Querella contra el filme 'Je vous salue, Marie' por ultraje a la religi¨®n cat¨®lica
Cinco maestrantes de la Real Maestranza de Caballer¨ªa de Granada presentaron una querella criminal contra los responsables de la exhibici¨®n de la pel¨ªcula Je vous salue, Marie por el supuesto delito de ultraje p¨²blico a la religi¨®n cat¨®lica. El titular del Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 15 de Madrid, Jacobo L¨®pez Barja de Quiroga, admiti¨® a tr¨¢mite la querella y, como primera diligencia, pidi¨® a la direcci¨®n del cine Alpliaville que le facilitara tres entradas para asistir, a las 18.35 de ayer, con el secretario y el fiscal, a la proyecci¨®n del filme.Los querellantes son Jos¨¦ Contreras Gonz¨¢lez Anleo, labrador; Mariano G¨®mez de las Cortinas Andrada-Vanderwilde, labrador; Alfonso Carlos Andrada-Vanderwilde Barrante, ingeniero agr¨®nomo; Luis Fernando D¨¢vila Ponce de Le¨®n Coello de Portugal, abogado, y Fernando Fern¨¢ndez, de Bobadilla Campos, abogado. Todos ellos son maestrantes o dirigentes de la Real Maestranza de Caballer¨ªa de Granada y uno de ellos, Mariano G¨®mez de las Cortinas, es adem¨¢s teniente hermano mayor de la Real Maestranza de Caballer¨ªa de Ronda.
En su condici¨®n de cristianos y miembros de la Iglesia Cat¨®lica Apost¨®lica y Romana, los querellantes, asistidos por el letrado Marcial Fern¨¢ndez Montes, piden la acci¨®n de la justicia porque estiman que la normalidad social de un grupo de personas que profesan su misma religi¨®n cristiana y constituyen una gran mayor¨ªa en la naci¨®n espa?ola, "ha sido gravemente alterada" y reclaman que la situaci¨®n "se repare o restablezca". Los querellantes se acogen al art¨ªculo 281.1 de la ley de Enjuiciamiento Criminal para actuar en condici¨®n de ofendidos, y en su defecto ejercen la acci¨®n popular.
Como primera medida, solicita n del juez el visionado del filme y el secuestro del mismo. Consideran aplicable el art¨ªculo 209 del C¨®digo Penal que dice as¨ª: "El que de palabra o por escrito hiciere escarnio de una confesi¨®n religiosa, o ultraj are p¨²blicamente sus dogmas, ritos o ceremonias, ser¨¢ castigado con la pena de prisi¨®n menor [de seis meses y un d¨ªa a seis a?os] si realizare el hecho en actos de culto, o en lugar destinado.a celebrarlos, y con arresto mayor [de un mes y un d¨ªa a seis meses] en los dem¨¢s casos".
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