Las divergencias entre ¨®rganos del Estado
Cuatro art¨ªculos de la Constituci¨®n regulan el conflicto entre ¨®rganos constitucionales del Estado. Son los art¨ªculos 59, 73, 74 y 75:Art¨ªculo 59. El Tribunal Constituc¨ªonal entender¨¢ de los conflictos que se susciten sobre las competencias o atribuciones asignadas directamente por la Constituci¨®n, los Estatutos de Autonom¨ªa o las Leyes org¨¢nicas u ordinarias dictadas para delimitar los ¨¢mbitos propios del Estado y las Comunidades aut¨®nomas y que opongan:
1. Al Estado con una o m¨¢s Comunidades aut¨®nomas. 2. A dos o m¨¢s comunidades aut¨®nomas entre s¨ª. 3. Al Gobierno con el Congreso, el Senado o el Consejo General del Poder Judicial; o a cualquiera de estos ¨®rganos constitucionales entre s¨ª.
Art¨ªculo 73. 1. En el caso en que alguno de los ¨®rganos constitucionales a los que se refiere el art¨ªculo 59, 3 de esta Ley, por acuerdo de sus respectivos Plenos, estime que otro de dichos ¨®rganos adopta decisiones asumiendo atribuciones que la Constituci¨®n o las Leyes org¨¢nicas confieren al primero, ¨¦ste se lo har¨¢ saber as¨ª dentro del mes siguiente a la fecha en que llegue a su conocimiento la decisi¨®n de la que se infiera la indebida asunci¨®n de atribuciones y solicitar¨¢ de ¨¦l que la revoque.
2. Si el ¨®rgano al que se dirige la notificaci¨®n afirmare que act¨²a en el ejercicio constitucional y legal de sus atribuciones o, dentro del plazo de un mes a partir de la recepci¨®n de aqu¨¦lla no rectificare en el sentido que le hubiere sido solicitado, el ¨®rgano que estime indebidamente asumidas sus atribuciones plantear¨¢ el conflicto ante el Tribunal Constitucional. A tal efecto, presentar¨¢ escrito en el que se especificar¨¢n los preceptos que considera vulnerados y formular¨¢ las alegaciones que estime oportunas. A este escrito acompa?ar¨¢ certificaci¨®n de los antecedentes que repute necesarios y de la comunicac¨ª¨®n cursada en cumpl¨²ento de lo prevenido en el n¨²mero anterior de este art¨ªculo.
Art¨ªculo 74. Recibido el escrito, el Tribunal, dentro de los diez d¨ªas siguientes, dar¨¢ traslado del mismo al ¨®rgano requerido y le fijar¨¢ el plazo de un mes para formular las alegaciones que estime procedentes. Id¨¦nticos traslados y emplazamientos se har¨¢n a todos los dem¨¢s ¨®rganos legitimados para plantear este g¨¦nero de conflictos, los cuales podr¨¢n comparecer en el procedimiento, en apoyo del demandante o del demandado, si entendieren que la soluci¨®n del conflicto planteado afecta de alg¨²n modo a sus propias atribuciones.
Art¨ªculo 75. 1. El Tribunal podr¨¢ solicitar de las partes cuantas informaciones, aclaraciones o precisiones juzgue necesarias para su decisi¨®n, y resolver¨¢ dentro del mes siguiente a la expiraci¨®n del plazo de alegaciones a que se refiere el art¨ªculo anterior o del que, en su caso, se fijare para las informaciones, aclaraciones o precisiones complementarias, que no ser¨¢ superior a otros treinta d¨ªas.
2. La sentencia del Tribunal determinar¨¢ a qu¨¦ ¨®rgano corresponden las atribuciones constitucionales controvertidas y declarar¨¢ nulos los actos ejecutados por invasi¨®n de atribuciones y resolver¨¢, en su caso, lo que procediere sobre las situaciones jur¨ªdicas producidas al amparo de los mismos.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.