El Senado da v¨ªa libre a las leyes de plantillas militares
La Comisi¨®n de Defensa del Senado, integrada por senadores del PSOE, del Grupo Popular y de las minor¨ªas, dictamin¨® favorablemente ayer dos proyectos de ley que fijan las plantillas del Ej¨¦rcito del Aire y de la Armada, respectivamente, durante un proceso de regulaci¨®n de efectivos que culminar¨¢ el 1 de enero de 1991.Seg¨²n los proyectos de ley dictaminados favorablemente por la Comisi¨®n de Defensa del Senado, que fueron remitidos a la alta C¨¢mara por la comisi¨®n hom¨®loga del Congreso de los Diputados el pasado 30 de noviembre, el Ej¨¦rcito del Aire ver¨¢ sus efectivos reducidos en un 8% y contar¨¢ con cinco tenientes generales, 19 generales de divisi¨®n, 37 generales de brigada, 248 coroneles, 451 tenientes coroneles y 733 comandantes.
Asimismo, se dispone que la plantilla de capitanes ser¨¢ de 1.378; la de tenientes, de 1.459; habr¨¢ 35 empleos de alf¨¦reces, 3.639 de subtenientes y brigadas y 4.107 de sargentos primeros y sargentos.
En cuanto a la Armada, sus efectivos ser¨¢n reducidos en un 7,9% y contar¨¢ con cinco almirantes, 20 vicealmirantes y generales de divisi¨®n, 35 contralmirantes y generales de brigada y 240 capitanes de nav¨ªo y coroneles. El n¨²mero de capitanes de fragata y tenientes coroneles queda fijado en 470; en 947, el de capitanes de corbeta y comandantes; en 1.482, el de tenientes de nav¨ªo y capitanes; en 1.570, el n¨²mero de alf¨¦reces de nav¨ªo y tenientes. La plantilla de subtenientes y brigadas ser¨¢ de 2.552, y la de sargentos primeros y sargentos, de 3.578.
Defensa propone
Ambos proyectos de ley se atienen a la ley org¨¢nica n¨²mero 6 de 1980, de 1 de julio, modificada por la ley org¨¢nica de 5 de enero de 1984, que regularon los criterios b¨¢sicos de la defensa nacional y la organizaci¨®n militar, y determinan la estructura, organizaci¨®n y efectivos de las Fuerzas Armadas.
En los proyectos aprobados se faculta al Gobierno para que, a propuesta del ministro de Defensa, fije los efectivos del mando del Ej¨¦rcito del Aire y de la Armada.
Los excedentes de la adaptaci¨®n de los efectivos actuales a las plantillas que estas leyes establecen tendr¨¢n la consideraci¨®n de Plantilla Transitoria Adicional, que ser¨¢ tenida en cuenta en la elaboraci¨®n de los Presupuestos, hasta su total amortizaci¨®n, en 1991, dentro de un per¨ªodo de cinco a?os, que expirar¨¢ el 1 de enero de 1991. El dictamen favorable no pasar¨¢ al Pleno, por lo cual los proyectos ser¨¢n enviados de nuevo al Congreso para su entrada en vigor. Cuatro enmiendas del Grupo Popular, una de ellas a la totalidad, no prosperaron.
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