La Inspecci¨®n Tributaria ha remitido para su env¨ªo a los tribunales 296 expedientes por presunto delito fiscal
El ministerio fiscal ha recibido de Hacienda 296 expedientes levantados por presunto delito fiscal para ser presentados a los tribunales. El secretario general de Hacienda, Juan Francisco Mart¨ªn Seco, calific¨® ayer de "francamente progresista" la reciente sentencia del Tribunal Supremo, que supone la primera condena firme por delito fiscal que se ha producido en Espa?a durante el presente siglo. Los criterios recogidos en la sentencia y la mayor funcionalidad que permite la ley org¨¢nica de Reforma del C¨®digo Penal en materia de delitos contra la Hacienda p¨²blica, del pasado 29 de abril, dotar¨¢n a la Inspecci¨®n de mayores mecanismos de actuaci¨®n en esta materia. Actualmente, ya est¨¢ en funcionamiento una unidad especial de delito fiscal.
La Inspecci¨®n Tributaria ha elaborado desde la ley de Reforma Tributaria, de noviembre de 1977, 1.519 expedientes en los que se establecen indicios de delito fiscal, de variada cuant¨ªa. De este total, 512 han sido ya enviados al fiscal, para su posterior tramitaci¨®n ante los tribunales. Sin embargo, los servicios jur¨ªdicos han devuelto, por no suficientemente fundamentados, 216 expedientes, con lo cual son 296 los casos pendientes de ser enviados a los tribunales. Otros 605 expedientes en los que se ha detectado la posibilidad de delito fiscal est¨¢n a¨²n en tramitaci¨®n. Por provincias, Madrid figura en primer lugar con 101 de los 512 expedientes terminados.En los ¨²ltimos ocho a?os las audiencias territoriales ¨²nicamente han dictado 13 sentencias relativas a delitos fiscales. De ellas, 10 han sido absolutorias y tres condenatorias. De ¨¦stas, dos est¨¢n recurridas al Supremo y una, conocida el pasado mi¨¦rcoles, ya es firme.
La Sala Segunda del Tribunal Supremo conden¨® al industrial ferrolano Enrique Garc¨ªa Bermejo a un a?o de prisi¨®n menor y a una multa de 16 millones de pesetas por no haber ingresado en el Tesoro las retenciones por rendimientos del trabajo personal correspondientes al ejercicio 1978. Asimismo, le impuso el pago de una indemnizaci¨®n al Estado por valor de 15,6 millones de pesetas. Esta misma persona tiene recurrida otra sentencia condenatoria de la Audiencia Provincial de La Coru?a por no haber efectuado declaraci¨®n y liquidaci¨®n del impuesto sobre tr¨¢fico de empresas. La otra sentencia recurrida al Supremo se refiere a un impago de impuestos especiales, considerado delictivo por la Audiencia de Murcia.
La novedad de la sentencia, seg¨²n Mart¨ªn Seco, estriba en que, a pesar de los criterios restrictivos fijados anteriormente en el art¨ªculo 319 del C¨®digo Penal para la existencia de delito fiscal (el ¨¢nimo de defraudar ha de quedar probado por falsedades o anomal¨ªas sustanciales en la contabilidad y por la negativa u obstrucci¨®n a la labor inspectora), el "Supremo considera que no son supuestos exclusivos, porque el dolo espec¨ªfico puede acreditarse por medios directos".
Unidad especial
La reforma del C¨®digo Penal en materia fiscal del pasado mes de abril eleva la cuant¨ªa m¨ªnima para que exista delito fiscal de dos a cinco millones de pesetas, imputables a un solo impuesto y en un ¨²nico ejercicio. Sin embago, permite una mayor rapidez y fluidez en las actuaciones, porque no obliga a agotar la v¨ªa administrativa para acudir a la jurisdicci¨®n penal. Adem¨¢s, seg¨²n Hacienda, en el caso de las personas jur¨ªdicas queda recogida la responsabilidad penal de quien ostenta plenos poderes y ostenta la direcci¨®n de la sociedad.Los portavoces de Hacienda insistieron ayer en que se va a practicar un seguimiento de las sentencias y un contacto m¨¢s eficaz con el ministerio fiscal. "Se trata en todo caso", declar¨® Mart¨ªn Seco, "de un elemento excepcional y disuasorio. La Inspecci¨®n har¨¢ un trabajo m¨¢s fundamentado y riguroso, pero ello no quiere decir que se eleve el n¨²mero de querellas por delito fiscal. Lo importante es que el delito fiscal ya ha comenzado a ser una realidad en nuestro pa¨ªs".
Hasta ahora, seg¨²n Miguel Cruz, "la Administraci¨®n ha actuado acobardada por la falta de precedentes legales". Gracias a los criterios del Supremo, y en el futuro con los mecanismos m¨¢s operativos que confiere la reforma legal, "se pueden potenciar los supuestos de delito fiscal". Seg¨²n la nueva legislaci¨®n, la defraudaci¨®n adquiere car¨¢cter de delito p¨²blico y puede ser denunciado por un particular o ser perseguido de oficio por un tribunal.
Asimismo, est¨¢ ya en marcha una unidad especial de delito fiscal, integrada por cuatro inspectores y otros tantos subinspectoras, que coordinar¨¢ la actuaci¨®n a nivel regional y homogeneizar¨¢ criterios para la incoaci¨®n de expedientes. Est¨¢ tambi¨¦n prevista la elaboraci¨®n de un decreto para normalizar el procedimiento de actuaci¨®n y la creaci¨®n de unidades de delito fiscal a nivel regional. En las comunidades aut¨®nomas ser¨¢n los delegados especiales de Hacienda quienes ultimen los expedientes y los env¨ªen a los fiscales. Para la unidad central quedan los casos donde la Administraci¨®n central sea competente, los supuestos de delito fiscal en el que se vean implicadas grandes empresas con actividad en varias comunidades aut¨®nomas (unas 300) y los temas de tr¨¢fico de divisas.
Por otra parte, la Inspecci¨®n Tributaria ha levantado en los primeros seis meses del a?o 11.473 actas que suman una deuda tributaria de 101.176 millones de pesetas, lo que representa un incremento del 24% con respecto al mismo per¨ªodo de 1984.
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