Pocas facturas
R. C. G. M. La entrada en vigor del IVA apenas ha modificado por el momento la pr¨¢ctica de extender o recibir facturas. Gran parte de los comerciantes consultados ayer informaron que sus proveedores operaban como el pasado a?o. Incluso en algunos casos en que los minoristas pidieron facturas para saber cu¨¢nto ten¨ªan que repercutir por el nuevo impuesto, los distribuidores se limitaron a entregarles albaranes, con la promesa de que pr¨®ximamente los convertir¨ªan en facturas.
De cara al p¨²blico, la inmensa mayor¨ªa de los establecimientos no diferenciaban el precio de venta y el importe del impuesto. En diversos centros comerciales aparecieron carteles para indicar que sus precios inclu¨ªan el IVA; as¨ª ocurri¨® en Galer¨ªas Preciados y Cortefiel, no en El Corte Ingl¨¦s.
Hacienda no ha implantado la obligaci¨®n de generalizar las facturas. Aunque s¨ª ha confirmado el imperativo legal de que "los empresarios y profesionales est¨¢n obligados a entregar factura por las operaciones que realicen y a conservar copia o matriz de la misma, incluso en los casos calificados de autoconsumo", un Real Decreto promulgado el pasado lunes introdujo numerosas excepciones. Entre estas, siempre y cuando los destinatarios no reclamen factura para luego deducir el impuesto pagado, figuran las ventas a minoristas, las operaciones exentas del IVA, el uso de autopistas de peaje y las ventas que en su d¨ªa exima el fisco para evitar "perturbaciones en el desarrollo de las actividades econ¨®micas". Los empresarios y profesionales podr¨¢n acumular en una factura t¨®do lo vendido durante un mes al mismo destinatario.
En las ventas inferiores a 10.000 pesetas y dirigidas al p¨²blico, as¨ª como en los transportes, servicios de hosteler¨ªa o aparcamientos, "no ser¨¢ obligatoria la consignaci¨®n en factura de los datos de identificaci¨®n del destinatario". Las facturas podr¨¢n ser sustituidas por talonarios o tickets en todas las ventas al por menor, servic¨ªos a domicilio y transportes de personas.
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