El capital y las reservas de bancos y cajas son inferiores a lo exigido en el nuevo coeficiente de garant¨ªa
El Banco de Espa?a y la Asociaci¨®n Espa?ola de Banca Privada (AEB) contin¨²an sus conversaciones para llegar a un acuerdo sobre el reglamento que regir¨¢ el coeficiente de recursos propios de las entidades financieras, una vez que entre en vigor la ley que se discute en el Parlamento. Aunque el Banco de Espa?a ha flexibilizado, su postura inicial, reflejada en el borrador que reparti¨® a las entidades financieras, lo cierto es que los n¨²meros que salen de los supuestos realizados siguen siendo demasiado elevados como para que los bancos puedan cubrirlos en el plazo de adaptaci¨®n previsto.
MadridFaltan recursos propios -capital y reservas- en cantidades importantes y sobran riesgos elevados en la mayor parte de los bancos y en la casi totalidad de las cajas de ahorro. Y lo peor del caso es que la reciente crisis de las cajas de ahorro de Estados Unidos no va a hacer otra cosa que reforzar el intento de saneamiento de las entidades espa?olas por temor a nuevas y no previstas dificultades en algunas instituciones financieras nacionales o extranjeras.Inicialmente el borrador del reglamento del coeficiente de recursos propios establec¨ªa un l¨ªmite global de riesgos se?alando que los recursos propios no podr¨ªan ser inferiores al 4,5% de la suma de todos los conceptos del activo del balance confidencial de bancos y cajas de ahorro. Este porcentaje equival¨ªa al actual 8% sobre el volumen de pasivo exigible que establece el todav¨ªa en vigor coeficiente de garant¨ªa.
Pero al tiempo el borrador introduc¨ªa un l¨ªmite selectivo en funci¨®n de cada uno de los riesgos en que tienen colocado su activo las entidades financieras. Este l¨ªmite selectivo establec¨ªa que los inmuebles de las entidades, as¨ª como las participaciones en empresas del grupo, bancarias y no bancarias, ten¨ªan que corresponderse con aportaciones crecientes de los recursos propios hasta llegar al ciento por ciento de la participaci¨®n en muchos casos.
Modificaciones importantes
Al tiempo explicitaba un porcentaje determinado sobre recursos propios para cada uno de los riesgos en que puede incurrir la actividad bancaria, incluidos aquellos que se pueden considerar como pr¨¢cticamente inexistentes, como puede ser el efectivo, los dep¨®sitos en el Banco de Espa?a o la tenencia de pagar¨¦s del Tesoro en las carteras de las entidades por tener que cubrir alg¨²n coeficiente o por decisi¨®n voluntaria, como ocurre en la actualidad, en que bancos y cajas tienen m¨¢s pagar¨¦s de lo que est¨¢n obligados.Algunos banqueros criticaron este punto concreto por estimar que el riesgo del sector p¨²blico, y en concreto del Tesoro, no pueden tener riesgo de no recuperar esa inversi¨®n. A ello, desde el Banco de Espa?a, se contesta que si bien es cierto que el riesgo de no cobrar los intereses o la devoluci¨®n del principal no existe por definici¨®n, s¨ª hay problemas de riesgo de intereses (que la retribuci¨®n de esos activos caiga de forma importante y r¨¢pida como de hecho ha ocurrido) que podr¨ªa poner en dificultades la rentabilidad de algunas instituciones, y que no es preciso perderse mucho en el pasaso para comprobar la veracidad de esta afirmaci¨®n.
Las conversaciones que han tenido el presidente de la AEB, Rafael Termes, y el Banco de Espa?a sobre el reglamento ha dado sus frutos en cuanto que existe un cierto acuerdo en reducir algunas de las exigencias, justificadas por otra parte, de cobertura de riesgos.
En este sentido se se?ala que se puede reducir algo el l¨ªmite general, previsto en el 4,5%, y que podr¨ªa bajar hasta el 4%. En todo caso hay que tener en cuenta que en Estados Unidos existe una tendencia a elevarlo hasta el 6% y que, si no se modifican las condiciones financieras generales, ese porcentaje o uno parecido tender¨¢ a instalarse tambi¨¦n en Espa?a, aunque sea en un plazo m¨¢s largo. Tambi¨¦n parece que hay acuerdo en ampliar el plazo de adaptaci¨®n de la situaci¨®n actual a la nueva por encima de los cuatro a?os previstos inicialmente.
Los riesgos de los bancos y cajas de ahorro con empresas, fueran del grupo o no, que se iban a calcular de forma individual por cada entidad financiera lo ser¨¢n por el conjunto del grupo financiador; es decir, el banco matriz y sus filiales. Esto supone un respiro para algunos grupos bancarios, a los que no les crecer¨¢ su necesidad de cobertura de riesgos, al ampliar la base sobre la que calcular los riesgos individuales. Pero hay otros grupos a los que puede perjudicar esta decisi¨®n, bien porque varios bancos de los mismos hayan prestado a las mismas empresas, con lo que tambi¨¦n ver¨¢n crecer su riesgo al tiempo que lo haga el total de sus recursos propios.
Concentrar operaciones
De hecho, en los ¨²ltimos meses, y ante el exceso de liquidez que han conocido las instituciones financieras, han tenido lugar operaciones, a pesar que en el borrador se establece claramente que se les "aplicar¨¢n las reglas generales sobre los recursos propios radicados en Espa?a, si bien no se aplicar¨¢n los recargos por zoncentraci¨®n de riesgos".El grupo de bancos extranjeros pertenecientes a la AEB mantiene reuniones por separado del conjunto de la banca privada para tratar de encontrar una soluci¨®n. Cerca de una veintena de esas instituciones quedar¨¢ claramente por debajo de las exigencias legales una vez entre en vigor el reglamento sobre recursos propios.
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