Cuando los Gobiernos matan
EL INFORME de Amnist¨ªa Internacional de 1984 renueva los sentimientos de horror y de verg¨¹enza que suscitan, a?o tras a?o, las denuncias de esa organizaci¨®n contra las violaciones de los derechos humanos en. todo el planeta. Durante 1984 los poderes estatales acabaron de manera deliberada con la vida de millares de seres humanos. La pena capital existe en m¨¢s de 100 pa¨ªses, los tribunales de 55 naciones condenaron a muerte a m¨¢s de 2.000 personas. Sin embargo, resultar¨ªa imposible reconstruir la cifra exacta de las v¨ªctimas de los Estados porque muchas de las muertes quedaron envueltas en el secreto y los Gobiernos negaron su responsabilidad en los homicidios perpetrados en el cumplimiento de las ¨®rdenes dictadas por ellos mismos o con su complic¨ªdad". Aunque se han registrado al menos 1.500 casos de ejecuciones oficiales, los asesinatos de civiles indefensos "a manos de? ej¨¦rcito, la polic¨ªa, otras fuerzas. de segur?dad o escuadrones de la muerte con el visto bueno de las autoridades" frustrar¨ªan cualquier intento de que esa siniestra contabilidad de los cr¨ªmenes de Estado arrojase resultados fiables.No cabe endosar las responsabilidades de tales cr¨ªmenes a la raz¨®n de Estado o a cualquier otra que pretenda ocultar las culpas individuales -alguien ordena matar, alguien ejecuta las ¨®rdenes, alguien encubre a los asesinos- bajo la majestad ret¨®rica de las instituciones.
En ¨²ltima instancia, "la responsabilidad de la muerte recae en quienes, como autoridades del Estado, tienen encomendada la tarea de defender la vida, la libertad y la seguridad de sus conciudadanos". Tampoco es admisible que el fatalismo moral, la cobard¨ªa c¨ªvica, los sentim¨ªentos de impotencia y la teorizaci¨®n c¨ªnica de lo irremediable dejen el campo libre a los verdugos.
Ninguna circunstancia, ninguna necesidad, ning¨²n credo,. ning¨²n valor, ning¨²n enem¨ªgo pueden servir de coartada o de pretexto para que el Estado mate o torture. Amnist¨ªa Internacional reconoce que los Gobiernos "tienen el deber" de hacer frente a los asesinatos de los grupos armados, "pero para ello tienen que actuar de conformidad con las normas internacionales relativas a la protecci¨®n de los derechos humanos".
En abril de 1984 Amnist¨ªa, Internacional lanz¨® una campa?a a escala mundial para impedir la utilizaci¨®n de la tortura como instrumento de acci¨®n pol¨ªtica de los Estados. El informe esbozaba un programa de medidas pr¨¢cticas y legales que los Gobiernos deber¨ªan adoptar para prevenirla. Las torturas -recuerda el documento de Amnist¨ªa Internacional- suelen producirse en el transcurso de los primeros d¨ªas de privaci¨®n de libertad, a menudo al amparo de leyes de excepci¨®n que otorgan ampl¨ªsimos e incontrolados poderes a las autoridades. S¨®lo la inmediata puesta a disposici¨®n judicial de los detenidos y la autorizaci¨®n para que sus familiares, abogados y m¨¦dicos puedan entrevistarse con ellos peri¨®dicamente y sin demora constituyen garant¨ªas seguras contra la pr¨¢ctica de la tortura. Las declaraciones arrancadas mediante torturas no deben ser admitidas nunca a tr¨¢mite en las diligencias policiales. Los Gobiernos han de arbitrar los medios para que todas lasdenuncias e informaciones relativas a los malos tratos y a las torturas sean investigadas- con imparcialidad y de manera efectiva.
El informe de Amnist¨ªa Internacional sobre la situaci¨®n de los derechos. humanos en Espa?a durante 1984 destaca que la ley de h¨¢beas corpus y la ley de Asistencia Letrada al Detenido han significado una mejora para los delincuentes comunes, "pero, en gran medida, no han servido para proteger los derechos de las personas detenidas en r¨¦gimen de incomunicaci¨®n con arreglo a la ley antiterrorista". Amnist¨ªa Internacional llega a la conclusi¨®n de que la incomunicaci¨®n ha seguido aplic¨¢ndose de manera generalizada y ha facilitado la tortura y los malos tratos. La atribuci¨®n a los juzgados de la Audiencia Nacional -situados en Madrid- de los delitos terroristas timita tambi¨¦n sensiblemente las posibilidades de aplicaci¨®n eficaz del h¨¢beas corpus. El informe describe con cierto pormenor los documentos cruzados entre la secretar¨ªa general de la organizaci¨®n y el Gobierno Gonz¨¢lez en tomo a determinadas denuncias por torturas en Barcelona, Madrid y el Pa¨ªs Vasco, as¨ª como las charlas mantenidas en Madrid en octubre de 1984 por una delegaci¨®n de Amnist¨ªa Internacional -invitada especialmente por el Gobierno espa?ol- con el presidente Gonz¨¢lez y los ministros Barrionuevo y Ledesma. El informe se?ala que "el Gobierno rechazaba latonclusi¨®n de Amnist¨ªa Internacional de que la detenci¨®n bajo incomunicaci¨®n, incluso con garant¨ªas, propicia la tortura y los malos tratos; no neg¨® que se produjesen ocasionales infracciones de las normas, pero afirm¨® que los cambios legislativos que se efectuaron en los dos a?os anteriores servir¨ªan para garantizar los derechos de los detenidos". Es de elogiar la disposici¨®nal di¨¢logo del Gobierno, aunque es de lamentar quede este di¨¢logo no se haya derivado ninguna conclusi¨®n positiva.
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