El Constitucional decide hoy sobre la ley de delitos monetarios de 1979
El pleno del Tribunal Constitucional decidir¨¢ probablemente hoy declarar inconstitucional la ley de Control de Cambios de 10 de diciembre de 1979, en lo que se refiere a las penas de privaci¨®n de libertad por delitos monetarios tipificados en esta ley. La sentencia afectar¨¢ a importantes causas por evasi¨®n de capitales, pendientes ante la justicia, entre ellas los casos Rumasa y Palaz¨®n. Seg¨²n el criterio anticipado por el alto tribunal al resolver un recurso de amparo, la ley ser¨¢ declarada inconstitucional por carecer del exigido car¨¢cter de org¨¢nica.S¨®lo el magistrado Eugenio D¨ªaz Eimil emitir¨¢ un voto particular, por estimar que la exigencia de ley org¨¢nica para desarrollar el derecho a la libertad s¨®lo es aplicable a las leyes de car¨¢cter procesal. Seg¨²n fuentes parlamentarias, la ley de Control de Cambios fue aprobada por la Comisi¨®n de Comercio y Turismo del Congreso, por delegaci¨®n del pleno de la C¨¢mara y defendida ante el pleno del Senado el 28 de noviembre de 1979 por el entonces ministro de Comercio y Turismo, Juan Antonio Garc¨ªa D¨ªez en un momento en que no era todav¨ªa s¨®lida la doctrina que mantiene ahora el Tribunal Constitucional y resultaba prioritario reprimir la evasi¨®n de capitales.
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