La mayor¨ªa de las rentas antiguas se vera incrementada por el aumento de la contribuci¨®n urbana
La mayor¨ªa de los inquilinos de renta antigua ver¨¢ este a?o incrementarse la cuant¨ªa de su alquiler, al permitir la ley a los propietarios de pisos que repercutan parte de la contribuci¨®n urbana en los alquileres. La medida, que se recog¨ªa ya en 1985, no fue entonces utilizada de forma generalizada ante el desconocimiento de los propietarios y la entonces menor cuant¨ªa del impuesto. Sin embargo, la subida de un 43% en el recibo que se paga ha hecho que propietarios e inquilinos acudan masivamente a sus respectivas c¨¢maras en demanda de informaci¨®n y asesoramiento.
Los asesores de las C¨¢maras de la Propiedad Urbana y de Inquilinos y Vecinos de Madrid han sido consultados en las ¨²ltimas semanas por numerosas personas interesadas en saber si legalmente puede repercutir la contribuci¨®n urbana sobre los inquilinos o si deben pagar el incremento que han sufrido en sus recibos.Hasta hace dos a?os se aplicaba una legislaci¨®n, calificada por muchos como "confusa y favorable de diversas interpretaciones", que creaba diferencias entre las viviendas alquiladas antes y despu¨¦s de 1964, a?o en que sali¨® la ley de Arrendamientos Urbanos.
Asimismo, se establecieron diferencias a partir de 1979, a. ra¨ªz de que fuera publicado el real decreto sobre medidas urgentes de financiaci¨®n de las haciendas locales, en el que se fijaban unos porcentajes de actualizaci¨®n de los valores catastrales seg¨²n el a?o en que se hubieran establecido. Este decreto-ley indicaba que cualquier incremento en las cuotas de la contribuci¨®n urbana por elevaci¨®n de la renta catastral podr¨ªa repecutir en los alquileres pagados por los inquilinos.
Pero todas estas disposiciones no llegaron a aplicarse de forma generalizada, por desconocimiento de los propietarios en muchos casos o por la escasa cuant¨ªa de los incrementos sufridos por el impuesto de la contribuci¨®n urbana.
Sin embargo, este a?o los propietarios de viviendas alcluiladas, de forma masiva, han acudido a informarse sobre sus derechos a cargar la contribuci¨®n en los alquileres. Por ello se han tenido que organizar reuniones colectivas para explicarles la situaci¨®n.
Si hasta el a?o 1979 las f¨®rmulas utilizadas se basaban en reflejar en los recibos el incremento experimentado por la contribuci¨®n, en la ley de Presupuestos de 1985 se fij¨® que podr¨ªa repercutir sobre los alquileres, "sin excepci¨®n alguna por la fecha del contrato", la parte de la contribuci¨®n urbana correspondiente a la diferencia entre la renta catastral (4% del valor catastral) y la renta pactada.
Un art¨ªculo similar ha sido recogido en la ley de Presupuestos de este a?o. Seg¨²n L¨®pez Bru?o, el sistema para aplicar este art¨ªculo consistir¨ªa en hacer una regla de tres con la renta catastral de una vivienda (4% del valor catastral), la cuota a ingresar en Hacienda en funci¨®n de esa renta y la renta anual cobrada al inquilino. Se obtendr¨ªa as¨ª la parte de la cuota de la contribuci¨®n urbana que el inquilino paga con su alquiler. La diferencia entre esta cantidad y la cuota fijada por Hacienda ser¨ªa la cantidad de recargo.
Un caso concreto
En el caso concreto de un piso valorado en catastro en 2.400.000 pesetas, su renta catastral ser¨ªa de 96.000 pesetas y la cuota de pago a Hacienda 18.816 pesetas. Seg¨²n esta f¨®rmula, un inquilino que pagara por este piso 5.000 pesetas mensuales (60.000 al a?o) aportar¨ªa con este alquiler 11.760 pesetas de la cuota de la contribuci¨®n. Ello supondr¨ªa que el propietario podr¨ªa cargar sobre el inquilino un total anual de 7.056 pesetas (18.816 menos 11.760) de la forma que ambas parten acordaran.Algunos administradores de fincas consultados indicaron que la pr¨¢ctica totalidad de aquellos que pagan rentas antiguas ver¨¢ incrementada sensiblemente la cuant¨ªa de sus recibos, pues muchos abonan cantidades muy inferiores a las 5.000 pesetas del ejemplo, aunque el valor de su piso est¨¦ en torno a los 2.400.000 pesetas. Una familia que pagara 500 pesetas por el alquiler de un piso de esta categor¨ªa ver¨ªa su recibo incrementado en cerca del triple al tener que abonar mensualmente 1.470 pesetas.
Por otra parte, tambi¨¦n los inquilinos de rentas altas se pueden ver afectados por la repercusi¨®n en sus recibos de la contribuci¨®n urbana si se aplica la postura propugnada por la C¨¢mara de Inquilinos y Vecinos de Madrid en los casos de que se trate de fincas en r¨¦gimen de propiedad vertical, lo que supone que el propietario es due?o de toda la finca. En este supuesto los recibos de la contribuci¨®n urbana son por el valor total, sin fijar las cuotas por pisos.
Se plantea entonces un problema de reparto entre los inquilinos. Seg¨²n la C¨¢mara de Inquilinos, este reparto deber¨¢ hacerse proporcionalmente a las rentas. "El decreto que fija esta forma de reparto a¨²n est¨¢ vigente. De esta forma, el que pague mayor alquiler deber¨¢ pagar proporcionalmente m¨¢s que el que paga una renta peque?a, aunque esto sea injusto para ambos", manifest¨® Isabel Torralba, presidenta de la C¨¢mara de Inquilinos y Vecinos de Madrid. "El que paga una renta antigua no tiene la culpa de ello. Es la ley la, que ha hecho que se pague esa cantidad y hay que tener en cuenta que una gran parte tiene un escaso nivel de rentas. Tamien es l¨®gico que los que pagan un alquiler alto se pregunten por qu¨¦ tienen que pagar, adem¨¢s, una mayor parte de la contribuci¨®n, pero as¨ª est¨¢ legislado", dijo Torralba.
Esta postura ha motivado ya algunos enfrentamientos entre propietarios e inquilinos, pues la C¨¢mara de la Propiedad Urbana opiina que el reparto debe realizarse en funci¨®n a la superficie ocupada. "La contribuci¨®n urbana es algo muy objetivo y est¨¢ hecha en base a la superficie de viviendas y locales; por tanto, es obsoleto aplicar un decreto de 1956. A los propietarios les explicamos que repartan entonces en funci¨®n de los metros cuadrados de las viviendas, pues es un dato conocido", dijo L¨®pez Bru?o. "De todas formas, todo quedar¨ªa aclarado si el Consorcio de la Urbana aceptara extender certificaciones desglosando el importe por viviendas tal como piden los propietarios", declar¨® L¨®pez Bru?o.
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