La inexactitud de la hora de la muerte no implica un error judicial, seg¨²n el Supremo
La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Zamora que conden¨® a Justo Morales Vicente, de 68 a?os, a 12 a?os de c¨¢rcel como autor de la muerte de Julia Mart¨ªn L¨®pez, de 74 a?os, ocurrida el 30 de enero de 1984. El tribunal ha desestimado el recurso de casaci¨®n interpuesto por el condenado y la alegaci¨®n de su abogada de que existi¨® error de hecho en la valoraci¨®n de la prueba. En respuesta a que la sentencia adelant¨® en dos horas la muerte de la v¨ªctima respecto a la fijada por los forenses, la Sala estima que tal hora s¨®lo es exacta "en la ficci¨®n cinematogr¨¢fica".
Para la Sala Segunda del Tribunal Supremo, la fijaci¨®n de la hora de la muerte no suele ser exacta, dada la gran cantidad de datos de la que depende, y puede desviarse en tres horas o m¨¢s, entre otras causas, por los fen¨®menos de descomposici¨®n cadav¨¦rica "que en ¨¦ste caso pudieron ser motivados por el fr¨ªo reinante aquel d¨ªa 30 del mes de enero en Zamora, que era muy intenso", o por la abundante p¨¦rdida de sangre ( ... ) que tuvo que sufrir el cad¨¢ver por la degollaci¨®n".Respecto a la alegaci¨®n de que el comandante de la Guardia Civil convenci¨® al hijo del acusado para que su padre se declarara culpable, la versi¨®n de los hechos asumida por el alto tribunal es que Justo Morales declar¨® ante el juez que el d¨ªa 30 de enero fue a casa de Julia Mart¨ªn "a fin de pedirle explicaciones, porque hac¨ªa un a?o que la citada Julia ven¨ªa propalando por Fuentesauco que el declarante hab¨ªa intentado beneficiarse (sic) a su nuera". La sentencia de la Sala Segunda recoge que el condenado a?adi¨® que, tras una fuerte discusi¨®n y una pelea, "cogi¨® una macheta que se hallaba colgada en la pared" y golpe¨® a Julia.
La abogada Soledad Garc¨ªa Serrano insiste en que hay una serie de pruebas que no fueron analizadas suficientemente, entre ellas el hecho de haber encontrado en las manos de la v¨ªctima unos cabellos que no eran suyos ni del condenado, y ha anunciado la presentaci¨®n de un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional y la posible interposici¨®n de un recurso de revisi¨®n ante el propio Tribunal Supremo que ha rechazado el recurso de casaci¨®n y ha condenado al recurrente al pago de las costas.
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