La Caixa pierde su reclamaci¨®n judicial de 4.600 millones contra Banca Catalana
La Caja de Pensiones para la Vejez y de Ahorros, La Caixa, ha perdido la demanda mediante la que reclamaba 4.600 millones de pesetas a Banca Catalana por la recompra de un paquete del 7% de las acciones de esta entidad, seg¨²n una sentencia del Juzgado de Primera Instancia n¨²mero 5 de Barcelona dictada el pasado 8 de enero. La compra se realiz¨® entre 1979 y 1982, en una operaci¨®n destinada a salvar la crisis de Banca Catalana. La Caixa present¨® ayer ante el juzgado de guardia un recurso de aclaraci¨®n, contra la resoluci¨®n y anunci¨® un recurso de apelaci¨®n.La Caixa inici¨® en enero de 1986 una acci¨®n judicial contra Banca Catalana y dos empresas instrumentales de esta entidad -Acti y Plau-, en la que reclamaba la recompra de 1.493.000 acciones de Banca Catalana, por las que pag¨® 2.219 millones,de pesetas, y el abono de 2.400 millones en concepto de intereses. La demanda se basaba en un contrato que firmaron ambas entidades en julio de 1979, cuando La Caixa acudi¨® en socorro de Catalana, adquiriendo el 7% del capital de esta entidad, paliando as¨ª importantes problemas de liquidez que se hab¨ªan descubierto en tesorer¨ªa. En este contrato se otorgaba a La Caixa la potestad de exigir a Banca Catalana la recompra de las acciones, una vez transcurridos tres a?os de la operaci¨®n.
La Caixa aseguraba que esta operaci¨®n de recompra se deb¨ªa efectuar de acuerdo con el valor que ten¨ªan las acciones en el momento de su adquisici¨®n y sin que le afectara la depreciaci¨®n que sufrieron los t¨ªtulos en 1982. Cuando Banca Catalana entr¨® en el Fondo de Garant¨ªa de Dep¨®sitos fue objeto de una operaci¨®n acorde¨®n y los valores de esta entidad pasaron a valer una peseta. Catalana se ha negado siempre a efectuar la operaci¨®n de recompra, alegando que el pacto ten¨ªa "dudoso valor jur¨ªdico". El valor de los t¨ªtulos, seg¨²n Banca Catalana, no era el indicado por La Caixa, ya que las acciones se hab¨ªan desvalorizado, y, en el peor de los casos, el compromiso deb¨ªa recaer sobre el Fondo de Garant¨ªa.
La sentencia del magistrado Germ¨¢n Fuertes, titular del Juzgado de Primera Instancia n¨²mero 5, al desestimar la reclamaci¨®n de La Caixa, recoge las tesis sustentadas por los abogados de Banca Catalana. Asegura que en este caso es de perfecta aplicaci¨®n el art¨ªculo 1.460 del C¨®digo Civil, referido a las operaciones de compraventa, y en el que se dispone que "si en el tiempo de celebrarse la venta se hubiera perdido en su totalidad la cosa objeto de la misma, quedar¨¢ sin efecto el contrato". Recalca el juez que la reducci¨®n del valor de las acciones a una peseta debe considerarse como "una p¨¦rdida jur¨ªdica de la cosa".
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