El juez considera probado que la polic¨ªa esp¨ªa a los partidos, pero que, seg¨²n el Supremo, eso es licito
Jos¨¦ Mar¨ªa V¨¢zquez Honrubia, juez instructor de la causa sobre el espionaje pol¨ªtico, afirma en el auto de archivo de las diligencias que "una secci¨®n de la Brigada de Interior cre¨® una verdadera infraestructura de informaci¨®n de las actividades de Alianza Popular" en todo el territorio nacional. V¨¢zquez Honrubia reconoce que la polic¨ªa hace espionaje pol¨ªtico. Agrega, sin embargo, que, a la vista de que el Tribunal Supremo excluy¨® de responsabilidad al Gobierno, "parece deducirse que las actividades de la Brigada de Interior no pueden considerarse il¨ªcitas".
El auto en el que el juez decreta el archivo del sumario fue entregado en la ma?ana de ayer a los representantes de los partidos pol¨ªticos querellantes -AP, PCE y PDP- y de la Direcci¨®n General de la Polic¨ªa. En dicho escrito, se describen brevemente las diligencias practicadas desde que AP present¨¦ el pasado 14 de mayo una querella contra quienes hubieren espiado asuntos internos del partido.En su escrito, de siete folios de extensi¨®n, el juez recuerda en el cap¨ªtulo de Hechos que, puesto que ¨¦l crey¨® que en el caso estaban presuntamente implicados el vicepresidente del Gobierno, el ministro del Interior y el diputado socialista Eduardo Mart¨ªn Toval, envi¨® el sumario a la Sala Segunda del Tribunal Supremo -competente para juzgar a ministros y diputados-, pero a?ade que dicho tnibunal dict¨® un auto el pasado 12 de julio en el que exculpaba totalmente a los citados.
Agrega el juez que Consuelo Madrigal, nueva fiscal del caso -el anterior, Carlos Ladr¨®n de Cegama, dimiti¨® por problemas derivados del auto del Supremo, ya que defendi¨® que hab¨ªa indicios de culpabilidad en el Gobierno-, no se ha referido en ninguno de sus informes a si hay o no delitos en las actuaciones policiales cuando ¨¦stas est¨¢n encaminadas a lograr informaci¨®n interna de partidos pol¨ªticos.
Red nacional de espionaje
En el cap¨ªtulo de Fundamentos Jur¨ªdicos, el magistrado recuerda que el Tribunal Supremo no s¨®lo dijo que no hab¨ªa indicios de criminalidad en el Gobierno, sino que a?adi¨® que no aparec¨ªan "posibilidades de futura implicaci¨®n delictiva" de los citados miembros del Gobierno y diputado.Sin embargo, el magistrado deja sentado que la Brigada de Interior "cre¨®, una verdadera infraestructura de informaci¨®n de las actividades de AP", hecho que, seg¨²n el auto, se deduce de las continuas visitas de polic¨ªas a la sede del partido conservador, la colocaci¨®n en dicha sede de un ex confidente por recomendaci¨®n pol¨ªcial y otras oircunstancias similares. Los informes policiales sobre AP -de los que 180 fueron intervenidos por el propio juez en la citada brigadaeran distribuidos por el "cauce jer¨¢rquico reglamentario", seg¨²n reconoci¨® un funcionario policial interrogado. Es decir, los informes eran enviados a altos cargos del Ministerio del Interior.
El contenido de los 180 informes citados "refleja evidentemente la existencia de una informaci¨®n policial elaborada por la repetida brigada, independientemente de la trascendencia o valor de su contenido", precisa el juez en su escrito. Informes de este tipo procedentes de Segovia, Badajoz, Zaragoza y otras provincias figuran entre los que intervino el juez, y en ellos la polic¨ªa se refiere a "personas elegidas para la ejecutiva local y provincial del partido, pasando por el malestar y tensiones entre miembros de algunas de dichas ejecutivas, hasta informaci¨®n en triplicado ejemplar de los preparativos, problemas internos, candidaturas preparadas y sus apoyos...".
Todos estos datos hacen pensar al juez que puede haber indicios de responsabilidad criminal -por violaci¨®n de secretos y descubrimiento y revelaci¨®n de los mismos- en funcionarios y mandos policiales. No obstante, el magistrado recuerda que la Direcci¨®n General de la Polic¨ªa, en escrito ¨ªncorporado al sumario, ya reconoc¨ªa que se hac¨ªa informaci¨®n policial sobre partidos pol¨ªticos "seg¨²n concepto, universal y moderno en un Estado de Derecho", a pesar de lo cual el Tribunal Supremo declar¨® que no hab¨ªa indicios de responsabilidad alguna en el titular de Interior.
Por todo ello, el juez afirma en el apartado quinto del auto que .parece deducirse, por un razonamiento l¨®gico-jur¨ªdico, que las actividades realizadas por los miembros de la brigada de Interior no pueden considerarse il¨ªcitas, sino propias de las funciones y misiones que tienen encomendadas".
V¨¢zquez H¨®nrubia asegura que no se le escapa que este razonamiento puede crear "reticencias o desaz¨®n, sobre todo ante lo que la Direcci¨®n de la Polic¨ªa califica de concepto universal y moderno de los servicios de informaci¨®n", pero precisa que "no es menos cierto que los partidos personados en esta querella, por tener representaci¨®n parlamentaria, pueden en su caso debatir en esfera distinta a la jurisdiccional los l¨ªmites y control de dichos servicios".
Por todo ello, el magistrado dispone que no se practiquen nuevas diligencias y decreta el archivo del sumario.
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