Jueces progresistas vascos critican la retirada de la acusaci¨®n fiscal en casos de torturas
La retirada de la acusaci¨®n del ministerio fiscal de Bilbao contra tres inspectores de polic¨ªa acusados de un presunto delito de torturas -que produjo la absoluci¨®n de los mismos, el pasado d¨ªa 13, ante la inexistencia de acusaci¨®n particular- ha sido criticada por la asociaci¨®n progresista Jueces para la Democracia, cuya secci¨®n del Pa¨ªs Vasco anunci¨® ayer a este peri¨®dico su intenci¨®n de mantenerse alerta frente a la posibilidad de que ocurran, en el futuro, hechos similares. Seg¨²n esta asociaci¨®n, tal medida sustituye en la pr¨¢ctica el criterio de los jueces por el del fiscal.
El fiscal jefe de Bilbao, Ferm¨ªn Hern¨¢ndez Villarroya, retir¨® la acusaci¨®n que pesaba sobre tres inspectores de polic¨ªa por presuntos delitos de tortura, en el curso del juicio celebrado el pasado d¨ªa 10 de julio. Durante la sesi¨®n oral, la denunciante Carmen Lopateri confirm¨® ¨ªntegramente sus anteriores declaraciones, corroboradas por el informe de un m¨¦dico forense que citaba una lesi¨®n en el muslo izquierdo de la mencionada se?ora, producida, al parecer, durante su estancia en la comisar¨ªa en la madrugada del d¨ªa 6 al 7 de octubre de 1980.Sin embargo, ante la presentaci¨®n de un nuevo informe m¨¦dico, propuesto por la defensa de los procesados, conforme al cual las lesiones "pod¨ªa hab¨¦rselas producido antes de su estancia en la comisar¨ªa", y ante las supuestas contradicciones en que incurri¨® la denunciante, el fiscal jefe retir¨® la acusaci¨®n.
As¨ª las cosas, Jueces para la Democracia denunci¨® ayer que, como consecuencia de la existencia del llamado principio acusatorio, "la retirada de la acusaci¨®n por el ministerio fiscal ha supuesto, en el concreto caso enjuiciado, sustraer al tribunal juzgador la posibilidad de entrar a conocer a fondo el referido asunto, estando obligado el tribunal a dictar sentencia absolutoria al margen de su propio criterio sobre los hechos".
Ante las consecuencias que puedan derivarse de la retirada de la acusaci¨®n, Jueces para la Democracia recuerda que el propio fiscal general del Estado ha puesto especial hincapi¨¦, a trav¨¦s de m¨²ltiples circulares, en el car¨¢cter excepcional que debe tener tal medida, ante el riesgo que supone un uso injustificado de la misma, que implicar¨ªa, ni m¨¢s ni menos, "la sustituci¨®n del criterio de los jueces por el criterio del ministerio fiscal". La retirada de la acusaci¨®n, en opini¨®n de Jueces para la Democracia, tienen un car¨¢cter verdaderamente excepcional, limitadas a los supuestos de inexistencia de prueba procesal o de radical invalidaci¨®n de la existente en el sumario en virtud de la nueva prueba practicada en el juicio oral.
Los jueces sugieren soluciones
En la sesi¨®n oral, que se celebr¨® el pasado d¨ªa 10 de julio, en opini¨®n de Jueces para la Democracia, ¨²nicamente se trataba de un supuesto en el que, a trav¨¦s del juicio oral, se incorporan nuevos elementos que deb¨ªan valorarse, pero que no invalidaban por s¨ª mismos la anterior prueba. "Al tratarse de simples elementos valorativos, la precisa y concreta determinaci¨®n de su alcance era, en nuestra opini¨®n, de la exclusiva competencia del tribunal juzgador y no del ministerio fiscal".Jueces para la Democracia recuerda, en todo caso, a los particulares que existen soluciones para contrarrestar esta actitud de la fiscal¨ªa. En concreto, se?ala que nuestras leyes procesales contemplan la posibilidad de intervenir en un proceso como acusaci¨®n particular -en el caso de los propios ofendidos o perjudicados por el delito- o, trat¨¢ndose de cualquier otro ciudadano, a trav¨¦s del ejercicio de la acci¨®n popular, tambi¨¦n en calidad de parte acusadora. Jueces para la Democracia a?ade: "La utilizaci¨®n de una u otra v¨ªa pudiera haber impedido que un hecho como la retirada de la acusaci¨®n por el ministerio fiscal produjera las graves consecuencias que se?alamos, esto es, la imposibilidad de que el tribunal entrara a conocer y juzgar el delito denunciado".
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