El Gobierno firmar¨¢ el tratado que proh¨ªbe fijar armas nucleares en el fondo del mar
El Gobierno ha solicitado el consentimiento de las Cortes para que Espa?a apruebe el tratado sobre prohibici¨®n de emplazar armas nucleares y otras armas de destrucci¨®n en masa en los fond os marinos y oce¨¢nicos. Este tratado, no obstante, no proh¨ªbe la navegaci¨®n por dichos fondos o el reposo sobre los mismos de submarinos de propulsi¨®n nuclear o que puedan llevar armamento de ese tipo.
Este tratado fue aprobado por el Ejecutivo socialista el pasado 16 de diciembre y no entrar¨¢ en vigor hasta que el Parlamento lo autorice, seg¨²n indicaci¨®n efectuada el pasado 16 de octubre por el Consejo de Estado.
El tratado, junto a diversos informes del Ministerio de Asuntos Exteriores y del Consejo de Estado, fue remitido al Congreso el pasado 12 de enero para que se someta a aprobaci¨®n del Pleno una vez que comience el nuevo per¨ªodo de sesiones.
La mayor¨ªa de los pa¨ªses cercanos "geogr¨¢fica y culturalmente" a Espa?a ha firmado este tratado, suscrito en 1971, a excepci¨®n de Francia. La prohibici¨®n de emplazar armas nucleares en los fondos marinos tiene algunas matizaciones, seg¨²n los informes emanados de Exteriores.
"El presente tratado es subsumible entre los logros convencionales en materia de desarme, con una proyecci¨®n especial en cuanto desmilitarizan y desnuclearizan ciertas zonas que no est¨¢n bajo la soberan¨ªa y jurisdicci¨®n de ning¨²n Estado", se?ala el informe de la asesor¨ªa jur¨ªdica internacional de Asuntos Exteriores.
La zona de prohibici¨®n es la que comienza m¨¢s all¨¢ de las 12 millas contadas a partir de la costa, y la prohibici¨®n se limita a armas e instalaciones fijas. En cambio, no alcanza a los submarinos de propulsi¨®n nuclear o dotados de armas nucleares, que pueden no s¨®lo navegar libremente, sino tambi¨¦n reposar en los fondos marinos y oce¨¢nicos.
Derecho de observaci¨®n
El informe se?ala lo siguiente respecto a Espa?a: "La eventual firma del tratado por -Espa?a dejar¨ªa a salvo nuestra soberan¨ªa sobre las 12 millas de mar territorial, pero abrir¨ªa la puerta -al menos te¨®ricamente- para que terceros Estados ejercitasen un derecho de observaci¨®n sobre actividades que llev¨¢semos a cabo en alta mar o en nuestra zona econ¨®mica exclusiva". Tras estas aclaraciones, la direcci¨®n general se muestra favorable a la firma de este tratado.Este departamento de Exteriores, en sus conclusiones, resalta que la soberan¨ªa territorial est¨¢ garantizada, al ser inaplicables las previsiones del acuerdo en la franja de 12 millas. "No sucede as¨ª con la zona econ¨®mica exclusiva, ya que la potestad del Estado sobre la misma se reduce a meras actividades de explotaci¨®n, gesti¨®n y control".
"La facultad de observaci¨®n" concluye el dictamen, "conferida a los restantes Estados parte no compromete tampoco los intereses nacionales, m¨¢xime cu¨¢ndo Espa?a no posee armas de destrucci¨®n masiva".
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