El empresario jerezano s¨®lo podr¨¢ ser juzgado en Espa?a por dos delitos de falsedad y estafa
La justicia espa?ola, de acuerdo con el Convenio Europeo de Extradici¨®n suscrito por Espa?a y la Rep¨²blica Federal de Alemania (RFA), no podr¨¢ juzgar en nuestro pa¨ªs a Jos¨¦ Mar¨ªa Ruiz-Mateos m¨¢s que por los dos delitos de falsedad y estafa por los que la RFA ha concedido la extradici¨®n. Sin embargo, esta limitaci¨®n para juzgar al financiero jerezano no constituye una patente de corso, ya que en el caso de que Ruiz-Mateos realice alg¨²n delito estando ya en Espa?a, como declaraciones en la Prensa que pudieran ser consideradas injuriosas, s¨ª podr¨ªa ser juzgado, sin que las autoridades espa?olas estuviesen obligadas a pedir autorizaci¨®n a la justicia alemana.
El juez de delitos monetarios, Luis Lerga, hab¨ªa pedido la extradici¨®n por siete motivos, de los que s¨®lo dos fueron concedidos por la Audiencia de Francfort. Respecto al delito de falsedad, el juez alem¨¢n Meissner se?al¨® que Jos¨¦ Mar¨ªa Ruiz-Mateos efectu¨® operaciones contables fraudulentas, en contra de los criterios y normas mercantiles, en los distintos bancos del grupo, para elevar artificialmente el valor patrimonial de los activos del holding en m¨¢s de 350.000 millones de pesetas.Respecto al de estafa, el juez reconoce que el empresario espa?ol hab¨ªa efectuado, con la intenci¨®n de reducir el nivel de concentraci¨®n de riesgos, asientos contables en cuentas bancarias abiertas a nombre de personas imaginarias, o bien de personas f¨ªsicas o jur¨ªdicas realmente existentes, aunque sin el conocimiento de las mismas.
La Audiencia de Francfort descart¨® como motivo de extradici¨®n el presunto delito de injurias al Rey, as¨ª como los delitos fiscales sobre los cuales no existe acuerdo de extradici¨®n entre ambos pa¨ªses.
Sin embargo, en las ¨²ltimas semanas ha tenido lugar entre la RFA y Espa?a un intercambio de notas a nivel diplom¨¢tico, destinado a ampliar los supuestos de extradici¨®n a los delitos fiscales, pendientes ya ¨²nicamente de la firma. Existen indicios para suponer que una vez que dicho tr¨¢mite se realice, el juzgado de Francfort ampliar¨¢ la extradici¨®n a los citados delitos fiscales, con lo que la suerte del empresario empeorar¨ªa sensiblemente ante la Justicia espa?ola.
En efecto, de acuerdo con la legislaci¨®n espa?ola, los dos puntos por los que deber¨¢ ser juzgado el empresario son constitutivos de un delito castigado con pena de prisi¨®n menor (de seis meses a seis a?os), por lo que el financiero puede quedar en libertad provisional bajo fianza. El juez quiere estudiar minuciosamente la documentaci¨®n que env¨ªen las autoridades alemanas para conocer con detalle el alcance de la extradici¨®n, y adem¨¢s quiere escuchar las argumentaciones de Ruiz-Mateos, antes de decidir sobre la situaci¨®n del financiero.
El magistrado, sin embargo, tiene argumentos para mantener a Jos¨¦ Mar¨ªa Ruiz Mateos en prisi¨®n al presumir que puede querer eludir la acci¨®n de la Justicia, puesto que en la primera oportunidad que tuvo march¨® de Espa?a.
Tres procedimientos
A su regreso, Ruiz-Mateos tendr¨¢ que enfrentarse a tres procedimientos judiciales que siguen pendientes de tramitaci¨®n, sin contar con las posibles querellas que cualquier persona afectada por las innumerables declaraciones del financiero pueda presentar por da?os y perjuicios.La primera actuaci¨®n contra el fundador de Rumasa la inici¨® el ministerio fiscal. Los fiscales Fernando Jim¨¦nez Lablanca y Jos¨¦ Juli¨¢n Hern¨¢ndez Guijarro presentaron el 14 de abril de 1983 una, querella ante la Audiencia Nacional por posibles delitos monetarios previstos en la Ley 40/1979 de control de cambios, por falsedades contables que potencian sin fundamento la realidad financiera de Rumasa, por apropiaci¨®n indebida de cantidades correspondientes a impuestos retenidos y no declarados a Hacienda, y por estafa a la Seguridad Social al ingresar s¨®lo una parte de las retenciones a los trabajadores.
El segundo procedimiento criminal entablado contra Ruiz-Mateos tiene origen en la querella por injurias y calumnias presentada en abril de 1983 por el gobernador del Banco de Espa?a, Jos¨¦ Ram¨®n ?lvarez Rendueles, y el subgobernador, Mariano Rubio. El motivo, eran las declaraciones hechas en Londres por el ex presidente de Rumasa a varios medios informativos, seg¨²n,las cuales hab¨ªa sido amenazado de muerte por los querellantes.
Por ¨²ltimo, el Juzgado Central n¨²mero 4 de Madrid, cuyo titular es el juez Carlos Divar, dict¨® au to de procesamiento contra Ruiz-Mateos el 28 de febrero de 1984 por un delito de injurias al jefe del Estado, en virtud de la querella formulada por el fiscal Melitino Garc¨ªa Carrero.
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