El Gobierno se reservar¨¢ la facultad de planificaci¨®n en la futura ley del transporte
El Ministerio de Transportes tiene pr¨¢cticamente ultimado el anteproyecto de ley de Ordenaci¨®n de los Transportes Terrestres, que podr¨ªa remitir para su aprobaci¨®n por el Gobierno este mismo mes. La ley, que, seg¨²n asegura el Ministerio de Transportes, cuenta con el apoyo de todo el sector, podr¨ªa quedar aprobada por el Parlamento en los meses de marzo o abril de 1986, lo que coincidir¨¢ probablemente con el inicio de la campa?a electoral. Una de las consecuencias inmediatas de la aplicaci¨®n de esta ley ser¨¢ la de regular y evitar el exceso de oferta, cifrado actualmente en torno al 20%, que se identifica claramente con lo que se conoce como transporte pirata.
Este proyecto de ley elaborado por el Ministerio de Transportes, que incluye en su ¨¢mbito de aplicaci¨®n el transporte urbano, deja reservada a la Administraci¨®n la facultad de programar o planificar el sector. Se trata, seg¨²n fuentes oficiales del ministerio, de fijar un marco de actuaci¨®n para el futuro, aunque la nueva regulaci¨®n no entre en la definici¨®n de la pol¨ªtica a llevar a cabo.Los objetivos del Ministerio de Transportes son dotar al sector de una ley moderna, que tenga en cuenta los efectos de la entrada en la CEE y que act¨²e beneficiosamente sobre el sector. Consecuencia del ingreso en el Mercado Com¨²n y la aplicaci¨®n de la normativa comunitaria ser¨¢ la desaparici¨®n del canon de coincidencia. Adem¨¢s, la pol¨ªtica de vigilancia y control, mediante la tarjeta de transporte y las hojas de ruta, persigue terminar con las actividades piratas, consecuencia de un exceso de capacidad del 20%, lo que tira de las tarifas hacia abajo y convierte en poco competitiva la actividad legal y organizada.
El nuevo proyecto de transportes, que sustituir¨¢ a la ley actualmente vigente -que data de 1947-, defiende el mantenimiento de un sistema com¨²n de transportes que es compatible con el desarrollo de las competencias transferidas a las comunidades aut¨®nomas. Asimismo, el desarrollo futuro de esta normativa base tendr¨¢ en cuenta el dise?o de una pol¨ªtica global del transporte (incluido el mar¨ªtimo y el a¨¦reo), para lo cual se est¨¢ realizando un estudio que permita establecer una estrategia de actuaci¨®n a medio y largo plazo. El transporte espa?ol factura al a?o pr¨¢cticamente un bill¨®n de pesetas, de los que m¨¢s de un 60% corresponde a los transportes por carretera (558.251 millones en 1983) y ferrocarril.
Dentro de la normativa general, el nuevo proyecto establece una serie de novedades significativas respecto a la legalidad actual. En el r¨¦gimen econ¨®mico-financiero se establecer¨¢n normas generales sobre r¨¦gimen tarifario concordes con las normas de control de precios. Asimismo, est¨¢ previsto regular la compensaci¨®n a las empresas de las obligaciones de servicio p¨²blico que se vean forzadas a asumir, conforme al derecho derivado de la CEE sobre la obligatoriedad de cobertura de los riesgos mediante la suscripci¨®n de los correspondientes seguros.
Controlar el sector
El proyecto de la nueva ley recoge una regulaci¨®n completa de todo lo que supone inspecci¨®n en el transporte terrestre. Para ello, establecer¨¢ una estrecha relaci¨®n entre la Inspecci¨®n de Transporte y las fuerzas de vigilancia, con la creaci¨®n de un cuerpo de vigilancia especializado para esta tarea. La obligatoriedad de la utilizaci¨®n de las hojas de ruta -elemento b¨¢sico, seg¨²n el Ministerio de Transportes, para la lucha contra la pirater¨ªa en el sector- m¨¢s la generalizaci¨®n de otros sistemas t¨¦cnicos ya vigentes, como el tac¨®grafo, redondear¨¢n las funciones de inspecci¨®n en el sector.La nueva ley contempla la creaci¨®n del consejo nacional de transporte terrestre como ¨®rgano de encuentro de la Administraci¨®n, empresarios, trabajadores y usuarios, y las juntas arbitrales del transporte. Estas juntas actuar¨¢n como ¨®rganos de arbitraje en los conflictos de peque?a cuant¨ªa -controversias de hasta 500.000 pesetas- que surjan entre los transportistas y los cargadores y usuarios; esta actividad permitir¨¢ eludir la actuaci¨®n de los tribunales ordinarios.
En el momento en que la nueva ley entre en vigor, el acceso a la profesi¨®n se regular¨¢ en base a unos requisitos -hasta ahora s¨®lo era necesario ser ciudadano espa?ol- de honorabilidad, capacitaci¨®n profesional y capacidad econ¨®mica en l¨ªnea con la normativa vigente en la Comunidad Econ¨®mica Europea. Este alineamiento con las normas comunitarias evitar¨¢, adem¨¢s, la posible arbitrariedad de la Administraci¨®n en este tema. Tambi¨¦n se exigir¨¢ para hacer transporte p¨²blico una autorizaci¨®n previa com¨²n, que actuar¨¢ como elemento de racionalizaci¨®n dentro del sector al permitir a las empresas que lleven a cabo servicios regulares realizar otros de car¨¢cter discrecional.
Dicha autorizaci¨®n posibilitar¨¢ que las empresas puedan dimensionar su parque de veh¨ªculos. Por otra parte, Transportes espera que, con la nueva orientaci¨®n dada a los cr¨¦ditos del Banco de Cr¨¦dito Industrial para el sector -cr¨¦ditos al vendedor y supresi¨®n de avales- los empresarios puedan rejuvenecer el parque de camiones sin que sufra incremento alguno. No se podr¨¢ acceder a ning¨²n cr¨¦dito para comprar un veh¨ªculo nuevo si no se retira el veh¨ªculo viejo.
El transporte regular de viajeros quedar¨¢ sujeto a concesi¨®n, aunque se podr¨¢n aplicar otros sistemas, como el concierto o la gesti¨®n interesada, con un plazo de duraci¨®n que oscilar¨¢ entre los 10 y 30 a?os, permiti¨¦ndose la colaboraci¨®n de otros transportistas en caso de exceso de demanda. Se admitir¨¢ la gesti¨®n p¨²blica directa por razones de inter¨¦s p¨²blico y se prohibir¨¢ la coincidencia, aunque se contempla la posibilidad de admitir concesiones zonales. Las l¨ªneas rurales o de d¨¦bil tr¨¢fico tendr¨¢n un r¨¦gimen especial.
Los transportes discrecionales, que seguir¨¢n sometidos a autorizaci¨®n administrativa, experimentar¨¢n igualmente una flexibilizaci¨®n, mientras que se liberaliza totalmente el transporte p¨²blico de mercanc¨ªas.
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