El ataque de la contribuci¨®n
LOS CIUDADANOS de Madrid gozan este a?o de 1986 de un nuevo privilegio. El que corresponde a los adelantados en el pago de la contribuci¨®n urbana. El pasado jueves finaliz¨® el per¨ªodo de pago voluntario de este tributo, que las autoridades, no contentas con aumentarlo, intentaron recaudarlo cinco meses antes de lo que ven¨ªa siendo habitual, y que las presiones ciudadanas consiguieron aplazar dos meses los efectos de la voracidad recaudatoria municipal.La fijaci¨®n y recaudaci¨®n de tributos y la entera financiaci¨®n de las haciendas locales conforman uno de los grandes temas pendientes de la organizaci¨®n del Estado, que se ha visto agravado en los ¨²ltimos a?os por el crecimiento de los problemas y d¨¦ficit urbanos, el reiterado olvido de la Administraci¨®n central e incluso las alegr¨ªas en el gasto de no pocos consistorios.
En todo ello est¨¢n en juego cuestiones importantes por el sencillo hecho de que afectan a la vida de cada d¨ªa: por una parte, la creciente presi¨®n de la fiscalidad local, y por la otra, la propia calidad de vida de quienes viven en ciudades, que hoy d¨ªa son la mayor¨ªa de los espa?oles. Varios conflictos y algunas sentencias judiciales ponen adem¨¢s en primer plano la necesidad de un replanteamiento, modernizaci¨®n y ordenaci¨®n de todo este vasto y complejo territorio administrativo, so peligro de que el ciudadano caiga en la indigencia al atravesar este mato grosso fiscal.
Una sentencia de la Audiencia de La Coru?a, por ejemplo, negaba que las c¨¢maras oficiales de la propiedad urbana, que recogen el 2% de los tributos locales, tuvieran capacidad legal para exigir ese pago considerado obligatorio y que es objeto de recargos si no se atiende.
Y m¨¢s significativo a¨²n es el caso del incremento de la contribuci¨®n urbana por parte de varios ayuntamientos, que presenta aspectos de dudosa constitucionalidad.
Cuando el presidente del Gobierno regional madrile?o, Joaqu¨ªn Leguina, anunci¨® la suspensi¨®n de un recargo del 3% en el impuesto sobre la renta de las personas fis¨ªcas, en 1985, el Ayuntamiento de Madrid ya hab¨ªa renunciado a cobrar las tasas de alcantarillado y basuras, lo que supon¨ªa para la hacienda municipal un desequilibrio de 7.200 millones de pesetas, cantidad que se comprometi¨® a resarcir la comunidad aut¨®noma. El Ayuntamiento de Madrid, que mantiene la eliminaci¨®n de las tasas de alcantarillado y basuras, ha encontrado en el impuesto de la contribuci¨®n urbana una forma de paliar este d¨¦ficit creado en las arcas municipales. A la subida del valor catastral, aprobada por las Cortes dentro de la ley de Presupuestos para este a?o, el Ayuntamiento de Madrid ha sumado un incremento del tipo impositivo, lo que en t¨¦rminos generales supone un aumento del 43%.
Pero subyace en el fondo de toda esta pol¨¦mica la constitucionalidad de una ley que, como la de Medidas Urgentes de Saneamiento y Regulaci¨®n de las Haciendas Locales, dejaba en manos de los ayuntamientos la fijaci¨®n de los tipos impositivos de la contribuci¨®n territorial urbana. Hasta que se pronuncie el Tribunal Constitucional sobre este conflicto, es conveniente recordar una anterior sentencia sobre la mencionada ley por la cual se declararon inconstitucionales dos de sus art¨ªculos. Art¨ªculos en los que se permit¨ªa a los ayuntamientos tanto establecer un recargo en el impuesto sobre la renta de las personas f¨ªsicas como decidir sobre el tipo del gravamen. Mal precedente, pues, a primera vista, para la f¨®rmula de recaudaci¨®n utilizada por varios municipios en la contribuci¨®n urbana, y, consecuentemente, los ayuntamientos deber¨¢n reembolsar a los ciudadanos las cantidades cobradas por la probable elevaci¨®n inconstitucional de los tipos impositivos. Mientras tanto, muchos ciudadarios todav¨ªa est¨¢n esperando que les sean devueltas las cantidades cobradas por los recargos inconstitucioriales del impuesto sobre la renta de las personas fisicas, establecidos por algunos ayuntamientos.
Por tanto, este cuadro de situaci¨®n, del que s¨®lo se perciben claros s¨ªntomas de voracidad recaudatoria y alegre incontinencia del gasto p¨²blico, no es precisamente el m¨¢s apropiado para generar una conciencia fiscal democr¨¢tica.
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