Jim¨¦nez Villarejo estima que los jornaleros no tienen intenci¨®n de alterar el orden p¨²blico
El magistrado del Tribunal Supremo Jose Jim¨¦nez Villarejo ha presentado un voto particular contrario a la sentencia que confirma la condena de seis meses de prisi¨®n por el delito de des¨®rdenes p¨²blicos contra el p¨¢rroco de Los Corrales (Sevilla), Diamantino Garc¨ªa, y, dos jornaleros m¨¢s. Jim¨¦nez Villarejo estima que los hechos -cortes de carretera- no constituyen el delito aplicado porque, en su opini¨®n, falta la intencionalidad.
Esta sentencia desestima el recurso de casaci¨®n presentado por los procesados contra la de la Audiencia Provincial de Sevilla de 12 de marzo de 1984, que les condenaba a seis meses y un d¨ªa de prisi¨®n menor, y confirma ¨¦sta. Para el magistrado Jos¨¦ Jim¨¦nez Villarejo, inform¨® el abogado de los condenados, Jos¨¦ Mar¨ªa Jim¨¦nez Casanova, no basta con que se obstaculice una v¨ªa p¨²blica para alterar el orden, sino que es preciso que se provoque con ¨¢nimo de alterar la paz p¨²blica. El magistrado disidente estima que la alteraci¨®n es una consecuencia accesoria de la interrupci¨®n de la p¨²blica, mientras que el prop¨®sito es el reconocimiento del derecho al trabajo.
El magistrado define el orden como "un ingrediente de la paz, acaso mejor, uno de sus efectos, pero la paz es una realidad m¨¢s amplia y profunda y surge cuando en la convivencia social se realiza la justicia". Seg¨²n el defensor, si Supremo acogiese la doctrina del voto particular, imposibilitar¨ªa las numerosas condenas contra jornaleros dictadas en los ¨²ltimos dos a?os.
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