El Gobierno regional c¨¢ntabro publica un decreto para controlar e intervenir la Caja Rural de Santander
El Gobierno regional c¨¢ntabro public¨® ayer en el Bolet¨ªn Oficial de Cantabria (BOC) el decreto aprobado en su ¨²ltima reuni¨®n por el que se pretende controlar e intervenir la actividad de la Caja Rural de Santander, as¨ª como la de las cooperativas ganaderas que forman parte de ella. La Direcci¨®n General de Cooperativas ya ha anunciado su intenci¨®n de impugnar la medida al considerar que genera un conflicto de competencias. El acuerdo del Ejecutivo c¨¢ntabro se produce cuando est¨¢ convocada judicialmente para el pr¨®ximo s¨¢bado la asamblea general de la entidad crediticia ganadera, al objeto de renovar su consejo rector, cuya presidencia ocupa actualmente Ciriaco D¨ªaz Porras.
En medios cercanos a la direcci¨®n de la caja rural se estimaba ayer que la actuaci¨®n del Gobierno aut¨®nomo buscar¨ªa favorecer los intereses de antiguos rectores de la entidad. Este es el caso del alcalde de Ramales y miembro del ejecutivo del PDP, Ferm¨ªn G¨®mez Se?a, procesado por apropiaci¨®n indebida y otros delitos. G¨®mez Se?a pertenece al mismo partido que el vicepresidente del Gobierno regional y presidente del PDP, Ambrosio Calzada.
El Gobierno regional c¨¢ntabro fundamenta la regionalizaci¨®n de la Caja Rural de Santander en el art¨ªculo 28.2 del Estatuto de autonom¨ªa en el que se precisa que "de acuerdo con las bases y ordenamiento de la actuaci¨®n econ¨®mica general y la pol¨ªtica monetaria del Estado" la Diputaci¨®n Regional de Cantabria tendr¨¢ competencia sobre "instituciones de cr¨¦dito corporativo, p¨²blico, territorial y cajas de ahorro".
La decisi¨®n del Consejo de Gobierno de Cantabria de regionalizar la caja rural, pocos meses despu¨¦s de que los servicios jur¨ªdicos de la Asamblea c¨¢ntabra informasen negativamente en torno a las posibilidades de control de la entidad por parte de la comisi¨®n parlamentaria, caus¨® sorpresa, y en algunos casos malestar, en medios pol¨ªticos de la regi¨®n. Para el Grupo Socialista se trata de una clara intromisi¨®n en las competencias que corresponde, a los ministerios de Econom¨ªa y de Trabajo, as¨ª como al Banco de Espa?a, de acuerdo con la Constituci¨®n y el Estatuto de autonom¨ªa.
El l¨ªder del Partido Regionalista de Cantabria (PRC), Miguel ?ngel Revilla, diputado en el Parlamento c¨¢ntabro, tras mostrar su sorpresa por el contenido del decreto, se?al¨® que, como regionalista "me parece bien que se ampl¨ªen competencias siempre que se est¨¦ dentro de la legalidad, aunque pienso que si se controla la caja rural no entiendo por qu¨¦ no hacerlo tambi¨¦n con la caja de ahorros". Revilla afirm¨® que su partido se opondr¨ªa firmemente si se confirma que el decreto esconde una maniobra tendente a colocar de nuevo al frente de la entidad a "ciertas personas que hundieron y expoliaron la caja".
Conflicto de competencias
Para la Direcci¨®n General de Cooperativas, a cuyo frente se encuentra Sebasti¨¢n Reyna, el decreto aprobado por el Gobierno aut¨®nomo de Cantabria supone "conflicto de competencias, por invasi¨®n, por lo que resulta impugnable". En todo caso, la impugnaci¨®n debe hacerse a instancias de Consejo de Ministros y, seg¨²n todos los indicios, esta decisi¨®n no ser¨¢ tomada en el que se celebra hoy, primero del segundo Gobierno socialista, informa Pedro Cases.
La invasi¨®n aludida por la Direcci¨®n General de Cooperativas se fundamenta en que en el Estatuto de transferencias a Cantabria no figura la posibilidad de realizar ning¨²n tipo de actuaci¨®n intervencionista en las instituciones de cr¨¦dito cooperativas, como es el caso de la Caja Rural de Santander. Es m¨¢s, seg¨²n dicho Estatuto, el Gobierno aut¨®nomo podr¨ªa hacerse cargo de la entidad financiera despues de transcurridos cinco a?os y previa aprobaci¨®n de una ley org¨¢nica.
Por otra parte, el art¨ªculo del Estatuto en el que se respalda la decisi¨®n de la Consejer¨ªa de Econom¨ªa y Hacienda de Cantabria -concretamente el 28.2- es uno de los que esgrime la Direcci¨®n General de Cooperativas para justificar la posible impugnaci¨®n. Dicho art¨ªculo atribuye determinas competencias al Gobierno aut¨®nomo, dentro de un marco de ordenaci¨®n general, en relaci¨®n a instituciones de cr¨¦dito corporativo, "pero en ning¨²n caso cooperativo", seg¨²n se?alan fuentes de la Direcci¨®n General de Cooperativas.
El mecanismo de posible suspensi¨®n ser¨ªa autom¨¢tico si finalmente el Tribunal Constitucional, que recibir¨ªa el encargo del Consejo de Ministros, fallase en contra del mencionado decreto.
En cualquier caso, la impugnaci¨®n de dicho decreto parece segura, aunque la decisi¨®n final depender¨¢ de las resoluciones a las que lleguen los diversos departamentos ministeriales implicados en el caso y especialmente el Ministerio de Administraci¨®n Territorial. Mientras se alcanza la soluci¨®n final, la Direcci¨®n General de Cooperativas estaba dispuesta a enviar un inspector de trabajo a la Caja Rural de Santander si finalmente el decreto se llevaba adelante.
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