La jubilaci¨®n m¨ªnima para los trabajadores ser¨¢ de 27.490 pesetas o de 29.000, seg¨²n las circunstancias familiares
Los pensionistas de la Seguridad Social con 65 o m¨¢s a?os que hasta ahora percib¨ªan Ia jubilaci¨®n m¨ªnima (25.150 pesetas) recibir¨¢n 27.490 en 1985, lo que supone un incremento del 8%, seg¨²n decisi¨®n de ayer del Consejo de Ministros. El aumento es mayor en los pensionistas que tienen c¨®nyuge a su cargo, que pasar¨¢n de 26.150 a 29.000 pesetas (el 11%). Por su parte, aquellas personas que por una o varias pensiones reciban m¨¢s de 187.000 pesetas mensuales no tendr¨¢n subida alguna. El plazo para declarar si se recibe m¨¢s de una pensi¨®n se cierra el 1 de marzo. El a?o pasado, el l¨ªmite fue el 31 de marzo.
Las pensiones m¨ªnimas de los distintos reg¨ªmenes de la Seguridad Social se incrementaran en 1985 en el 11%, cuando el beneficiario tenga c¨®nyuge a su cargo. Sin c¨®nyuge, el aumento ser¨¢ del 8%. Ello significa que la pensi¨®n por jubilaci¨®n con 65 a?os pasa en el primer caso, de 26.150 pesetas a 29.000 pesetas, y de 25.450 pesetas a 27.490. La idea es aplicar un mayor incremento en las pensiones m¨¢s bajas, con el fin de ir aproximando su cuant¨ªa al salario m¨ªnimo interprofesional.Las pensiones procedentes del Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) se ver¨¢n incrementadas en un 7%, pasando de 19.065 pesetas mensuales a 20.400. En los casos de viudedad, la pensi¨®n del SOVI se incrementa hasta las 17.430 pesetas mensuales -estaba en 16.290- para los titulares mayores de 65 a?os, y para los menores de esta edad, se fija en 14.895 pesetas.El SOVI, en cuyo r¨¦gimen se encuentran 590.000 personas, acoge a aquellos trabajadores que no cuentan con la cotizaci¨®n necesaria para integrarse en el sistema de pensiones de la Seguridad Social, pero s¨ª reunen las condiciones del antiguo SOVI -cotizar 1.800 d¨ªas- o del seguro obrero conocido como de la perra gorda que daba derecho a percibir pensi¨®n habiendo cotizado un s¨®lo d¨ªa.
Pensiones sin subida
Las pensiones de viudedad se revalorizan de 19.360 pesetas mensuales a 20.910 en aquellos casos en que el titular tiene m¨¢s de 65 a?os. Por debajo de esta edad la cuant¨ªa pasa de 16.705 pesetas a 18.045. Las pensiones m¨¢s altas son las que tendr¨¢n en porcentaje menor incremento, e incluso aquellas de cuant¨ªa superior a 187.000 pesetas permanecer¨¢n congeladas. El real decreto aprobado ayer en Consejo de Ministros establece una subida lineal de 2.000 pesetas para las pensiones situadas entre las 75.001 pesetas y las 185.950. A partir de esta cifra y hasta las 187.000 la subida ser¨¢ de 1.000.Actualmente existen 5.307.213 pensiones en el sistema de la Seguridad Social. De ellas, 3.630 superan las 187.000 pesetas, por lo que no tendr¨¢n subida alguna. Y existen asi 400.000 pensionistas que cobran la cuant¨ªa m¨ªnima, y tienen c¨®nyuge a su cargo, por lo que experimentar¨¢n un incremento del 11 %. M¨¢s de 1.7000, ver¨¢n aumentadas sus percepciones mensuales en el 8% al no tener c¨®nyuge a su cargo.
El aumento lineal de 2.000 pesetas al mes para aquellas pensiones entre 75.000 y 185.000 pesetas afecta a un n¨²mero de personas que ronda los 2,5 millones de pesetas. Finalmente unos 150.000 pensionistas ver¨¢n aumentadas en 1.000 pesetas al mes la cuant¨ªa de sus prestaciones -son aquellos que cobran entre 185.950 y 187.000 pesetas- y 3.630 no tendr¨¢n subida alguna, al cobrar al mes m¨¢s de 187.000 pesetas.
Una de las novedades introducidas en el real decreto es el plazo para declarar el n¨²mero de pensiones que se vienen percibiendo. En 1984 los pensionistas ten¨ªan hasta el 31 de marzo para comunicar esta circunstancia. En 1985 las personas que reciben m¨¢s de una pensi¨®n tendr¨¢n que declararlo antes del 1 de marzo, expresando su cuant¨ªa. La revalorizaci¨®n, en este caso, se efectuar¨¢ sumando la cuant¨ªa de todas las pensiones y aplicando el porcentaje de incremento que corresponda en cada caso. Es decir, que el aumento no se efectuar¨¢ a cada pensi¨®n sino al conjunto, aunque el importe resultante se prorratear¨¢ entre cada una de ellas.
La obligaci¨®n de declarar antes del 1 de marzo el n¨²mero y la cuant¨ªa de las pensiones se extiende a todas aquellas personas que reciben varias prestaciones, tanto -del sistema de la Seguridad Social como de cualquier otro organismo (mutualidades, entes territoriales, montep¨ªos, etc¨¦tera).
Una misma persona puede percibir distintas pensiones de la Seguridad Social o de otros sistemas. Es lo que se llama concurrencia de pensiones. Sin embargo una misma persona no puede cobrar varias pensiones si son del mismo r¨¦gimen de la Seguridad Social, al incurrir, en este caso, en incompatibilidad.
El ministro de Trabajo, Joaqu¨ªn Almunia, insisti¨® ayer, al presentar las nuevas subidas, en que no se trataba de quitar a nadie alguna de las dos pensiones -siempre que no fueran incompatibles- sino de poder establecer el incremento a aplicar en estos casos. Seg¨²n los datos del Ministerio de Trabajo existen m¨¢s de 581.223 personas que tienen m¨¢s de una pensi¨®n, lo que no significa que sean incompatibles. Del total de 5,3 millones de pensiones, 4,3 millones son ¨²nicas; 770.790 son concurrentes intemas -es decir son pensiones del sistema de la Seguridad Social, aunque no del mismo r¨¦gimen-, y 203.428 son concurrentes externas, no pertenecen al sistema de Seguridad Social.
Cumplir el AES
Almunia subray¨®, por otra parte, que con la distribuci¨®n efectuada en las subidas de las pensiones, se cumpl¨ªa por un lado el com promiso de mantener el poder adquisitivo de los salarios, estableciendo incrementos por encima de la inflaci¨®n prevista, y, por otro, el esp¨ªritu de solidaridad recogido en el Acuerdo Econ¨®mico y Social (AES), al d¨ªstribuir el aumento de manera que subieran m¨¢s las pensiones m¨¢s bajas. Las pensiones se revalorizan en funci¨®n de la inflaci¨®n prevista. En el caso de que se superaran las previsiones del Gobierno, la diferencia se tendr¨ªa en cuenta a la hora de establecer las subidas para 1986. Ambos puntos son compromisos adquiridos por el Gobierno en el AES.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.
Archivado En
- Beneficiarios prestaciones
- Bienestar social
- Precios
- Jubilaci¨®n
- Pensiones
- Presidencia Gobierno
- Pol¨ªtica econ¨®mica
- Pol¨ªtica social
- Prestaciones
- Seguridad Social
- Gobierno
- Condiciones trabajo
- Relaciones laborales
- Pol¨ªtica laboral
- Administraci¨®n Estado
- Pol¨ªtica
- Trabajo
- Administraci¨®n p¨²blica
- Econom¨ªa
- Comercio
- Sociedad