evitar la interpretaci¨®n que ahora efect¨²a UGT, se incluy¨® en el acuerdo el texto precedente que no da posibilidad alguna de romper los topes pactados.
Seg¨²n los criterios de la CEOE, aunque el art¨ªculo 6 se refiere a la posibilidad de negociar pactos espec¨ªficos sobre productividad, cuya rentabilidad habr¨¢ de destinarse a sanear la empresa (si se encuentra en crisis), o a crear empleo e incentivar salarialmente a los trabajadores afectados, ello no quiere decir que puedan saltarse los topes salariales. Por el contrario, cualquier incremento habr¨¢ de hacerse teniendo en cuenta precisamente los factores de productividad.
La circular remitida por la CEOE es incluso en este aspecto mucho m¨¢s restrictiva sobre el concepto de banda salarial. Y as¨ª, se advierte que "los sindicatos tender¨¢n a formular peticiones salariales situadas en la parte alta de la banda sin contrapartidas". En esos casos, la CEOE se muestra partidaria de rechazar las propuestas. La patronal subraya que como criterio general, los incrementos que se pacten con los representantes de los trabajadores deben incluir los denominados "deslizamientos (antig¨¹edad, reclasificaciones)".
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