Dos miembros de Herri Batasuna, condenados por ultraje a la bandera
La Audiencia Provincial de San Sebasti¨¢n ha condenado a seis meses y un d¨ªa de prisi¨®n menor, y suspensi¨®n en ese tiempo de todo cargo p¨²blico y derecho de sufragio, a los concejales donostiarras de Herri Batasuna Felix Soto, Joseba Imanol Ibarburu y Andoni Arca, como autores de un delito de ultraje a la bandera espa?ola.En el caso de que el Tribunal Supremo ratifique y haga firme la sentencia, los concejales de HB no podr¨¢n, en consecuencia, ejercer sus cargos durante los seis meses siguientes. La sentencia considera probado que el 15 de agosto de 1983, durante las fiestas de la Semana Grande, estos concejales forzaron la cerradura de la estancia que da acceso al balc¨®n en el que ondeaban las banderas, y a continuaci¨®n retiraron la ense?a espa?ola, tras cortar los cordones que la sujetaban al m¨¢stil. En el fallo se destaca el hecho de que los condenados actuaron contraviniendo el sentir mayoritario de la corporaci¨®n donostiarra, favorable a que ondearan las tres banderas: la vasca, la espa?ola y la donostiarra, y se subraya que ninguno de ellos estaba legitimado para hacerlo ni funcional ni pol¨ªticamente.
La sala de la Audiencia, que preside el magistrado Joaqu¨ªn Gim¨¦nez, considera que esa acci¨®n de retirar la bandera "puede estar inspirada en opciones pol¨ªticas de tipo independentista, que, como tal opci¨®n pol¨ªtica, es leg¨ªtimo postular", para a continuaci¨®n se?alar que de la legitimidad de una postura pol¨ªtica no se deriva la legitimidad de cualquier medio para difundirla e imponerla, y que, paralelamente la declaraci¨®n delictiva de determinadas actuaciones no puede confundirse con una criminalizaci¨®n ideol¨®gica.
De igual manera, la Audiencia Provincial de San Sebasti¨¢n entiende que en la tipificaci¨®n de "los ultrajes a la naci¨®n espa?ola o a su sentimiento de unidad" caben comprender, sin lugar a dudas, "agresiones de esta naturaleza que vulneran el honor de las nacionalidades y regiones que componen el Estado.
El hecho por el que se condena a los concejales de Herri Batasuna constituye, de acuerdo con la sentencia, un acto de menosprecio a la bandera e integra una amputaci¨®n ileg¨ªtima de la triple representaci¨®n simb¨®lica decidida por la mayor¨ªa de la corporaci¨®n municipal. La sala entiende que ha existido un exclusivo y excluyente animus injuriandi y que sus argumentaciones son igualmente v¨¢lidas si la acci¨®n hubiere reca¨ªdo sobre la ikurri?a.
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