Venezuela quiere cobrar impuestos por los beneficios obtenidos en el exterior
El Gobierno venezolano ha presentado ante el Congreso, para su consideraci¨®n, un conjunto de reformas fiscales, entre las que destaca, por su trascendencia a nivel internacional, el establecimiento de un impuesto sobre la renta percibida en el exterior por los venezolanos y extranjeros domiciliados en Venezuela. Con la aplicaci¨®n del impuesto sobre los beneficios obtenidos en el exterior, Venezuela dejar¨¢ de ser un para¨ªso fiscal para todos los que sacaron libremente grandes sumas de capital derivadas de la bonanza petrolera y la falta de control.
El gravamen al enriquecimiento externo afecta a varias fuentes, todas ellas de orden pasivo: intereses ganados sobre cuentas de ahorro y dep¨®sitos a largo plazo, dividendos por arrendamientos de inmuebles y propiedades, ganancias de las acciones en empresas, el producto de fideicomiso u otro esquema de organizaci¨®n de capital como los trusts, la cesi¨®n de bienes y herencias y toda la participaci¨®n en grandes capitales.El sistema que propone el Ministerio de Hacienda es el siguiente: del total de la renta obtenida se descuenta el 65% por gastos, costes e impuestos causados en el extranjero, y el 35% restante se gravar¨¢ en Venezuela con el 40%. Al final la fiscalidad para estas rentas ser¨¢ del 14%.
Venezuela es uno de los Pocos pa¨ªses que todav¨ªa se rigen por el principio de la territorialidad del gravamen. Pero debido a la gran salida de capitales (la fuga de divisas asciende a 35.000 millones de d¨®lares) y al d¨¦ficit presupuestario producido por la ca¨ªda de los ingresos petroleros, se ha visto en la necesidad de reformar, su sistema tributario, con lo cual en parte busca aumentar su recaudaci¨®n fiscal y adem¨¢s frenar la salida de inversiones al exterior. La medida se inspira en la pr¨¢ctica de los pa¨ªses desarrollados de acogerse al principio de la renta mundial, que grava a los contribuyentes locales aunque su enriquecimiento provenga de cuentas extraterritoriales.
La Direcci¨®n de Rentas de Hacienda se?ala que este sistema tributario lo aplican los pa¨ªses de la OCDE, la CE, entre ellos Espa?a e Italia, y ¨²ltimamente con bastante ¨¦xito, M¨¦xico, Brasil y Argentina.
Los mecanismos de control y seguimiento de la declaraci¨®n del impuesto sobre la renta externa ser¨¢n poco rigurosos, dejando Hacienda que la mayor parte de los ingresos los reconozcan los contribuyentes. Al tiempo, el Gobierno venezolano iniciar¨¢ negociaciones con otros pa¨ªses para firmar convenios bilaterales, a fin de permitir el intercambio de informaci¨®n, evitar la evasi¨®n de impuestos y la doble tributaci¨®n.
Por ahora, Venezuela solamente tiene convenios tributarios con los integrantes del Pacto Andino. Pero no es en la subregi¨®n donde los venezolanos han trasladado sus inversiones, sino en Estados Unidos y Europa. Ejemplo de esto es la colocaci¨®n de capitales del famoso grupo econ¨®mico venezolano Cisneros en Espa?a, en las tiendas Galer¨ªas Preciados, adem¨¢s de sus inversiones en Centroam¨¦rica y Rep¨²blica Dominicana, que de ahora en adelante tendr¨¢ que rendir cuenta de sus ganancias al fisco venezolano.
Otro objetivo de la medida apunta a desestimular las inversiones que las colonias de inmigrantes espa?oles, portugueses e italianos realizan desde Venezuela en sus pa¨ªses de origen. Hacienda sabe que es dif¨ªcil llevar un control de las operaciones financieras externas, especialmente cuando las declaraciones de los contribuyentes son voluntarias, pero mediante los acuerdos tributarios bilaterales podr¨¢ solicitar a otros pa¨ªses intercambio de informaci¨®n.
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