Velasco y el ex diputado Torner, condenados a 8 a?os de c¨¢rcel y 5 millones de multa
El pleno de la Audiencia Territorial de Madrid hizo p¨²blica ayer la sentencia por la que condena al ex diputado socialista de la Asamblea de Madrid Jos¨¦. Luis Torner y a Francisco Velasco a ocho a?os y cuatro meses de c¨¢rcel y 5.100.000 pesetas de multa a cada uno por los delitos de tr¨¢fico de drogas y contrabando. El tribunal absuelve por falta de pruebas a Pedro Lajar¨ªn, que ayer abandon¨® la c¨¢rcel. Diez de los 52 magistrados votaron en contra de su absoluci¨®n.
Durante la deliberaci¨®n a puerta cerrada que se produjo el s¨¢bado inmediatamente despu¨¦s de la vista oral (ve¨¢se EL PA?S del domingo ¨²ltimo), el magistrado ponente, Pedro Gonz¨¢lez Poveda, expuso a la consideraci¨®n del tribunal superior de justicia de la comunidad aut¨®noma de Madrid en funciones, su proyecto de sentencia, fundamentado sobre la culpabilidad de Torner y Velasco, y se hizo eco de las dudas expuestas por el fiscal sobre Lajar¨ªn. Sometida a votaci¨®n la responsabilidad de este ¨²ltimo, quedaron en minor¨ªa los 10 magistrados favorables a su condena. En cambio, hubo unanimidad sobre la culpabilidad de Velasco.El magistrado Enrique Ruiz y G¨®mez de Bonilla plante¨® algunas dudas sobre la participaci¨®n de Torner en los hechos. Sometida esta cuesti¨®n a votaci¨®n, s¨®lo uno de los 52 miembros del tribunal mantuvo estas dudas. En cambio, se produjo una mayor divisi¨®n de opiniones respecto a si el delito de contrabando fue consumado o frustrado. La mayor¨ªa se inclin¨® por lo primero.
La sentencia -contra la que cabe recurso de casaci¨®n ante el Tribunal Supremo- considera probado que el 10 de febrero de 1987, a la llegada a Madrid de Velasco, procedente de Caracas, y al detectar los funcionarios del servicio de aduanas que en el interior de la maleta hab¨ªa una bolsa de cuero con un doble fondo, le permitieron la salida del recinto aduanero, seguido por dos miembros de la Guardia Civil, de paisano. Al reunirse con Torner y Lajar¨ªn, los guardias civiles se identificaron y pidieron a los tres procesados para que les acompa?aran. En presencia de Velasco se rompi¨® el doble fondo de la bolsa y aparecieron 28 gramos de coca¨ªna del 987 de pureza.
Seg¨²n los fundamentos jur¨ªdicos de la sentencia, los hechos probados constituyen un delito contra la salud p¨²blica, por el que corresponde imponer seis a?os y un d¨ªa de c¨¢rcel y 1.600.000 pesetas de multa a cada procesado, y otro de contrabando, sancionado con dos a?os, cuatro meses y un d¨ªa de c¨¢rcel y 3.500.000 pesetas a cada uno.
No existieron amenazas
El tribunal considera que son autores directos Velasco y Torner y declara desvirtuados por la prueba testifical practicada en el juicio los motivos alegados como justificadores de la presencia de Torner en el aeropuerto, "puesto que est¨¢ acreditada", afirma, "la inexistencia de amenazas a Velasco por parte de su acreedor, que le indujeran a pedir la protecci¨®n de Torner".Por lo que se refiere a Lajar¨ªn, el tribunal dice que "si bien no se han desvanecido los indicios que sirvieron de fundamento para su procesamiento (...), las pruebas practicadas en el plenario no son bastantes a destruir la presunci¨®n de inocencia de que se halla asistido por aplicaci¨®n del art¨ªculo 24.2 de la Constituci¨®n".
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