La acusaci¨®n particular pide al Supremo que agrave las penas a los 'ultras' del 'caso San Bao'
La Sala Segunda del Tribunal Supremo celebr¨® ayer la vista de los recursos de casaci¨®n contra la sentencia de la Audiencia Nacional sobre el asalto realizado el 6 de mayo de 1980 al bar San Bao, de Madrid, por un grupo ultraderechista que mat¨® a un joven e hiri¨® a otros tres. La acusaci¨®n particular pide al Supremo que agrave las penas a los ultras.La acusaci¨®n particular solicit¨® que se modifique la calificaci¨®n de los hechos de homicidio a asesinato, de lesiones a asesinato frustrado y de des¨®rdenes p¨²blicos a complicidad. Asimismo, pidi¨® que los condenados como c¨®mplices lo sean como autores, mientras que los abogados defensores solicitaron que se rebajen las condenas. El fiscal pidi¨® la confirmaci¨®n de la sentencia. Del total de seis condenados en julio de 1983 a penas de entre 10 a?os y seis meses de c¨¢rcel, s¨®lo uno de ellos, Juan Domingo Mart¨ªnez Lorenzo, permanece actualmente en prision.
La acusadora particular, Cristina Almeida, fundament¨® gran parte de su recurso en el propio relato de los hechos realizado por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que no se correspond¨ªa con la calificaci¨®n jur¨ªdica dada a los hechos narrados. La sentencia recoge que un grupo de falangistas -armado con escopetas de ca?ones recortados, pistolas, rev¨®lveres, una cadena, una navaja, un machete y otros instrumentos con tundentes-, al grito de "ah¨ª est¨¢n los rojos" asalt¨® el bar San Bao y atacaron a sus ocupantes.
El relato judicial agrega que Juan Domingo Mart¨ªnez Lorenzo, con antecedentes penales por lesiones en 1978, esgrimi¨® una navaja abierta y grit¨®: "Salid a la calle si ten¨¦is cojones", y que Jes¨²s Alfredo Fern¨¢ndez de Landa Roca, "de dudosa conducta", segu¨ªa al anterior y golpeaba en la cabeza con una cadena a Arturo Tim¨®n Limoner.
Otros asaltantes, dos de ellos declarados rebeldes, "disparaban sus armas de fuego contra los aterrorizados ocupantes del bar San Bao, quienes al percatarse del inopinado ataque de que eran objeto, trataban de defender sus vidas, bien encerr¨¢ndose en una habitaci¨®n interior o bien saltando la valla que separa la terraza del establecimiento de un local contiguo".
Cristina Almeida puso de manifiesto el contraste entre la actitud de los atacantes y la de los atacados, que se encontraban pac¨ªficamente de tertulia en un bar en el que sol¨ªan reunirse para hablar de sus aficiones art¨ªsticas. La abogada dijo que era evidente el ¨¢nimo de matar, con independencia de que s¨®lo en un caso lo lograran, y la alevos¨ªa, as¨ª como la autor¨ªa de los condenados como c¨®mplices.
En igual l¨ªnea, el tambi¨¦n acusador particular Juan Francisco Mart¨ªn de Aguilera defendi¨® que la calificaci¨®n correcta de las conductas juzgadas es la de asesinatos frustrados, a pesar de que inicialmente, record¨®, "el fiscal s¨®lo acusaba de des¨®rdenes p¨²blicos". Insisti¨® en que todos todos los condenados fueron autores de una acci¨®n casi militarmente preparada y concluida a la voz de "retirada". Explic¨® que, adem¨¢s, aquellos hechos perturbaron la paz p¨²blica y constituyeron una escalada de "la ola de violencia fascista que pretend¨ªa poner en cuesti¨®n en la reci¨¦n instaurada democracia".
Arturo Castillo, Juan Carlos Moraga y Manuel Tuero, abogados defensores, defendieron tambi¨¦n sus recursos, en unas intervenciones m¨¢s breves. Alegaron que Mart¨ªnez Lorenzo siempre hab¨ªa negado su participaci¨®n en los hechos, por lo que deb¨ªa tenerse en cuenta el principio de la presunci¨®n de inocencia; negaron que el asalto pudiera encuadrarse en una conspiraci¨®n para subvertir el orden constitucional, y solicitaron la rebaja de las penas.
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