La comunidad jur¨ªdica internacional y el tr¨¢fico de drogas
Se acaba de reunir hace unos d¨ªas en Viena la Comisi¨®n de Estupefacientes de las Naciones Unidas, que ha reconocido la urgente necesidad de nuevos instrumentos para combatir el tr¨¢fico il¨ªcito. El autor del art¨ªculo cuenta las principales medidas propugnadas en este foro internacinal, sobre localizaci¨®n, congelaci¨®n y confiscaci¨®n; extradici¨®n por delito de tr¨¢fico de drogas; vigilancia y, fiscalizaci¨®n de sustancias qu¨ªmicas precursoras de la fabricaci¨®n de drogas sint¨¦ticas; tratamiento de porteadores comerciales y cooperaci¨®n a trav¨¦s de fronteras.
Los peri¨®dicos est¨¢n recogiendo continuamente hechos luctuosos y penales que se imputan al abuso de la droga. Es moneda com¨²n el hacer responsable a la droga de la delincuencia por la b¨²squeda de los drogadictos de medios econ¨®micos para financiar su dependencia. El tema es popular, pero conviene tambi¨¦n que los peri¨®dicos den a conocer igualmente de qu¨¦ forma la comunidad internacional est¨¢ buscando los medios jur¨ªdicos para defenderse contra esta plaga.Mi intenci¨®n es divulgar los criterios jur¨ªdicos del futuro y en qu¨¦ forma se est¨¢n buscando instrumentos legales de car¨¢cter multilateral para defender a nuestra sociedad. En la actualidad existen unos en una vigencia de 10 a 20 a?os. Las circunstancias han cambiado enormemente y aquellos convenios se han quedado obsoletos dejando multitud de resquicios y lagunas de car¨¢cter jur¨ªdico por donde se filtran legalmente los narcotraficantes y sus productos de pa¨ªs a pa¨ªs, sin que quepa aplicarles ninguna disposici¨®n jur¨ªdica, tratado bilateral o multilateral que coarte sus actividades punibles.
Se acaba de reunir hace unos d¨ªas en Viena la Comisi¨®n de Estupefacientes de las Naciones Unidas, en la cual se ha reconocido la urgente necesidad de disponer de un nuevo instrumento que se aplique espec¨ªficamente a este tr¨¢fico il¨ªcito. Los pa¨ªses han coincidido en que los tratados existentes no pod¨ªan hacer frente con eficacia a un problema que ha asumido las dimensiones de una amenaza de alcance mundial contra la salud y el bienestar de los pueblos y contra el propio tejido social.
Pretendo en estas l¨ªneas dar una idea de c¨®mo, fueron las discusiones y hacia d¨®nde se van a dirigir los trabajos de los juristas y soci¨®logos internacionales para redactar una nueva convenci¨®n antes de que se celebre la conferencia mundial sobre drogas que las Naciones Unidas ha convocado para 1987. En el transcurso del pasado a?o, multitud de Gobiernos han enviado sus indicaciones y sus puntos de vista al secretario general de las Naciones Unidas, comunicando los elementos cuya inclusi¨®n en el proyecto de la nueva convenci¨®n podr¨ªa y deber¨ªa tornarse en consideraci¨®n.
En general, existe el consenso de que no deben duplicarse las disposiciones de las convenciones vigentes y tratar de que las nuevas regulaciones resulten aceptables para el mayor n¨²mero posible de pa¨ªses, facilitando de este modo una adhesi¨®n universal. Se tratar¨ªa, por tanto, de que las disposiciones de la nueva convenci¨®n fueran compatibles con los distintos ordenamientos constitucionales y jur¨ªdicos en vigor y que fueran coherentes con los principios generalmente aceptados en el marco del derecho penal internacional.
La citada empresa constituye una tarea de gigantes desde el punto de vista jur¨ªdico. Es necesario formular cuidadosamente los t¨¦rminos precisos y equilibrados cuya inclusi¨®n se deba tener en cuenta para evitar que la convenci¨®n nazca como un papel muerto y no sea de utilidad ni de aplicabilidad mundial. Los elementos que deben ser aceptados en principio y que deber¨¢n estar contenidos en la nueva convenci¨®n ser¨ªan los siguientes: 1. Localizaci¨®n, congelaci¨®n y confiscaci¨®n del producto de tr¨¢fico de drogas. 2. Extradici¨®n por delito de tr¨¢fico de drogas. 3. Vigilancia y fiscalizaci¨®n de determinadas sustancias qu¨ªmicas que son precursoras de la fabricaci¨®n de nuevas drogas sint¨¦ticas o continuaci¨®n de las actuales. 4. Tratamiento de los porteadores comerciales. 5. Cooperaci¨®n a trav¨¦s de fronteras. 6. Asistencia en materia de investigaci¨®n de fuentes de la droga y las actuaciones judiciales. 7. Entrega vigilada de partidas. 8. Capacitaci¨®n y asistencia t¨¦cnica del personal encargado de la lucha antidroga.
?stas ser¨ªan, de una forma somera y para aclarar al lector el contenido de la nueva convenci¨®n, las materias que estar¨ªan incluidas en el nuevo tratado multilateral. Entre otras cosas, los pa¨ªses han hecho hincapi¨¦ en la necesidad imperiosa de hacer frente al poder econ¨®mico de los traficantes mediante la confiscaci¨®n de sus bienes ilegalmente adquiridos, aunque tales confiscaciones sean cuestiones de jurisdicci¨®n interna y la adopci¨®n de medidas definitivas estar¨ªa sujeta a la decisi¨®n de los tribunales, nacionales. Es natural que la soberan¨ªa de los Estados no deber¨ªa verse socavada por la aplicaci¨®n de una convenci¨®n internacional de esta ¨ªndole.
Extradiciones
En lo que respecta a la extradici¨®n de narcotraficantes, se acept¨® la existencia de delitos con car¨¢cter internacional en el campo del tr¨¢fico, pero tambi¨¦n se recocone que la extradici¨®n no deber¨ªa tener car¨¢cter obligatorio y que el concepto de jurisdicci¨®n universal no puede regir para los delitos de tr¨¢fico de drogas. En otros t¨¦rminos, se da una contra dicci¨®n entre la existencia de evitarse sustraigan al enjuiciamiento y al castigo ¨²nicamente como resultado de la laguna legal, y, por el otro lado, la demanda de mantener en vigor la jurisdicci¨®n interna de cada pa¨ªs en este tipo de delitos. Respecto a las sustancias qu¨ªmicas utilizadas para la fabricaci¨®n de drogas sint¨¦ticas, se dijo que la primera l¨ªnea de defensa en la lucha contra esta progresi¨®n il¨ªcita era la de fiscalizar env¨ªos que pudieran dar lugar a esas sospechas. No obstante, esta vigilancia deb¨ªa establecerse con car¨¢cter voluntario, de forma que no se dificultase el comercio internacional ni se perjudicase la industria qu¨ªmica.
No dej¨® de llamar la atenci¨®n el hecho de que el tr¨¢fico il¨ªcito mediante porteadores comerciales era algo que cae dentro de la jurisdicci¨®n de la organizaci¨®n de aviaci¨®n civil o de la c¨¢mara naviera internacional. Estos medios de comunicaci¨®n que han sido utilizados repetidamente para el tr¨¢fico il¨ªcito de drogas se ver¨¢n intervenidos y coartados en la nueva convenci¨®n.
Respecto a la cooperaci¨®n transfronteriza, la comunidad internacional estuvo de acuerdo en que no deber¨ªa darse oportunidad a los narcotraficantes de cruzar las fronteras nacionales y buscar refugio en otros pa¨ªses aprovech¨¢ndose del vac¨ªo jur¨ªdico que pueda existir. Por el momento, se convino que unas sanciones duras constituir¨ªan un elemento disuasor eficaz en la lucha contra el narcotr¨¢fico. Lo interesante en este caso ser¨ªa armonizar las legislaciones nacionales para alcanzar este objetivo. En general, ¨¦sta no ser¨ªa una tarea f¨¢cil, porque los propios c¨®digos penales nacionales son los que marcan las penas y las circunstancias del tr¨¢fico, y a la convenci¨®n s¨®lo le cabr¨ªa marcar los topes m¨¢ximo y m¨ªnimo de penas dentro de los cuales los pa¨ªses en cuesti¨®n podr¨ªan aplicar las sanciones que considerasen adecuadas.
No ha dejado de existir un grupo de pa¨ªses cuya opini¨®n es de car¨¢cter maximalista y que deseaba que la nueva convenci¨®n incluyese otros elementos de car¨¢cter m¨¢s universal y mayor amplitud que dar¨ªan al crimen del tr¨¢fico de drogas una conceptuaci¨®n de ¨ªndole casi universal. Tales opiniones no llegaron a prosperar, y a t¨ªtulo de ejemplo podr¨ªamos indicar los siguientes criterios: la calificaci¨®n del tr¨¢fico il¨ªcito de drogas como "delito contra la humanidad". Tal calificaci¨®n no a?adir¨ªa a este delito un elemento diferente que hiciera m¨¢s f¨¢cil su persecuci¨®n. Tampoco cal¨® la idea de considerar los delitos de narcotr¨¢fico como imprescriptibles, pues tal posibilidad va completamente en contra de muchos de los orden¨¢mientos internos de los pa¨ªses. Por ¨²ltimo, tampoco encontr¨® apoyo suficiente la idea de la creaci¨®n de un tribunal penal internacional.
Nuestro pa¨ªs participa en diversos organismos internacionales que tienen como finalidad el abordaje de la problem¨¢tica de las toxicoman¨ªas desde ¨¢mbitos muy diversos, y que engloban tanto el control de la oferta, y por consiguiente la lucha contra el narcotr¨¢fico, como el control de la demanda, es decir, el estudio de los aspectos sociales, culturales y educativos que puedan permitir una disminuci¨®n del consumo, incluyendo los aspectos asistenciales desde sus m¨¢s diversas facetas.
Hay que destacar que, al margen de la participaci¨®n en organismos internacionales, nuestro pa¨ªs tiene suscritos acuerdos bilaterales con diversos pa¨ªses, y est¨¢ en negociaci¨®n de suscribir alguno m¨¢s. Espec¨ªficamente en el ¨¢mbito de las drogas, parece de gran eficacia la realizaci¨®n de este tipo de acuerdos bilaterales, sobre todo si se suscriben con pa¨ªses cuya problem¨¢tica en este tema es similar a la nuestra y existe un nexo com¨²n en la problem¨¢tica del tr¨¢fico o simplemente de cercan¨ªa.
Por otro lado, la situaci¨®n geopol¨ªtica de Espa?a, nuestra historia y nuestras relaciones internacionales nos obligan a vincularnos con Iberoam¨¦rica, y es de destacar la demanda importante que ¨²ltimamente estarnos recibiendo para implicarnos en esa zona del mundo. Testimonio vivo de esa postura se materializar¨¢ en el seminario sobre drogas que las Naciones Unidas y el Gobierno espa?ol patrocinan conjuntamente en Madrid durante este mes con asistencia de 44 especialistas de todos los pa¨ªses iberoamericanos y del Caribe. De all¨ª saldr¨¢n las ideas y pol¨ªticas comunes para los expertos, para la reuni¨®n mundial de droga en 1987.
Dentro de estas ideas, creemos que ya tiene el lector una visi¨®n general de por d¨®nde se mover¨¢ la vida jur¨ªdica internacional en el futuro para la redacci¨®n de una nueva convenci¨®n internacional sobre drogas. Se acord¨® en este sentido que para el pr¨®ximo verano el secretario general de las Naciones Unidas de a conocer a los pa¨ªses miembros un borrador de la convenci¨®n en cuesti¨®n.
En vista de la envergadura de este tema, considero importante su m¨¢s amplia divulgaci¨®n.
es embajador representante permanente de Espa?a ante los organismos internacionales en Viena.
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