Confirmados los procesamientos del 'caso Palaz¨®n'
La Audiencia Nacional confirm¨® ayer los procesamientos por presuntos delitos monetarios contra cinco de los implicados en el esc¨¢ndalo de la evasi¨®n de capitales que fue descubierto a principios de este a?o y salpic¨® a varios miembros de la aristocracia y la carrera diplom¨¢tica. La Audiencia desestim¨® totalmente los recursos que hab¨ªan sido presentados por el catedr¨¢tico Eduardo Garc¨ªa de Enterr¨ªa; su esposa, Amparo Lorenzo-Vel¨¢zquez; Juan Antonio Gamazo, conde de Gamazo; Mar¨ªa Soledad Figueroa, y Carlos Varela, empleado de Palaz¨®n.
La Audiencia explica que acepta en lo sustancial las resoluciones del juez Luis Lerga que decret¨® los procesamientos y llega a la conclusi¨®n de que "existen indicios racionales de criminalidad muy fundados para acordar los procesamientos".Estos indicios, "con base m¨¢s que suficiente", seg¨²n el auto, est¨¢n recogidos en el testimonio de particulares (resumen de las pruebas y declaraciones existentes en el sumarlo) de gran extensi¨®n que el juez Lerga ha hecho llegar al tribunal. En el testimonio citado est¨¢n recogidas las declaraciones de los procesados en relaci¨®n con los documentos intervenidos, los informes de los peritos y sus coincidencias con otros datos de la investigaci¨®n, como las escuchas telef¨®nicas autorizadas por el juez que se llevaron a cabo. "La impresi¨®n de conjunto que todo ese material produce", dice la resoluci¨®n, "es la de haberse realizado, en cada caso, una salida clandestina de grandes sumas de dinero al margen de toda intervenci¨®n administrativa y por los conductos m¨¢s diversos".
Las impugnaciones basadas en diferentes valoraciones de datos contables y declaraciones no pueden prosperar, seg¨²n el tribunal, por ofrecer una visi¨®n individualizada de unos datos, prescindiendo del conjunto de los restantes.
El tribunal se?ala que los indicios existentes contra el conde de Gamazo y Miriam Figueroa no han sido desvirtuados y que las razones del juez para procesarles subsisten. Respecto Carlos Varela, empleado de Palaz¨®n, el tribunal precisa que la eximente de actuar por obediencia debida no puede ser estimada en el recurso de apelaci¨®n, ni tiene una "base suficientemente s¨®lida" para hacerla valer con la finalidad que se pretende.
La Audiencia Nacional afirma en su resoluci¨®n que los defensores del matrimonio Garc¨ªa de Enterr¨ªa realizaron alegaciones novedosas por la v¨ªa "no muy id¨®nea de presentar como documentos lo que no son m¨¢s que escritos de alegaciones". Sobre estas argumentaciones no pudo pronunciarse el juez instructor por tratarse de cuestiones nuevas, por lo que "el recurso de apelaci¨®n no puede brindar distintas v¨ªas de decisi¨®n que las establecidas en la ley".
Intrascendente la residencia
El tribunal se?ala que estos planteamientos realizados por la defensa del matrimonio son m¨¢s propios del juicio que del recurso y no se pronuncia de forma definitiva sobre ellos. Precisa que respecto a la condici¨®n de no residente del matrimonio, por ser Garc¨ªa de Enterr¨ªa juez del Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo, "ello es intrascendente en la valoraci¨®n de las conductas que provisionalmente se atribuyen a dichos procesados en el auto de procesamiento (delito monetario)".Las reducidas cifras de movimiento de capitales que pretenden Enterr¨ªa y su esposa (alrededor de siete millones, en lugar de los 342 relacionados por el juez) "no son muy acordes con los datos que hasta ahora arroja la investigaci¨®n sumarial", pero ¨¦sta debe perfeccionarse.
La pretensi¨®n de alegar incons titucionalidad de la ley de Delitos Monetarios es "extempor¨¢nea", seg¨²n la Audiencia Nacional, que a?ade que "no cabe olvidar que el Tribunal Constitucional, en sentencias de 23 de febrero y 8 de marzo de 1984, ya se manifest¨® sobre dicha cuesti¨®n, en sentido distinto al que pretenden las partes recurrentes.
Las impugnaciones de documentos del sumario por parte de la defensa del matrimonio no han sido corroboradas con intervenci¨®n judicial y no pueden merecer un pronunciamiento sin la oportuna investigaci¨®n.
Por ¨²ltimo, respecto a la credibilidad de Palaz¨®n, el tribunal se?ala que las acusaciones que el principal encausado formula sobre Garc¨ªa de Enterr¨ªa s¨®lo tienen valor de indicios, no de pruebas, y su valoraci¨®n final es "m¨¢s propia del acto del juicio".
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