Se acaba el Lejano Oeste para los criptoactivos
La regulaci¨®n europea entra en vigor el 30 de diciembre con exigencias para los operadores y garant¨ªas para los inversores
Los criptoactivos dejan de ser ajenos a los inversores tradicionales. El 30 de diciembre entra en vigor el Reglamento MiCA (acr¨®nimo de markets in crypto-assets) y abre la puerta a un mercado mucho m¨¢s extenso bajo una regulaci¨®n que establece garant¨ªas para los consumidores y una serie de exigencias para los operadores. Quienes quieran operar, tendr¨¢n que contar con una licencia o un registro en la Comisi¨®n Nacional del Mercado de Valores (CNMV), que ha reforzado sus equipos de autorizaci¨®n y supervisi¨®n. Las entidades interesadas en su comercializaci¨®n pod¨ªan solicitarlo desde septiembre y se sabe que CaixaBank, BBVA y Banco Santander han estado preparando sus respectivas ofertas.
Aunque las voces cr¨ªticas creen que este reglamento va contra la esencia alternativa, descentralizada y desregulada de las inversiones en el mundo cripto, se trata de una norma pionera gracias a la cual las entidades que publicitan, comercializan y asesoran sobre estas inversiones tendr¨¢n que estar autorizadas. Sin embargo, las que ya operaban tendr¨¢n un periodo de adaptaci¨®n. ¡°Crea un entorno seguro para el mercado de criptoactivos. Tanto los operadores financieros como los inversores pueden contar con protecci¨®n y garant¨ªas similares a las del mercado tradicional¡±, explica Enrique Nieto, socio de Ur¨ªa Men¨¦ndez, que recalca que, a pesar de estas medidas, no existe el riesgo cero en las inversiones. De hecho, la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) ha emitido recientemente una comunicaci¨®n advirti¨¦ndolo.
Con todo, los bancos lo tienen m¨¢s f¨¢cil. ¡°Disponen de un tratamiento m¨¢s favorable, ya que no necesitan una licencia MiCa expl¨ªcita y pueden operar con su propia licencia bancaria. Las empresas de servicios de inversi¨®n o entidades de dinero electr¨®nico podr¨¢n prestar servicios de criptoactivos notific¨¢ndolo previamente a la autoridad competente¡±, aclara Alfonso L¨®pez-Ibor, socio de L¨®pez-Ibor DPM. El reglamento europeo no solo tiene efectos en la banca, sino tambi¨¦n en proveedores de servicios, tanto exchanges o plataformas de intercambio como custodios de monederos electr¨®nicos y servicios de compraventa o tradings. Adem¨¢s, afecta a emisores, incluidos los que emitan tokens (unidades de valor) referenciados a otros activos y tokens de dinero electr¨®nico; tambi¨¦n a plataformas de financiamiento con tokens y asesores. Los especialistas destacan el impacto en la mejora de la confianza en las stablecoins ¡ªtokens cuyo valor est¨¢ referenciado a un activo real¡ª al imponer requisitos de reservas y capital para sus emisores.
Las condiciones para operar tienen que ver con la solvencia, la prevenci¨®n de conflictos de intereses, el posible abuso de mercado y de uso de informaci¨®n privilegiada. Asimismo, mejorar¨¢ la transparencia en la informaci¨®n, ya que habr¨¢ hojas de informaci¨®n detalladas y se protege al consumidor con la prohibici¨®n de la publicidad enga?osa, asegur¨¢ndose de que este conozca los riesgos inherentes a su inversi¨®n. Adicionalmente, se fijan normas sobre riesgos, de gobernanza y de prevenci¨®n de blanqueo.
Todo ello se traducir¨¢ en una mayor profesionalizaci¨®n y seguridad jur¨ªdica gracias al desarrollo estructurado del mercado de criptoactivos, pero tendr¨¢ un impacto en las entidades. ¡°Las empresas deber¨¢n asumir un incremento en los costes de cumplimiento, con inversiones sustanciales en infraestructura legal, t¨¦cnica y de gobernanza¡±, advierte Victoria Moreno, abogada de L¨®pez-Ibor DPM. Este panorama, reconoce, ser¨¢ un desaf¨ªo mayor para emprendedores y peque?os proveedores y, a la vez, fomentar¨¢ la competencia entre los actores tradicionales, como bancos y fintechs, que deber¨¢n adaptarse a un mercado en el que intervienen nuevos operadores regulados.
Seguridad y confianza son dos conceptos que se repiten: son la llave para que el mercado llegue a segmentos m¨¢s masivos o de perfil s¨¦nior. ¡°Hay unas reglas del juego claras que benefician el desarrollo del negocio. Es probable que se animen a comprar sus criptomonedas con una entidad bancaria que tiene una marca de prestigio, que puede atraer a clientes que no se sienten c¨®modos invirtiendo en plataformas de internet que no conocen¡±, prev¨¦ Xavier Foz, socio de RocaJunyent. La regulaci¨®n marcar¨¢ un antes y un despu¨¦s y los activos cripto ser¨¢n m¨¢s accesibles. ¡°Si alguien quer¨ªa comprar bitcoins, lo hac¨ªa por el boca a boca. Ahora, en la aplicaci¨®n del banco ofrecer¨¢n criptoactivos de igual forma que otros productos, como las tarjetas de cr¨¦dito. Parte del p¨²blico que no se atrev¨ªa a dar el paso ahora invertir¨¢ de la mano de los operadores tradicionales¡±, vaticina Enrique Nieto.
Otra ventaja es que agilizan algunas gestiones en otros pa¨ªses. Fernando Guti¨¦rrez, socio de Bird & Bird, reitera que ¡°las entidades que est¨¢n previamente supervisadas van a tener un procedimiento m¨¢s liviano, no van a empezar de cero, porque ya est¨¢n sujetas a supervisi¨®n¡±. Adem¨¢s, destaca que MiCa, como otras normativas europeas, prev¨¦ la creaci¨®n de una suerte de pasaporte, de modo que cuando se est¨¢ autorizado en un Estado miembro de la Uni¨®n Europea, hay bastante camino recorrido para entrar en otros mercados europeos. ¡°Las entidades espa?olas lo solicitan a trav¨¦s del supervisor espa?ol, que lo gestiona con su hom¨®logo del pa¨ªs en el que se quiere operar¡±, explica.
La entrada en vigor de esta regulaci¨®n es un primer paso y todos coinciden en que la norma se tendr¨¢ que ir actualizando y mejorando con el tiempo. ¡°Habr¨¢ una posible revisi¨®n o un MiCa 2, ya que los activos como los NFT (toquen no fungible, que representa algo ¨²nico) o las finanzas descentralizadas est¨¢n fuera. Pero m¨¢s vale tener una normativa, aunque sea imperfecta¡±, se?ala Xavier Foz. Al basarse en una tecnolog¨ªa que evoluciona tan r¨¢pidamente, es casi seguro que de aqu¨ª a unos a?os habr¨¢ activos que queden fuera de su radar. Europa tendr¨¢ que estar a la altura con un reglamento ajustado a lo que marque el futuro.
Adaptaci¨®n de los operadores
Cuando comience a aplicarse el reglamento MiCa, las entidades que operan sin autorización deberán adaptarse y solo algunas podrán acogerse al régimen transitorio cuya duración el Gobierno ha reducido de 18 a 12 meses, para concluir el 31 de diciembre de 2025. La CNMV ha confirmado que esta decisión ya se le ha comunicado a la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA). Los proveedores que presten servicios en España sin poder acogerse al periodo transitorio podrán ser sancionados y se les incluirá en la lista de entidades no autorizadas o “chiringuitos financieros”.
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