El Ayuntamiento de J¨¢vea recupera por la v¨ªa judicial terrenos cedidos a la empresa de un ex ministro
Una sentencia favorable al Ayuntamiento de la localidad de J¨¢vea por la Sala Primera de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Territorial de Valencia supondr¨¢ la recuperaci¨®n de un terreno arrendado a la empresa Club Europeo de Estudios y Deportes, SA, uno de cuyos principales accionistas es el ministro del franquismo Mariano Navarro Rubio.
Los terrenos, calificados como zona urbana de reserva, fueron arrendados a la citada entidad para la construcci¨®n de un parque natural de car¨¢cter deportivo y tur¨ªstico, por una renta anual de 500.000 pesetas y un plazo de 49 a?os. Transcurrido ese plazo, los terrenos, de cerca de un mill¨®n de metros cuadrados, pasar¨ªan de nuevo a depender del Ayuntamiento de J¨¢vea, incluidas las obras e instalaciones realizadas en los mismos, de acuerdo con los fines de la sociedad.Sin embargo, durante todos estos a?os no se lleg¨® a construir nada en esos terrenos. Al parecer, surgieron algunas dificultades que no permitieron llevar a cabo la ejecuci¨®n del contrato, que estaba condicionado, a la previa resoluci¨®n del consorcio que exist¨ªa con el Instituto Nacional para la Conservaci¨®n de la Naturaleza (Icona). Adem¨¢s, un incendio forestal arras¨® Posteriormente gran parte de los terrenos.
Por todo ello, a principios del a?o 1984 el pleno del Ayuntamiento de J¨¢vea decidi¨® declarar resuelto el contrato firmado con la empresa arrendataria de los terrenos. Adem¨¢s de las razones apuntadas, los responsables del municipio alicantino indicaban que era imposible llevar a cabo las obras e instalaciones previstas inicialmente, dado que no se acomodaban al planeamiento urban¨ªstico vigente piara esa zona, en la que est¨¢n ubicados los terrenos.
Esta decisi¨®n municipal fue recurrida por el Club Europeo de Estudios y Deportes, SA, que ped¨ªa el cumplimiento, del contrato, con la entrega de los terrenos y una inedemnizaci¨®n por da?os y perjuicios. Pero la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Territorial de Valencia ha dado la raz¨®n al Ayuntamiento de J¨¢vea. En los considerandos de la sentencia el Tribunal indica que la soluci¨®n acertada "es la acordada en el pleno de la corporaci¨®n municipal de J¨¢vea, en el sentido de que lo procedente es la resoluci¨®n contractual".
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