Pol¨¦mica sobre el cobro del IVA en la custodia de valores por parte del Banco Central
El Banco Central ha cobrado cantidades en concepto de IVA correspondientes al ¨²ltimo semestre de 1985 por un importe aproximado que se estima en unos 100 millones de pesetas. Las partidas erronearriente cobradas se refieren a la comisi¨®n de gastos por custodia de los valores que se liquidan por sernestres. Hasta finales de 1985 estas comisiones se ve¨ªan afectadas por el Impuesto sobre Tr¨¢fico de Empresas (ITE) con un tipo del 5%. A parl?r de enero del presente a?o a las comisiones de gastos de custodia de valores se les aplica el IVA con el tipo general del 12%.Se da la circunstancia, sin embargo, que una parte de valores (aproximadamente el 50%) no han repartido dividendo durante el segundo semestre, y, en consecuencia, no se ha realizado, en este per¨ªodo, ning¨²n asentamiento contable a los titulares de estos valores. Como es tradicional en estos casos, las comisiones por la custodia de valores que son el 2 por 1.000 semestral del capital invertido en valores, se cobran en la primera operaci¨®n contable que se realiza durante los meses posteriores. La sorpresa de algunos titulares de valores, ha sido la de comprobar que con fechas de primeros de enero de 1986 se les aplicaba el IVA del 12%. en las comisiones pertenecientes al segundo semestre de 1985.
Se da tambi¨¦n el caso que importantes compa?¨ªas, como las el¨¦ctricas y la Telef¨®nica, pagan el dividendo entre los d¨ªas 30 y 31 de diciembre, en cuyo caso tambi¨¦n el asentamiento contable del Banco Central, realizado en enero o incluso en febrero, incluye indebidamente el IVA indicado.
Tras la protesta por estas anomal¨ªas y el reconocimiento verbal del error por parte de directivos, el Banco Central ofreci¨® a los reclamantes el pago de la cantidad cobrada de m¨¢s, pero se neg¨® a efectuar el correspondiente asentamiento contable. Algunos titulares de valores han manifestado a EL PA?S que no estaban dispuestos a solucionar su problema" sin que quedara constancia, porque "luego vendr¨¢n complicaciones en las deducciones de la declaraci¨®n de renta a las que se tiene derecho, sin poder justificar exactamente las cifras". Adem¨¢s en la relaci¨®n facilitada por el banco de rentas abonadas, necesaria para poder efectuar la declaraci¨®n de la renta, figuran las comisiones de custodia de los valores cobradas con el IVA bajo el concepto "custodia e ITE".
Por su parte, fuentes autorizadas del Banco Central han confirmado a EL PA?S que se ha actuado as¨ª no por error, sin¨® en virtud de una circular de la Asociaci¨®n Espa?ola de Banca (AEB) en la que recomendaba la aplicaci¨®n del IVA seg¨²n el momento de liquidar y no seg¨²n el criterio del per¨ªodo perteneciente. Seg¨²n fuentes del banco este criterio s¨®lo se aplic¨® en aquellos supuestos de acciones sin dividendos y no les consta que tambi¨¦n se hiciera en los que pagaron los dividendos en los ¨²ltimos d¨ªas de 1985. El Banco Central ha efectuado una nueva consulta a la AEB a la vista de las protestas de algunos accionistas que se han considerado perjudicados. No obstante, el Banco Central ido descarta que finalmente sean los clientes quienes terminen teniendo la raz¨®n en cuyo caso asumir¨ªa las consecuencias.
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