Declarado legal el tributo de radicaci¨®n en Castell¨®n
Dos sentencias de la sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Territorial de Valencia, con fecha 18 de febrero, han declarado legal el impuesto de radicaci¨®n aplicado en Castell¨®n, tributo que han de pagar los comerciantes y profesionales establecidos en la ciudad. Hace unos d¨ªas, la Audiencia Provincial de Valencia declar¨® contraria a derecho la regulaci¨®n del cobro de ese mismo tributo en la capital de la Comunidad Valenciana, si bien se refer¨ªa a las diversas tarifas empleadas en distintas calles -para las que se tom¨® la distribuci¨®n aplicada en la tasa de basuras- y se ce?¨ªa al a?o 1979 y el primer trimestre de 1980 (ver EL PAIS del mi¨¦rcoles).El impuesto fue recurrido en Castell¨®n por la C¨¢mara de Comercio y diversos empresarios, al entender que se produc¨ªa una doble imposici¨®n por el hecho de aplicar sobre una misma actividad ese tributo y otros como la licencia fiscal y la contribuci¨®n urbana.
En un primer caso, el Tribunal Econ¨®mico Administrativo de la provincia fall¨® en contra del Ayuntamiento. Tras el recurso del Ayuntamiento, la Audiencia ha fallado a su favor.
Castell¨®n ingresa en concepto de impuesto de radicaci¨®n alrededor de 30 millones de pesetas anuales, que ya se estaban cobrando y que no tendr¨¢n que devolverse ahora.
No obstante, tanto el alcalde, el socialista Antonio Tirado, como el primer teniente de alcalde, Jos¨¦ Luis Villamar¨ªn, han manifestado en varias ocasiones que el Ayuntamiento tiene intenci¨®n de retirar este impuesto.
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