El Supremo absuelve al comisario Ballesteros por actuar "sin malicia" en el caso del bar Hendayais
El Tribunal Supremo ha absuelto al comisario Manuel Ballesteros Garc¨ªa de 50 a?os, del delito de denegaci¨®n de auxilio por el que hab¨ªa sido condenado a tres a?os de suspensi¨®n de empleo y multa de 100.000 pesetas por la Audiencia Provincial de Guip¨²zcoa. La condena se produjo al haberse negado Ballesteros a revelar la identidad de tres confidentes policiales que cruzaron la frontera, en un coche robado y que ten¨ªa matricula falsa, inmediatamente despu¨¦s de que se perpetrara el atentado del bar Hendayais, en Francia, en el que resultaron muertas dos personas y heridas 10.
El Supremo precisa que, para que exista delito de denegaci¨®n de auxilio, la negativa a colaborar tiene que ser "maliciosa", es decir, con conciencia del deber de prestar la cooperaci¨®n requerida y con voluntad de rehusarla. El alto tribunal precisa que el ex jefe del Mando ¨²nico de la Lucha Contraterrorista actu¨® con error, pero no con malicia. Ballesteros se neg¨® en ocho ocasiones a facilitar al juez la identidad de los confidentes.La sentencia del Supremo ha confirmado los hechos narrados por la Audiencia de Guip¨²zcoa que, entre otras cuestiones, se?alaba: "El 23 de noviembre de 1980, tres individuos ametrallaron el bar Hendayais, en la localidad francesa de Hendaya, muy pr¨®ximo a la frontera espa?ola, causando dos muertos y 10 heridos. Seguidamente, los tres presuntos autores materiales del atentado, viajando en un Renault-18 TS verde, robado y con matr¨ªcula falsa, cruzaron violentamente la frontera espa?ola por el puente de Santiago en Ir¨²n, sin detenerse en el control franc¨¦s, derribando la barrera met¨¢lica y yendo a colisionar en el lado espa?ol con un veh¨ªculo R-5, entreg¨¢ndose a los funcionarios de polic¨ªa espa?oles".
Sin embargo, la sentencia del Supremo omite esta referencia a los hechos ocurridos en Francia y agrega: "Es importante subrayar que el requerimiento judicial se produce en el marco de unas diligencias previas por los hechos acaecidos en territorio espa?ol, que fueron la violenta irrupci¨®n del grupo referido (los confidentes) en el paso fronterizo a bordo de un veh¨ªculo -robado y con matr¨ªcula falsa-, produciendo da?os en las barreras met¨¢licas y en un turismo estacionado, sin estar acreditada la existencia de armas".
Tampoco parece darse cuenta el Supremo de que en los hechos probados que ha ratificado se dice que las diligencias se iniciaron en San Sebasti¨¢n "para el esclarecimiento de los hechos, en cuanto pudieran dar la apariencia de alg¨²n tipo de connivencia de autoridades y funcionarios espa?oles con el atentado ocurrido en Francia, as¨ª como para la investigaci¨®n de los delitos presuntamente cometidos en territorio espa?ol".
Mentir al Parlamento
La sentencia de San Sebasti¨¢n precisa tambi¨¦n que fue Ballesteros personalmente el que orden¨® que se dejase marchar a los detenidos, sin tomarles declaraci¨®n ni confeccionar atestado. La misma sentencia puntualiza que posteriormente las autoridades del Ministerio del Interior, que se apoyaban en los informes de Ballesteros, informaron a la opini¨®n p¨²blica, a trav¨¦s de los medios de comunicaci6n y del Parlamento, de que "la raz¨®n de la puesta en libertad de los tres colaboradores era la de que de sus declaraciones -que no se produjeron ni en el puesto fronterizo ni en Ir¨²n- se deduc¨ªa que no hab¨ªan tenido nada que ver con el atentado de Hendaya, raz¨®n por la que no era procedente revelar su identidad".El Supremo destaca que "el acusado ten¨ªa el deber de revelar las circunstancias identificativas de los confidentes sin pretextar, para mantener la reserva, un juicio sobre el alcance penal de los hechos que no le compet¨ªa". Pero agrega que "es forzoso reconocer que el acusado no obr¨® sin motivaci¨®n ( ... ), sino porque a su juicio exist¨ªan razones para mantener reservados los datos de identificaci¨®n exigidos".
Veros¨ªmiles razones
El alto tribunal justifica la negativa de Ballesteros se?alando que "por su condici¨®n de confidentes mercenarios de la lucha antiterrorista, cuyo centro de informaci¨®n dirig¨ªa el acusado, pueden aceptarse como veros¨ªmiles razones el riesgo que pod¨ªa crearles, el desprestigi¨® del mando, que dejaba sin protecci¨®n a sus miembros, la desmoralizaci¨®n y posible desmantelamiento de sus cuadros, las tensiones graves que pod¨ªan brotar en el seno de las fuerzas de seguridad y la ventaja que pod¨ªa reportar a las bandas terroristas". Seg¨²n la sentencia, aprobada por unanimidad por cinco magistrados de la Sala Segunda, Ballesteros obr¨® en la creencia err¨®nea de que proteg¨ªa bienes jur¨ªdicos superiores, y le absuelve porque actu¨® "sin mala intenci¨®n".El abogado Miguel Castells, representante de la acusaci¨®n particular en el caso, manifest¨® ayer que la absoluci¨®n de Ballesteros por el Supremo supone un "mal precedente judicial que entroniza la raz¨®n de Estado". Castells, que hab¨ªa recurrido la sentencia pidiendo un aumento de pena para el polic¨ªa, se?al¨® que con la nueva decisi¨®n judicial "se admite oficialmente la existencia de parcelas de impunidad y de ilegalidad no controlables por el poder judicial, ya que dependen ¨²nicamente del criterio policial". Castells record¨® que la sentencia califica a los confidentes como "presuntos autores del atentado del bar Hindayais".
El Sindicato Profesional de Polic¨ªa Uniformada y el Sindicato de Comisarios mostraron ayer su satisfacci¨®n por la absoluci¨®n del ex jefe del MULC.
El secretario general del Sindicato Profesional de Polic¨ªa Uniformada, Javier Tirado Melo, manifest¨® que se ha superado una de las asignaturas pendientes de mayor agravio en la profesionalidad policial que, como s¨ªmbolo del secreto profesional que asiste a todos los sectores profesionales, concurr¨ªa en la actuaci¨®n del comisario Ballesteros. Para Tirado, la decisi¨®n del Supremo sienta un important¨ªsimo precedente con vistas a la ¨¦tica y profesionalidad policial, contribuyendo a armonizar las relaciones entre el poder judicial y el estamento policial.
Alfonso G¨®mez, secretario general del Sindicato de Comisarios, afirm¨®: "Es lo m¨¢s justo que pod¨ªa suceder".
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