Se mantienen los tipos de cotizaci¨®n a la Seguridad Social y las bases aumentan un 8%
Las bases m¨ªnimas y m¨¢ximas de cotizaci¨®n a la Seguridad Social para las distintas categor¨ªas, as¨ª como los topes establecidos en cada una de ellas, subir¨¢n en 1986 un 8%. Los tipos para el r¨¦gimen general y asimilados no sufrir¨¢n ning¨²n incremento mientras que en el r¨¦gimen general agrario para los trabajadores por cuenta propia sube un punto, seg¨²n el real decreto sobre cotizaci¨®n a la Seguridad Social que el Ministerio de Trabajo ha elaborado para que lo estudie el Consejo de Ministros. Seg¨²n el pre¨¢mbulo del decreto, con estas medidas se pretende favorecer una pol¨ªtica de empleo disminuyendo la presi¨®n fiscal.El tipo de cotizaci¨®n en el r¨¦gimen general y asimilados se mantiene en el 28,8% para las contingencias comunes. Un 24% corre a cargo de la empresa y el 4,8% restante a cargo del trabajador. Tampoco var¨ªan los tipos de los otros reg¨ªmenes especiales, salvo en el caso de los trabajadores agrarios por cuenta propia, que pasa del 15% al 16%. El tipo de cotizaci¨®n por desempleo y Fondo de Garant¨ªa Salarial (Fogasa) ser¨¢n tambi¨¦n los mismos que los vigentes este a?o: un 6,37 en desempleo -del que el 5,2 lo paga la empresa y el 1,1 el trabajador- y un 1,1% para el Fogasa, a cargo exclusivamente de la empresa. Tampoco cambian los tipos de cotizaci¨®n por horas extraordinarias.
Las bases m¨ªnimas y m¨¢ximas de cotizaci¨®n de cada una de las categor¨ªas se elevan en un 8%. El tope m¨¢ximo queda en 247.590 pesetas mensuales frente a las 229.260 de este a?o. Por accidente de trabajo y enfermedades profesionales, el tope m¨ªnimo de cotizaci¨®n ser¨¢ el equivalente al salario m¨ªnimo interprofesional, pero en ning¨²n caso podr¨¢ ser inferior a 46.800 pesetas mensuales para los trabajadores mayores de 18 a?os y a 28.710 pesetas para los menores de 17 a?os.
En el r¨¦gimen de trabajadores aut¨®nomos se mantiene el tipo de cotizaci¨®n en el 28,8%, pero no la base. La m¨ªnima queda en 46.830 pesetas mensuales, y la m¨¢xima se fija en 247.590 pesetas. Los trabajadores menores de 55 a?os podr¨¢n elegir dentro de los l¨ªmites m¨¢ximos y m¨ªnimos su propia base de cotizaci¨®n. Para los mayores de 55 a?os, sin embargo, la base m¨¢xima ser¨¢ de 129.000 pesetas mensuales. Esta medida evita que algunos aut¨®nomos aumenten su m¨¢ximo de cotizaci¨®n durante los ¨²ltimos a?os para obtener una mayor pensi¨®n.
Las empleadas de hogar siguen con el 20% como tipo de cotizaci¨®n, pero la base se sit¨²a en 46.830 pesetas al mes.
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