El abogado de Garc¨ªa Horcajo afirma que "el Ayuntamiento no ten¨ªa obligaci¨®n de inspeccionar locales de espect¨¢culos"
El catedr¨¢tico de Derecho Penal de la universidad de Alcal¨¢ de Henares Enrique Gimbernat present¨® ayer un escrito en la Audiencia Provincial de Madrid en el que se afirma que el Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 15 no es competente para procesar al concejal de Seguridad del Ayuntamiento de Madrid, Emilio Garc¨ªa Horcajo, por el incendio en la discoteca Alcal¨¢ 20 en diciembre de 1983. La defensa argumenta que "en el momento del siniestro el Ayuntamiento ten¨ªa facultad, pero no obligaci¨®n, de inspeccionar los locales de espect¨¢culos".
Horas despu¨¦s de presentarse el escrito ante la Audiencia Provincial, Antonio Pedreira, letrado del Ayuntamiento, present¨® en el juzgado de guardia seis cartas firmadas por los responsables del ¨¢rea que dirige Garc¨ªa Horcajo en las que aseguran que no recibieron ninguna orden del concejal en el sentido de que no se hicieran inspecciones y que las ¨®rdenes que recibieron fueron que se cumplieran las leyes y la ordenanza vigente.Los firmantes de las cartas son Jes¨²s de Benito Fern¨¢ndez, arquitecto jefe del Servicio Contra Incendios; Francisco Javier Lobo, inspector jefe del Cuerpo de Polic¨ªa Municipal; Jos¨¦ Ram¨®n Garc¨ªa Men¨¦ndez, director de Servicios de la Polic¨ªa Municipal; Mar¨ªa de los ?ngeles ?lvarez Rodr¨ªguez, jefe del departamento central del ¨¢rea de Seguridad; Jos¨¦ Pascual Mart¨ªnez, jefe del departamento de Extinci¨®n de Incendios, y ?ngel Luis Ib¨¢?ez, director del Servicio de Bomberos.
Seg¨²n el auto de procesamiento, Garc¨ªa Horcajo dio ¨®rdenes expresas para que no se realizaran inspecciones. El titular del Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 15, Jacobo L¨®pez Barja de Quiroga, notific¨® el pasado viernes el procesamiento de Emilio Garc¨ªa Horcajo por presunta imprudencia temeraria con resultado de muerte, en relaci¨®n con el incendio que, en diciembre de 1983, destruy¨® la discoteca Alcal¨¢ 20 y caus¨® 82 muertes.
El escrito presentado por el catedr¨¢tico de Derecho Penal Enrique Gimbernat en la Audiencia Provincial afirma que es incorrecta la apreciaci¨®n del juez Jacobo L¨®pez Barja de Quiroga de que no est¨¢ vigente el art¨ªculo 416 de la ley de R¨¦gimen Local de 1955, que prescribe que s¨®lo las audiencias provinciales pueden procesar a alcaldes y concejales. Seg¨²n el juez, la ley Reguladora de las Bases del R¨¦gimen Local de 1985 ha derogado la ley de 1955 en todos sus extremos, incluido ¨¦ste, y un juez de instrucci¨®n es competente para procesar a ediles.
Argumentos legales
Sin embargo, la defensa de Garc¨ªa Horcajo replica que la ley de 1985 deja en vigor la de 1955 "en todo aquello que no se oponga, contradiga o resulte incompatible" con la nueva norma. El argumento del catedr¨¢tico Enrique Gimbernat prosigue se?alando que, "siendo as¨ª que no existe ning¨²n precepto en la ley de 1985 incompatible con esa competencia prescrita por el art¨ªculo 416 de la ley de 1955, y que la ley de este a?o no hace referencia para nada a qui¨¦n es competente para procesar a alcaldes y concejales, parece obvio que, en materia de procesamiento a alcaldes y concejales, la vigente ley de 1985 mantiene la validez del art¨ªculo 416 de la ley de 1955".El segundo criterio del juez para considerar que ¨¦l es competente para procesar a un edil tambi¨¦n es rebatido por la defensa. Seg¨²n el juez Jacobo L¨®pez Barja de Quiroga, la ley org¨¢nica del Poder Judicial de 1985 no menciona expresamente que una de las especialidades de las audiencias provinciales sea la de procesar a alcaldes y concejales Enrique Gimbernat dice, por el contrario, que "la ley org¨¢nica del Poder Judicial no recoge todas las competencias de los distintos ¨®rganos jurisdiccionales, sino que ¨¦stas han de ser completadas con otras leyes en vigor, tal como sucede, por ejemplo, con los delitos de terrorismo, cuya competencia para la Audiencia Nacional no est¨¢ expresamente prevista en la citada ley org¨¢nica del Poder Judicial", sino en la denominada ley Antiterrorista.
Por ¨²ltimo, el escrito del catedr¨¢tico de Alcal¨¢ de Henares recuerda que, si la ley org¨¢nica de la Polic¨ªa, cuyo texto ya ha sido aprobado por el Congreso de los Diputados, establece que los polic¨ªas municipales s¨®lo pueden ser procesados por audiencias provinciales, "resulta absurdo y discriminatorio que tuviesen este derecho los agentes y no lo tuviese el jefe de la Polic¨ªa Municipal". La Audiencia, declar¨® ayer Enrique Gimbernat, deber¨¢ pronunciarse en las semanas que vienen acerca de si acepta o no los argumentos de la defensa.
Depositado un aval
Juan Barranco, primer teniente de alcalde y portavoz del Grupo Socialista, manifest¨® ayer en el curso de una conferencia de prensa que se depositar¨¢ en el juzgado un aval bancario por valor de 950 millones de pesetas para responder pecuniariamente en el caso de que la sentencia por el incendio de Alcal¨¢ 20 fuera desfavorable para el Ayuntamiento. Garc¨ªa Horcajo y la propia corporaci¨®n municipal presentaron ayer sendos recursos de reforma y subsidiarios de apelaci¨®n contra el procesamiento.Por su parte, el presidente la Federaci¨®n Espa?ola de Municipios y Provincias, Tom¨¢s Rodr¨ªguez Bola?os, manifest¨® la solidaridad de su organizaci¨®n con Garc¨ªa Horcajo. Bola?os mostr¨® su preocupaci¨®n "porque este tipo de procesamientos pueda hacer responsables a los concejales de todos los tr¨¢m¨ªtes administrativos que se realizan a diario en los municipios".
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