El Tribunal Constitucional resolver¨¢ sobre una discriminaci¨®n 'machista' favorable a las azafatas
Ser hombre no ser¨¢ un impedimento para acogerse al derecho al retiro anticipado concedido por un convenio colectivo a las azafatas de Iberia, si el Tribunal Constitucional concede el amparo solicitado por dos auxiliares de vuelo masculinos contra una sentencia del Tribunal Central de Trabajo. Uno de los recurrentes, Rafael de los Mozos Cabezuelo, calific¨® de "machistas" los criterios empleados por los magistrados, fundamentados en la exigencia a las azafatas de "una especial presencia f¨ªsica atractiva", no necesaria en los hombres.
En septiembre de 1983, De los Mozos y su compa?ero Ricardo Merino Conrado reclamaron a la Magistratura de Trabajo n¨²mero 5 de Madrid para que la compa?¨ªa Iberia les reconociera el derecho a optar por el retiro anticipado previsto en convenio colectivo para los auxiliares de vuelo femeninos de edades comprendidas entre los 35 a?os y los 40 a?os. La Magistratura de Trabajo estim¨® la demanda, contra la que recurri¨® Iberia y el Tribunal Central de Trabajo revoc¨® la sentencia.Los magistrados de este ¨²ltimo tribunal argumentaron: "Se entiende que la mujer, por sus condiciones f¨ªsicas, aconseja y hasta impone, en el ejercicio de las funciones de auxiliar de vuelo, una presencia atractiva que normalmente demanda el personal receptor de estos servicios y, por lo tanto, unas peculiaridades que no son exigibles al hombre y que, estando en funci¨®n de la edad, aconsejan posibilitar la anticipaci¨®n del cese de la mujer en tal servicio".
Rafael de los Mozos ha confesado su "estupefacci¨®n ante el hecho de que una cosa tan importante como es una sentencia est¨¦ basado en meros criterios machistas". Para este auxiliar de vuelo de 38 a?os, casado y con dos hijos, en el fondo del problema existe "una discriminaci¨®n hacia la mujer, consistente en exigirle un especial atractivo f¨ªsico". Preguntado sobre si durante sus 11 a?os y medio de vuelo hab¨ªa observado que alg¨²n viajero actuara de acuerdo con el criterio expresado por el Tribunal Central de Trabajo, Rafael de los Mozos se?al¨®: "La gente que se sube a un avi¨®n es gente normal con un objetivo muy concreto, trasladarse m¨¢s r¨¢pidamente de un sitio a otro. Nuestro trabajo consiste en lograr que se sienta a gusto y seguro y yo no creo que los pasajeros tengan en cuenta el sexo de quien le presta el servicio".
En el recurso de amparo contra la sentencia del Tribunal Central de Trabajo, admitido a tr¨¢mite por el Tribunal Constitucional, la abogada Cristina Almeida alega la violaci¨®n del art¨ªculo 14 de la Constituci¨®n, que establece la igualdad de los espa?oles ante la ley y prohibe la discriminaci¨®n por raz¨®n de sexo, entre otras. Cristina Almeida hace un relato de la lucha del colectivo de auxiliares de vuelo femeninos "contra concepciones arcaicas y reaccionarias" y califica de "inadmisible" que se les exija "ser j¨®venes y bellas, atractivas, etc¨¦tera, porque el elemento perceptor del servicio se lo exige as¨ª a las mujeres y no a los hombres". La abogada califica como Ia m¨¢s clara ofensa a un colectivo de trabajadores el argumento de la sentencia seg¨²n el cual, al no ser ya tan j¨®venes, se debe imponer el retirarlas del servicio".
J¨®venes y bellas
El recurso muestra la perplejidad e indignaci¨®n ante la sentencia "que incre¨ªblemente reconoce", dice, "que los usuarios del servicio de aviones (no sabemos cu¨¢les, pero debe ser el sector masculino), exigen a los auxiliares de vuelo femeninos que trabajen, que los atiendan, que les den los peri¨®dicos, el caf¨¦, el zumo o las copas que pidan, pero adem¨¢s que sean bellas y atractivas, y adem¨¢s j¨®venes, hasta el punto de que pudieran hasta imponer que cuando son m¨¢s maduritas, que al parecer ya no son tan atractivas, se las jubile anticipadamente". En cambio, de acuerdo con el refr¨¢n seg¨²n el cual "el hombre y el oso cuanto m¨¢s feo m¨¢s hermoso", los hombres, explica la abogada, "pueden ser j¨®venes o viejos, gordos o delgados, calvos o con melenas, solteros o casados, que el personal receptor del servicio se debe aguantar con que sean s¨®lo trabajadores". A?ade que la igualdad entre los trabajadores mujeres y hombres exige acabar con el papel atribuido a las mujeres como "figuritas decorativas, pasivas y sumisas, cuyo trabajo no es fundamental y cuya apariencia f¨ªsica les excusar¨ªa de cualquier otro requisito".
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