Guardia Civil de Tr¨¢fico
El pasado 25 de febrero de 1986, circulando por la autopista A-2, en direcci¨®n Barcelona, kil¨®metro 7,500, not¨¦ un malestar fisico con molestias en la vista, dolor de cabeza y un mareo, quiz¨¢s producido por haber comido hac¨ªa relativamente poco y consider¨¦ oportuno detener el veh¨ªculo en el arc¨¦n para evitar un posible accidente. Transcurrido aproximadamente un minuto, golpe¨® los cristales un agente de la Polic¨ªa de Tr¨¢fico, F. Carrasco, pregunt¨¢ndome qu¨¦ hac¨ªa parado en el arc¨¦n. Le manifest¨¦ que ten¨ªa un mareo. Me solicit¨® el permiso de conducir y la documentaci¨®n del coche, indic¨¢ndome que, por no haber se?alizado el veh¨ªculo, extend¨ªa un bolet¨ªn de denuncia para una multa de 10.000 pesetas.Le indiqu¨¦ que hab¨ªa parado para evitar un posible accidente y si ¨¦l prefer¨ªa que hubiera continuado y haber ocasionado un accidente... no se molest¨® en contestarme, solamente indic¨® "le voy a poner una coletilla en la denuncia".
Al d¨ªa siguiente curs¨¦ el oportuno recurso de alzada, indicando que consideraba que el agente deb¨ªa haberme atendido, y preguntarme si quer¨ªa que me acompa?ase a un centro de asistencia m¨¦dica, y no proceder a extender la denuncia. El 15 de mayo me han notificado que esas alegaciones no anulan lo denunciado y que si en un plazo de cinco d¨ªas no hago efectiva la multa incurrir¨¦ en el recargo del 20%, y que transcurridos cinco d¨ªas m¨¢s,se proceder¨¢ por v¨ªa de apremio. Concluyendo, para evitar el embargo, el precinto del coche o el ir a la c¨¢rcel debo someterme y hacer efectiva la multa.
Realmente, llego a la conclusi¨®n de que la Guardia Civil de Tr¨¢fico no est¨¢ para prestar ayuda, sino para sancionar. El Ministerio del Interior puede estar satisfecho: nos da una buena contrapartida por el pago de nuestros impuestos.-
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