Las dos ¨²nicas condenas por delito fiscal en Espa?a han reca¨ªdo en el mismo contribuyente
El empresario Enrique Garc¨ªa Bermejo acaba de ser condenado por segunda vez como autor de un delito fiscal. Las dos ¨²nicas sentencias condenatorias que se han producido en Espa?a por este delito, que fue introducido en 1977 en el C¨®digo Penal y que conlleva penas de prisi¨®n, han reca¨ªdo sobre la misma persona y sobre la misma empresa por dos hechos tributarlos distintos. En mayo de 1983 se le conden¨® por no haber ingresado retenciones por trabajo personal, y en octubre de 1984, por no haber tributado por ventas comerciales.
En la primera sentencia se le conden¨® a un a?o de prisi¨®n menor y una multa de 16 millones de pesetas, y en la segunda, a dos meses de arresto mayor y una multa de 7,5 millones de pesetas. Ambas penas, seg¨²n fuentes jur¨ªdicas, son acumulables, al tratarse de un supuesto de reincidencia.La Audiencia Provincial de La Coru?a, con fecha 5 de octubre de 1984, celebr¨® juicio sobre la causa seguida contra Enrique Garc¨ªa Bermejo por un delito fiscal. El acusado, presidente del Consejo de Administraci¨®n de la sociedad Montajes del Noroeste, con sede en El Ferrol, no efectu¨® la declaraci¨®n y liquidaci¨®n del impuesto sobre tr¨¢fico de empresas (ITE) en el ejercicio econ¨®mico de 1978. Seg¨²n el acta que le fue levantada por la Inspecci¨®n de Hacienda dos a?os despu¨¦s, Montajes del Noroeste no ingres¨® en el Tesoro 7.393.939 pesetas correspondientes a la cuota aplicable por ITE a unas ventas de 273.849.579 pesetas.
El procesado, seg¨²n consta en la sentencia que ser¨¢ publicada por la revista Gaceta Fiscal, manifest¨® en presencia judicial que no hab¨ªa ingresado el ITE por falta de liquidez; aunque, posteriormente, en la vista del juicio oral expres¨® que la cuota correspondiente al tributo no la inclu¨ªa en las facturas y "que no sab¨ªa o ignoraba que hab¨ªa que hacer liquidaci¨®n de dicho impuesto".
La Audiencia Provincial de La Coru?a, en su fallo, condena a Enrique Garc¨ªa Bermejo "como autor criminalmente responsable de un delito fiscal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad, a la pena de siete millones y medio de pesetas, con arresto sustitutorio de 6 meses en el caso de su impago, dos meses de arresto mayor, as¨ª como a que indemnice al Estado en la cantidad de 7.393.939 pesetas".
Reincidencia
Enrique Garc¨ªa Bermejo hab¨ªa sido ya condenado, en mayo de 1983, por la misma Audiencia Provincial de La Coru?a como autor de otro delito fiscal. En este caso por no haber ingresado en el Tesoro las retenciones por rendimientos del trabajo personal correspondientes al ejercicio de 1978, aunque tampoco las hab¨ªa practicado a sus trabajadores. El tribunal conden¨® entonces al procesado a una pena conjunta de 16 millones de pesetas, con arresto sustitutorio de seis meses, un a?o de prisi¨®n menor, el pago de las costas procesales, as¨ª como a que indemnizase al Estado, conjunta y solidariamente con la empresa, con la cantidad de 15.819.020 pesetas.El abogado de Garc¨ªa Bermejo tiene recurrida esta sentencia ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo, argumentando que falt¨® ¨¢nimo delictivo, que el implicado no ostentaba cargo ejecutivo en la empresa en litigio, y que no hay autor porque no existe responsabilidad delictiva. El condenado fue declarado entonces insolvente y se le concedi¨® libertad provisional.
Enrique Garc¨ªa Bermejo es la ¨²nica persona condenada, y por dos veces, como autor de delito fiscal desde su instauraci¨®n en 1977. En los siete a?os largos transcurridos, y pese a que el Ministerio de Hacienda ha remitido a los tribunales cerca de medio millar de expedientes por presuntos delitos fiscales de distintos contribuyentes, solamente se han producido seis juicios (los dos de la audiencia de La Coru?a, otros dos en la de Sala manca, y uno en las de Ciudad Real y Baleares). Todos los fallos, a excepci¨®n de los rese?a dos de La Coru?a, han absuelto a los procesados de la autor¨ªa del citado delito.
El Gobierno, ante los escasos resultados conseguidos, modific¨® en el pasado mes de junio las penas correspondientes al delito fiscal, elevando hasta seis a?os de c¨¢rcel la condena en que puede incurrir el contribuyente que defraude m¨¢s de cinco millones de pesetas durante un a?o.
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