El Grupo Popular lleva al Tribunal Constitucional la ley org¨¢nica del Poder Judicial
El Tribunal Constitucional resolver¨¢ probablemente antes del pr¨®ximo 23 de octubre -fecha en que expira el mandato del actual Consejo General del Poder Judicial (CGPJ)- el primero de los tres conflictos de competencias planteados por este consejo contra la elecci¨®n por las Cortes de los 12 vocales judiciales de dicho ¨®rgano. La resoluci¨®n de ese primer conflicto marcar¨¢ el criterio del alto tribunal sobre la materia. Fuentes jur¨ªdicas estiman improbable que el Tribunal Constitucional se pronuncie sobre el fondo del asunto hasta que resuelva el recurso de inconstitucionalidad presentado ayer contra la ley org¨¢nica del Poder Judicial (LOPJ) por el Grupo Parlamentario Popular.
En cualquier caso, en fuentes oficiosas del alto tribunal se espera que la decisi¨®n del Tribunal Constitucional que resuelva el conflicto planteado por el CGPJ no declarar¨¢ la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la nueva forma de elecci¨®n de los 12 consejeros del poder judicial decidida por el Parlamento. Por el contrario, se estima muy veros¨ªmil que el alto tribunal se limite a declarar que la v¨ªa del conflicto constitucional no es la adecuada para recurrir leyes, ya que para este fin existe el recurso de inconstitucionalidad.A partir de la presentaci¨®n, ayer, de esta modalidad de recurso oor Jos¨¦ Mar¨ªa Ruiz Gallard¨®n, en nombre de m¨¢s de 50 diputados del Grupo Parlamentario Popular, el alto tribunal cuenta ya con una impugnaci¨®n no discutible de la LOPJ, y concretamente de la elecci¨®n parlamentaria del CGPJ establecida en dicha ley. En la resoluci¨®n de este recurso, el Tribunal Constitucional no podr¨¢ evitar pronunciarse sobre el espinoso tema de la elecci¨®n parlamentaria, pero mientras tanto no anticipar¨¢ un criterio de constitucionalidad sobre la materia.
El CGPJ plante¨® tres conflictos de competencias con relaci¨®n a la elecci¨®n parlamentaria del CGPJ introducida por la mayor¨ªa socialista en la LOPJ .El primero, contra el acuerdo del Congreso de los Diputados por el que aprob¨® dicha f¨®rmula; el segundo, contra id¨¦ntica decisi¨®n del Senado, con motivo del paso de la LOPJ por la C¨¢mara Alta, y el tercero, de nuevo contra el Congreso con ocasi¨®n de la aprobaci¨®n definitiva del proyecto de LOPJ, que finalmente se convirti¨® en ley el 1 de julio de este a?o. Los magistrados ponentes de cada uno de estos conflictos son los siguientes: del primero, el vicepresidente del Tribunal Constitucional, Jer¨®nimo Arozamena; del segundo, Gloria Begu¨¦, y del tercero, Antonio Truyol.
Por el momento, en el alto tribunal existe una mayor¨ªa suficiente contraria a los conflictos planteados por el CGPJ contra las Cortes Generales y, en general, un criterio favorable a la prevalencia de las decisiones adoptadas por el Parlamento, encarnaci¨®n de la soberan¨ªa popular. As¨ª lo puso ya de manifiesto al resolver en contra de la existencia de un recurso previo de inconstitucionalidad.
Coincidencia
En esta ocasi¨®n, la coincidencia en la persona de Arozamena de la condici¨®n de probable futuro presidente del CGPJ, contribuir¨¢ l¨®gicamente a un deseo por su parte de resolver r¨¢pidamente el conflicto del que es ponente, para evitar el problema que plantear¨ªa al CGPJ elegido por el Parlamento, la herencia de un conflicto subsistente precisamente contra este sistema de elecci¨®n. El propio presidente del CGPJ, Federico Carlos Sainz de Robles, en el recurso de s¨²plica dirigido al alto tribunal el pasado 12 de julio en relaci¨®n con el conflicto planteado, manifest¨® que el Consejo, en el fondo, lo que pretend¨ªa era "la m¨¢s r¨¢pida resoluci¨®n del conflicto de atribuciones, para despejar definitivamente una grav¨ªsima cuesti¨®n controvertida entre poderes del Estado".El principal obst¨¢culo para que se produzca esta r¨¢pida decisi¨®n ser¨ªa la acumulaci¨®n de los tres conflictos, facultad potestativa del tribunal, de oficio o a instancia de parte, seg¨²n establece el art¨ªculo 83 de la ley org¨¢nica del Tribunal Constitucional. De producirse tal acumulaci¨®n, ninguno de los conflictos podr¨ªa resolverse antes del 23 de octubre pr¨®ximo, con lo que la patata caliente pasar¨ªa al nuevo CGPL
Jos¨¦ Gabald¨®n, presidente de la Asociaci¨®n Profesional de la Magistratura, conservadora y mayoritaria en la carrera judicial, manifest¨® a este peri¨®dico que, dado el alcance de inter¨¦s p¨²blico del conflicto planteado por el anterior Consejo, "no es desistible" por el nuevo. Otras fuentes judiciales estiman conveniente, en cambio, una resoluci¨®n r¨¢pida del conflicto que evite al nuevo Consejo decidir sobre una cuesti¨®n tan enojosa.
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