La defensa reitera la petici¨®n de libertad para Ruiz-Mateos en la vista de la apelaci¨®n
Juan C¨®rdoba, penalista del equipo de defensores de Jos¨¦ Mar¨ªa Ruiz-Mateos, reiter¨® ayer la petici¨®n de libertad provisional para el financiero en la vista del recurso de apelaci¨®n contra la prisi¨®n, que se celebr¨® ayer en la Audiencia Nacional. C¨®rdoba argument¨® para apoyar su petici¨®n que no hab¨ªa existido delito alguno, y que en cualquier caso, su cliente no hab¨ªa sido el autor. El fiscal, Fernando Jim¨¦nez Lablanca, expuso que, por el momento, no procede la libertad provisional de Ruiz-Mateos, ya que no compareci¨® ninguna de las veces en que fue citado por el juez y porque la pena que pudiera corresponderle por el delito de estafa es de prisi¨®n mayor en su grado m¨¢ximo (de 10 a?os y un d¨ªa a 12 a?os).El tribunal ha convocado a las partes el pr¨®ximo d¨ªa 9 a las 12 horas para notificarles la resoluci¨®n que haya adoptado.
La intervenci¨®n de C¨®rdoba estuvo centrada en impugnar los apartados tercero y sexto del auto de procesamiento, ¨²nicos aceptados por la Rep¨²blica Federal de Alemania como objeto de la extradici¨®n. Estos hechos se refieren a la apertura de cuentas de cr¨¦dito a personas que no ten¨ªan conocimiento de ello en bancos del grupo, para regularizar formalmente sus p¨¦rdidas; y al incremento de activos ficticios mediante asientos contables que no se correspond¨ªan con la realidad.
C¨®rdoba dijo que los hechos no constituyen ning¨²n delito porque no ha habido da?o, e incluso los presuntos perjudicados han comparecido en el sumario diciendo que no han sufrido perjuicio. Agreg¨® que no existen datos que acrediten que Ruiz-Mateos ordenara la operaci¨®n, y que, en todo caso, al autor material de los hechos, Luis Romero Agarrado, le fue levantado el procesamiento, por lo que si el autor material no est¨¢ procesado, tampoco puede estarlo el supuesto inductor. El abogado dijo que no puede existir delito de falsedad porque la valoraci¨®n de los activos est¨¦ mal hecha.
El fiscal replic¨® a estos extremos se?alando que no se estaba recurriendo el auto de procesamiento, "que este mismo tribunal confirm¨® en su d¨ªa". El fiscal critic¨® veladamente que Ruiz-Mateos estando en rebeld¨ªa hubiera podido recurrir su procesamiento en dos instancias (reforma y apelaci¨®n), cuando la ley de Enjuiciamiento Criminal establece que debe paralizarse todo proceso contra un procesado rebelde.
Jim¨¦nez Lablanca precis¨® que Ruiz-Mateos es un procesado al que se le han respetado, quiz¨¢ con manifiesto exceso, sus garant¨ªas constitucionales. A?adi¨® que a Ruiz-Mateos podr¨ªa corresponderle una pena de 10 a?os y un d¨ªa por el delito de estafa, por lo que a¨²n no ha transcurrido el l¨ªmite temporal marcado por la ley como prisi¨®n preventiva, y que el comportamiento del procesado tampoco induce a creer que no vaya a eludir la acci¨®n de la justicia.
C¨®rdoba pidi¨® subsidiariamente el arresto domiciliario del financiero a lo que tambi¨¦n se opuso el fiscal, por ser el objeto de otro recurso.
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