Nota oficial de prensa
UNA NOTA oficial del Departamento de Defensa -procedimiento que recuerda viejos tiempos y otros reg¨ªmenes- inform¨® a la opini¨®n p¨²blica de que el ministro Serra ha hecho efectiva la separaci¨®n del servicio de Carlos Castillo Quero y de Manuel G¨®mez Torres, teniente coronel y teniente, respectivamente, de la Guardia Civil-, que dieron muerte en mayo de 1981 a tres j¨®venes e inocentes ciudadanos en circunstancias dram¨¢ticas lindantes con el sadismo. La nota -que en su asepsia oculta la incapacidad de dar la cara ante el Parlamento y la Prensa, como es obligaci¨®n del Gobierno en este caso- tambi¨¦n anuncia la rescisi¨®n del compromiso de la Benem¨¦rita con el guardia civil Manuel Fern¨¢ndez Llamas, tercer implicado en el tenebroso sumario del caso Almer¨ªa. Pero no se aclara, sin embargo, la raz¨®n por la que esa separaci¨®n del servicio se produce m¨¢s de dos a?os despu¨¦s de la sentencia condenatoria,y firme de los tres miembros de la Guardia Civil.La explicaci¨®n seg¨²n la cual el ministerio s¨®lo hace escasos d¨ªas habr¨ªa tenido conocimiento oficial de que la Audiencia de Almer¨ªa hab¨ªa aplicado a los tres encartados penas que implicaban autom¨¢ticamente su separaci¨®n del servicio (de acuerdo con el art¨ªculo 211 del C¨®digo de Justicia Militar, promulgado en las horas altas del franquismo) no es s¨®lo una tomadura de pelo a la opini¨®n p¨²blica. Constituye una ofensa para los familiares de las v¨ªctimas y una coartada que ha impedido hasta ahora que los culpables del triple y repugnante homicidio ingresaran -como les correspond¨ªa por ley- en prisiones ordinarias.
El caso Almer¨ªa tuvo una tremenda resonancia en la sociedad, espa?ola, horrorizada por tan monstruoso crimen perpetrado por unos guardias civiles pocas semanas despu¨¦s del golpe de Estado frustrado de Antonio Tejero al mando de tropas del mismo cuerpo. La sentencia condenatoria de la audiencia, la confirmaci¨®n del fallo por el Supremo y el rechazo por el Tribunal Constitucional del recurso de amparo interpuesto por los encartados merecieron gran publicidad y se dictaron cuando los socialistas ocupaban ya el poder. El Ministerio de Justicia del Gobierno socialista inici¨® igualmente, hace escasas semanas, el expediente para el indulto de Castillo Quero. ?C¨®mo explicar la ignorancia burocr¨¢tica del Ministerio de Defensa en un asunto que ha ocupado destacados espacios en la televisi¨®n y las primeras p¨¢ginas de la Prensa diaria? La ausencia de explicaciones del ministro Serra ante el Parlamento y el pretender despachar el asunto con una nota oficial se enmarcan en la misma actitud de desprecio a la opini¨®n y falta de sensibilidad pol¨ªtica que todo el caso revela.
La nota informativa menciona tambi¨¦n que el Consejo Supremo de Justicia Militar ha refrendado la procedencia de que el ministro Serra dictase las medidas de separ aci¨®n del servicio ya se?aladas. In¨²til consulta, y bastante enojosa por lo que tiene de reverencia a poderes que nada tienen que decir en este asunto. Las sentencias de la jurisdicci¨®n ordinaria no precisan en absoluto para ser ejecutivas de la previa conformidad o revalidaci¨®n del ¨®rgano superior de la justicia militar; la Constituci¨®n establece a las claras "el principio de unidad jurisdiccional" para la organizaci¨®n y funcionamiento de los tribunales, y relega a la jurisdicci¨®n militar al "¨¢mbito estrictamente castrense". El Gobierno debe ser respetuoso con los tribunales militares, pero no menos con los civiles.
Casi dos a?os y medio despu¨¦s de la sentencia de la Audiencia de Almer¨ªa, Defensa se permite adem¨¢s anunciar que las decisiones de separar del servicio a los homicidas "supondr¨¢n la puesta a disposici¨®n del Ministerio de Justicia y del tribunal sentenciador" de los tres inculpados. Hablando en plata, eso significa que el ex teniente coronel Castillo Quero y el ex teniente G¨®mez Torres (al ex guardia Fern¨¢ndez Llamas se le ha concedido ya la libertad condicional) ser¨¢n desalojados de las prisiones militares, en las que indebidamente cumplen condena en la actualidad, y trasladados a establecimientos dependientes de la Direcci¨®n General de Instituciones Penitenciarias. No necesitaba tanto asesoramiento el se?or ministro para tomar una decisi¨®n tan simple: el art¨ªculo 211 del C¨®digo de Justicia Militar establece claramente que toda pena de privaci¨®n de libertad superior a tres a?os "llevar¨¢ consigo la separaci¨®n del servicio para los oficiales y suboficiales"; el art¨ªculo 244 de esa misma norma establece que "las penas privativas de libertad que se impongan por aplicaci¨®n de las leyes penales comunes deber¨¢n cumpirse en los establecimientos penales ordinarios cuando lleven consigo la separaci¨®n del servicio".
El desenlace de este episodio no puede quedar salda do por la desenvuelta constataci¨®n de la evidencia llevada a cabo por los servicios de prensa del Ministerio de Defensa. Ni siquiera cabe esgrimir que las autoridades han rectificado su anterior negligencia al darse cuenta por s¨ª mismas de sus errores. Sin la osada petici¨®n del indulto en favor de Castillo Quero -nada menos que por servicios a la patria-, sin las interpelaciones parla mentarias del senador Fern¨¢ndez-Pi?ar y del diputado P¨¦rez-Royo y sin las informaciones sobre el asunto aparecidas en la Prensa, los homicidas habr¨ªan permanecido indefinidamente en prisiones militares con la connivencia o la tolerancia del Gobierno de Felipe Gonz¨¢lez, al que, para no sacarle m¨¢s los colores, ser¨¢ innecesario recordarle lo que dijo su partido desde la oposici¨®n cuando sucedi¨® aquel criminal aquelarre por el que fue ron condenados los guardias. Para que el Gobierno haya renunciado a esa partida de desgaste contra los tr¨¢mites procesales que benficiaba a los reos y avergonzaba a la ley ha sido preciso que estallase, fuera y dentro del Parlamento, el esc¨¢ndalo del incumplimiento por las autoridades del Estado de una . sentencia judicial firme. Mientras tanto, el director general de la Guardia Civil se ha jactado p¨²blicamente de que Castillo Quero y sus compa?eros no ingresar¨ªan jam¨¢s en prisiones ordinarias, sin que el ministro de Defensa y el de Interior se preocuparan siquiera de llamar al orden a su subordinado; el Consejo General del Poder Judicial ha vacilado en los procedimientos a seguir para solucionar el conflicto; el ministerio fiscal ha descuidado la defensa del inter¨¦s p¨²blico que la Constituci¨®n le asigna; la Audiencia de Almer¨ªa ha esperado pacientemente respuesta a su innecesaria consulta, y el Ministerio de Justicia ha iniciado imp¨¢vidamente el expediente de indulto del ex teniente coronel. Pero, eso s¨ª, no se pidan responsabilidades, destituciones ni dimisiones: pues ya sabemos que lo m¨¢s importante es que el Gobierno mantenga el principio de autoridad.
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